El Gobierno Reglamenta Cambios en el Impuesto a las Ganancias: ¿Quiénes y Cuánto Pagarán?

Nuevas disposiciones impactan a trabajadores, jubilados y autónomos a partir de julio

El Gobierno ha oficializado la reglamentación del impuesto a las Ganancias tras la aprobación de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Este cambio afectará a asalariados, jubilados y autónomos, aumentando los ingresos del Tesoro nacional y las provincias.

A partir del salario de julio, que se percibirá en los primeros días de agosto, comenzarán a aplicarse las modificaciones aprobadas. No obstante, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aún no ha actualizado el formulario Siradig-Trabajador, necesario para declarar familiares a cargo y gastos deducibles. Para leer el texto completo y toda la información técnica y actualizada recomiendo Errepar.

¿Quiénes Pagan el Impuesto?

Sin Deducciones: Trabajadores con ingresos brutos de $1.800.000 mensuales ($1.494.000 neto).

Con Deducciones por Familiares a Cargo:
Dos hijos menores de 18 años: $2.094.798,7 brutos ($1.738.682,9 netos).

Un hijo a cargo: $1.947.399,5 brutos ($1.616.341,6 netos).
Cónyuge y dos hijos: $2.382.428,6 brutos ($1.981.277,5 netos).

Para declarar a cónyuge, esta persona no debe tener ingresos mayores a $3.091.035 en el año. La ley también incluye a parejas del mismo o diferente sexo que conviven y comparten un proyecto de vida común.

Actualización del impuesto y Excepciones

El decreto 652 establece una actualización en septiembre basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). A partir de 2025, las actualizaciones serán semestrales, en enero y julio.

Ejemplos de Cálculo del Impuesto

$2.000.000 brutos (sin cargas de familia): $12.185 mensuales (0,61% del bruto).
$2.000.000 brutos (con dos hijos menores): No paga impuesto.
$3.200.000 brutos (sin cargas de familia): $254.668 mensuales (7,96% del bruto).
$3.200.000 brutos (con cónyuge y dos hijos): $131.283 mensuales (4,10% del bruto).
$3.200.000 brutos (con servicio doméstico deducible): $192.880 mensuales (6,03% del bruto).
$3.200.000 brutos (con cónyuge, dos hijos y servicio doméstico deducible): $82.342 mensuales (2,57% del bruto).

Estos ejemplos consideran el proporcional del aguinaldo y se basan en una percepción promedio anual del salario bruto. (fuente: Diario La Nación, nota de Silvia Stang)

Deducciones Permitidas

Las deducciones incluyen alquileres de vivienda, salarios y contribuciones del servicio doméstico, honorarios médicos, cuotas de medicina prepaga, gastos educativos, seguros de vida y retiro, donaciones y los intereses de créditos hipotecarios. Ver más en esta nota sobre deducciones del impuesto a las ganancias en Derecho En Zapatillas.

 

El nuevo régimen del impuesto a las ganancias: Cambios clave y cómo afecta a los trabajadores

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