Novedades con servicios digitales. Quienes usamos Netflix, Spotify y servicios similares empezaremos a pagar impuestos por ello, IVA e ingresos brutos. Los detalles. Actualizado a febrero de 2018.
Los impuestos a los servicios digitales
La AFIPi anunció que comenzará a cobrarle impuestos a las plataformas digitales de servicios como Netflix, Spotify, Airbnb y otras. De este modo, el usuario pagará un extra a través de las tarjetas de crédito a que actuarán como agentes de retención.
El jefe de la AFIP señaló hace semanas sobre la problemática de gravar y bancarizar este tipo de empresas digitales. Lo cierto es que como beneficiarios del exterior que prestan un servicio en Argentina deben tributar. En ganancias la retención sería menor al 20% (art. 5º ley 20628). Como la AFIP no audita a Netflix, presupone que gana eso el 50% de las regalías y sobre eso se aplica el 35% de impuesto… que no paga Netflix sino nosotros.
Esto es coherente con el esquema de la ley de ganancias argentina y equipara al prestador local con el del exterior. En IVA también se aplica país de destino y calificaría como importación de servicios, a gatillar? En su momento escribí una nota que podés leer abajo.
Y a partir de abril próximo las plataformas de servicios de contenidos digitales que sean prestadores extranjeros, Netflix, Dropbox, Spotify y todo streaming en general, deberán tributar el impuesto al valor agregado en Argentina. De esta forma, los abonos se incrementarán en un 21% porque ese costo, seguramente, no será absorbido sino trasladado al usuario.
La ley de IVA también grava a los servicios “prestados por un sujeto residente o domiciliado en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país” (Argentina) y por ende la tarjeta de crédito actuará como agente de percepción. Esto implicará un incremento del precio en esos abonos según la nueva reforma tributaria.
Ingresos brutos y cultura
Se solía justificar al federalismo como una división de poder en defensa de la libertad… El federalismo crea núcleos de poder político a lo largo de territorio, con mayor o menor poder, entre ese poder está el de cobrar impuestos. Representantes de las provincias acordaron, en 1853, crear un Estado federal. La Provincia de Buenos Aires, por un tironeo de ingresos, recién se unió en 1860. A cambio, las demás hicieron concesiones: reabrieron la constitución en 1860 y todavía hoy un artículo dice que el Banco Provincia no paga impuestos nacionales.
Las provincias también acordaron no cobrar por impuestos al comercio exterior así que la aduana, las famosas retenciones, solo las cobra el Estado federal. Y no las coparticipa, no les convida. Gran caja. Cada una de esas cajas puede cobrar algo diferente, incluso superponerse en ciertos casos. Casi todos los demás impuestos nacionales sí se reparten, salvo por alguna provincia rebelde a la que el dinero se envía en carreta. Y todavía esperamos la nueva ley de coparticipación que regule ese reparto. Las provincias también se financian con impuestos propios, como el inmobiliario, ABL, tasas, a la herencia y el impuesto a los ingresos brutos.
Es curioso que en la CABA, los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias (no organizadas como empresa) no pagan ingresos brutos, pero sí pagan, por ejemplo, los demás servicios, como alguien que hace cerrajería, gas, o plomería. ¿El fundamento de la distinción? #Miterio
Como recaudar es a veces difícil porque hay evasión y la mayoría prefiere pasar el tiempo con su familia, tomar un helado o ir al cine antes que hacer la fila en una agencia tributaria, los recaudadores inventaron regímenes de retención y percepción. El famoso 35% cuando pagás con tarjeta un servicio de afuera, o el que experimenta cada persona que trabaja en relación de dependencia.Pero la mejor forma de cobrar impuestos, decía un antiguo jefe de la AFIP francesa, es que el contribuyente no se entere, es el arte de desplumar al ganso sin saber que le están quitando las plumas. Piedra libre para el 21% de IVA y al más de 50% de impuestos cuando cargamos nasstas.
Otra forma de esconder los impuestos es con retenciones y percepciones que básicamente implican poner un peaje en algún lugar de la cadena de pagos. Las leyes facultan a las agencias tributarias a poner esas retenciones y percepciones, así que alcanzaría con una resolución del capo de rentas. Sin ley.
¿Qué es una percepción? La AFIP le dice a la tarjeta de crédito: Si el Pato Lucas compra un libro en Amazon, cobrale el libro y el 35%. Si el Pato Lucas tuviera un equipo de contadores, podría usar ese 35% como pago a cuenta. La que la pasa es que es monotributista, la AFIP le patea años la devolución y además no puede viajar para aprovechar la franquicia de los US$ 300 y traer unos CDs de afuera. En su lugar, tiene que ir al correo y pagar tasas sin ley que las ampare. Y si pide más de dos libros, registrarse como importador.
También se inventaron las retenciones. El Pato Lucas usa Netflix, compra el Counter Strike que es un juego online y pide libros a Amazon, algunos de ellos e-books. Desde noviembre esta resolución porteña dice que el Pato Lucas podría pagar un 3% más. El Pato asombrado llamó a su contador que le confirma que paga igual, aunque haya volado a Tandil hace rato y que su tarjeta sea del Banco Suquía cordobés. «¿Pero mirá si a cada provincia se le ocurre hacer lo mismo?», le dice. Al final, la norma presume que Netflix o que EA Games o que Amazon tienen actividad en la Ciudad y que deben contribuir, así que le ordena a la tarjeta pagarle, en lugar de US$ 100, unos US$ 97 y darle US$ 3 a la AGIP. Eso es una retención por un impuesto local.
¿Se aparta de la exención legal para la edición de videos, fonogramas, libros y demás del art. 157 inciso 2° del código fiscal?
¿Excede el poder de la Ciudad y viola el federalismo, la imposición al comercio exterior, porque las empresas solamente proveen información, bienes culturales, sin hacer actividad habitual en la Ciudad (requisito para que se cobre el impuesto a los ingresos brutos)? Será materia de debate.
Es que «como la retención se aplica al momento de girar los fondos al exterior sin distinción de domicilio del contratante la Ciudad de Buenos Aires estaría gravando a las suscripciones de todo el país, lo que resulta abiertamente inconstitucional y contrario a los regímenes del Convenio Multilateral y las autonomías provinciales», aclara Juan Martín Sanz. Para pelear esto, el usuario puede hacer una acción judicial en la que discutir la legitimidad de la medida. También lo podrá hacer cada empresa a la que se lo cobrarán, alegando que no es contribuyente del impuesto a los ingresos brutos y demás, veremos. Quizás hasta la propia AGIP lo termine ajustando para no incluir a los que se domicilien fuera de la General Paz. También hay que ver qué pasa con las empresas, si lo trasladan al precio o no. El economista Ariel Setton dice que «no necesariamente lo harán» pero es una posibilidad. Dudo que Amazon quiera dejar ese 3% al fisco local sin pegarle al Pato.
Si el Pato Lucas tuviera para un pasaje, podría comprar los libros en Barnes and Noble o el juego en soporte DVD de algún local de New York, zafaría. Al final, parte de la libertad que generó el federalismo le sirvió a Bugs Bunny, que tiene una industria cerca del Riachuelo y por muchos años no lo controlo ni la Provincia, ni el Estado Nacional ni la CABA, y al Tío Rico, que pudo zafar de la retención de la AGIP yéndose a Rizzoli, una de las librerías más grandes de New York.
Para dar sus servicios y cumplir los derechos sean sociales, civiles, para dar seguridad, para que funcione la escuela y pagar los sueldos, el Estado, los Estados, tienen que recaudar. La discusión pasa por dónde se gasta y quién lo paga, de quién y cuánto se recauda. Espero que ese eje se transforme en un debate político serio.
pd. Según algunas nuevas versiones, esta carga a Netflix la implementaron para beneficiar a una empresa local que ofrecería un servicio similar…
Hi @BarackObama, @amazon, Could you please send to us a ship or some drones with movies, games and books and anchor near here?
— Derecho enZapatillas (@dzapatillas) September 3, 2014
.@JuanchiBaleiron CABA retendrá sobre la compra a Netflix o Amazon que haga un salteño o fueguino. Eso solo ya invalida la nueva resolución.
— Derecho enZapatillas (@dzapatillas) September 3, 2014