Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Nueva ley habilita a retener motos

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Una nueva ley porteña fijó las causales por las que la autoridad de tránsito podrá retener la moto y algunas exigencias como el chaleco para el acompañante. Se detallan. El caso de Lanús y las estaciones de servicio que no cargan nafta si el caso no tiene impreso el DNI. Actualizado a julio de 2017.

Acompañante con chaleco (no antibala)

La nueva ley aclara que en caso de trasladar un acompañante, el mismo debe llevar un chaleco reflectante que tenga impreso en la parte delantera y trasera el número de dominio del motovehículo. Esto ya generó polémica por el etiquetado del motero, que podés leer acá.

Pero solo se podrá llevar un/a solo/a acompañante o acompañanta, dice la ley, si siempre que el modelo del vehículo se encuentre homologado (LCM) para tal fin, es decir, que cuente con doble asiento o asiento adicional, apoyapié y agarradera.

Leer más acá.

Cuándo pueden retener la moto

Se acaba de modificar el código de tránsito que ahora establece que podrán retener la moto en estos supuestos:

Tratándose de motovehículos serán retenidos cuando:
I- Hubieren sido detectados transitando sin la portación de los cascos reglamentarios.
II- Se los detecte transitando con acompañante en las áreas especialmente prohibidas
III- Se los detecte transitando con acompañante y sin la utilización del chaleco reglamentario.
IV- Se encuentren mal estacionados o cuando obstruyan la circulación u ocupando lugares destinados a vehículos de emergencias o de servicios públicos de pasajeros. Si el motovehículo se encontrare sujetado o amarrado podrán cortar la cadena.
V- Carezcan de su chapa patente, placa de dominio identificatoria o, que estando colocada, se impida o dificulte su visualización mediante pliegues, aditamentos, mal estado de conservación, colocación en lugares o en forma antirreglamentaria, giradas respecto de su posición normal o por cualquier otro método que dificulte o impida su identificación.
VI- No se correspondan los datos de la placa de dominio con los números identificatorios del cuadro y/o motor.
VII- Se detectare que son conducidos por persona no habilitada para conducir ese tipo de motovehículos.

Es un mito que se pueda dejar la moto en la vereda. Un decreto peronista lo permitía pero ya quedó derogado… Se puede estacionar en los primeros cinco metros desde la esquina.

La norma detalla que luego del labrado de las actas de infracción, se le hará entrega al conductor una copia que servirá de notificación fehaciente e intimación suficiente para solicitar el retiro de la unidad por ante el Controlador de Faltas.

Seguir leyendo, chalecos para motos, ahora son obligatorios, acá.

 

 

El valor de la multa y la compactación de la moto que no se retire

La moto será remitida de inmediato al depósito. El titular de la unidad podrá retirarla una vez que el Controlador de Faltas haya dictado resolución administrativa en la causa, debiendo expedirse en el mismo día en que se presente el presunto infractor.

En caso de que el motovehículo (moto) no es retirado dentro de los 60 días contados desde la fecha de su ingreso a la misma, se procederá a notificar al titular dominial que transcurridos 30 días contados a partir de su notificación, se lo considerará como vehículo abandonado, enviándolo a un depósito del Gobierno de la Ciudad. A su vez, se agrega:

“El/la conductor/a de un motovehículo que circulando con acompañante el mismo no lleve el chaleco reflectante obligatorio, será sancionado con multa de doscientas (200) unidades fijas e inhabilitación para conducir de 5 a 10 días.
Cuando no fuere posible identificar al acompañante y/o al conductor es responsable de la infracción el titular del motovehículo.”

Esto equivale a unos $2.100 por no llevar chaleco reglamentario. Y si la moto no se retira del depósito, se considerará abandonada y por ende será compactada y desguazada como chatarra. En los últimos tres años, el valor de la multa aumentó 580%. En cualquier caso, se puede apelar para que si hay una infracción se ponga el mínimo o se reduzca.

 

 

En Lanús ya no cargan nafta si el casco no tiene DNI

Según informó Diario Conurbano, las as estaciones de servicio del municipio de Lanús no podrán vender combustible a los motociclistas que no tengan grabada la patente en el casco del conductor y el chaleco del acompañante, tras el decreto impulsado por el gobierno local y aprobado por el Concejo Deliberante de ese partido.

“Esta medida es una acción más para combatir a los motochorros, que es una de las principales modalidades que se utilizan para delinquir en el conurbano bonaerense, y se suma a los operativos que realizamos en todos los barrios del municipio, donde ya logramos incautar mas de 900 motos en lo que va de la gestión”, afirmó el secretario de Seguridad del municipio de Lanús, en un comunicado de prensa.

Entre las iniciativas previstas por el intendente Néstor Grindetti para combatir el delito con motos, el municipio impulsa la creación de un registro de deliverys y la prohibición para la circulación por el micro y macro centro del municipio, en estudio.

Las estaciones de servicio que infrinjan esta disposición serán penadas con una multa que será fijada en función del valor de la Ordenanza Impositiva que el Municipio determine anualmente para el importe mínimo o fijo de la Tasa por Seguridad e Higiene de expendio de combustibles líquidos o gaseosos.

“En caso de que algún comercio incumpla esta medida más de una vez en el mismo año, será clausurado por diez días. De verificarse una nueva infracción en el mismo plazo, perderá la habilitación del lugar y no podrá tramitarla antes del cumplimiento de los 12 meses”, concluye el comunicado.

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13 Comentarios
  1. Cesar Reyes dice

    Tenía entendido que dieron marcha atrás con lo del chaleco para cualquier pasajero del motovehiculo y el sticker de la patente en el casco

  2. Laura dice

    Buen dia!! Muy buena info, excepto el tema chaleco, en un principio de acuerdo con la Ministra de Seguridad de La Nacion, Dra. Patricia Bullrich, se levanto la medida de usar chaleco para el acompañante. Por eso la comunidad motociclista levanto las medidas de movilizacion de los dias miercoles, en todo el pais…. Estamos trabajando en un proyecto innovador y tecnologico. Pieden chequearlo en el Ministerio de Seguridad de La Nacion con la privada de la Ministra!!!

  3. Ruben dice

    El acuerdo con la ministra no esta en el boletin oficial y por ello no tenes a quien reclamar cuando te hagan la multa, ojo con lo que se dice, no es lo mismo a lo que se hace, las palabras se las lleva el viento. me guataria que el aguerdo con la Bullrich lo comuniquen firmado.

  4. Martin dice

    Si, esta info ya es viaja.
    Y por otro lado eso de cortar la cadena no creo que sean tan asi.

    1. Jose jonathan dice

      Hola amihos quería saber cuando a uno lo encuentran en estado de ebriedad con una moto lineal la policía lo manda la moto al deposito o no solo te ponen la papeleta mi face es elninipalacios x favor quisiera saver

  5. Karina Gonzalez dice

    A mi hijo le sacaron la moto de la casa de la novia, de lavereda-Dice que los habilitta para sacar desde adentro de la casa

  6. Francisco Daniel la valle dice

    Hola! Buena información! Y tengo una duda! Soy menor de edad tengo 17 años vivo en una zona rural Córdoba! Vivo en un pueblo llamado Villa rumipal. Tengo una moto 110, y hoy los policías y inspectores me retuvieron! Me pararon policías e inspectores,el cazo es que ello me pidieron el carnet, y le dije que no tenía el carnet, ya que tenía la autorización de los padres que es la tarjeta rosa. Esa tarjeta rosa dice claramente que yo Fulanito… estaba autorizado a poder utilizar el vehículo! Y el inspector me a dicho que no es válido. Decidí no comentarle nada al “superior” inspector, dándole la razón. Al final me dieron una multa en la cual dice tal cual que no tenía el casco puesto en el momento en el cual me retuvieron! Y eso es mentira!. Al final me dejaron ir. Pero me enfado la multa que me dieron. Alguna solución?

    1. Sergio dice

      hola, Franco, plantear descargo! abrazo

  7. Adriana Romiti dice

    Buenos Dias! A mi esposo le llego una citación por multas en CABA, fue y le dijeron que tenia multas por su moto desde el 2016, estamos a Mayo 2018, por un valor de $44000. EL tema es que antes de esta carta nunca le llego nada y las multas fueron hechas mientras la moto estaba estacionada en los lugares habilitados a tal fin durante su jornada laboral, por tener la patente mal colocada porque se le rompió. Mi pregunta es, si bien corresponde la multa por mal estar mal puesta, no deberían habernos notificado la primera multa así no se acumulaba tanta deuda y se corregía la colocación? Como se procede. Saludos

  8. Nancy dice

    Hola, quisiera saber si te pueden secuestrar la moto si te olvidaste los papeles en caba? Los papeles están en reglas y el policía pudo verificarlo pero no los tenía con migo. Gracias

  9. Pablo dice

    Buenas, donde debería estacionar una moto en CABA?
    El decreto peronista que lo permitía, que las motos estacionen en la vereda, no fue derogado por un gobierno de facto. En tal caso no estaría vigente?
    Y si estaría vigente, como se podría defender uno ante un acta labrada a mano que no fue debidamente notificada, yo me entere por que me metí en la pagina de infracciones y por el chat me pasaron el acta de infracción.
    Nunca me llego ningún tipo de notificación .
    No se cumplió el debido proceso de notificacion?

    Saludos.

  10. Mauricio González dice

    Sergio una consulta.
    Un motociclista que viniendo de otra jurisdicción donde tiene redicada su moto y tiene su domicilio permanente, (CABA, provincia de Mendoza, Corrientes o Chaco por ej) circula transitoriamente por provincia de Buenos Aires es pasible de sanciones y de que le retengan la moto por no cumplir la norma sobre identificación de patente en el casco y chaleco?
    Digo, considerando que hay una ley nacional (que existe como tal para unificar los requerimientos), que es un país federal, que la constitución garantiza la libre circulación, Puede una provincia imponer requisitos más exigentes a un ciudadano que ocasionalmente circula por su territorio? Además, estos requisitos no tienen como fundamento una cuestión de seguridad vial sino más bien de prevención del delito. Digo, esto podría llevar a la paradoja en un caso extremo de que para hacer un viaje a través de varias jurisdicciones uno deba revisar la normativa de cada una de ellas e ir adaptándose a medida que trasncurre el viaje cuando en realidad la ley nacional pretende establecer un standar mínimo a cumplir para garantizar la libre circulación.
    Ej: yo vengo viajando desde Corrientes y al llegar a la provincia de Buenos Aires me retienen la motocicleta porque no tengo la patente estampada en el casco requisito que no es exigible en mi provincia y que además no está en la ley nacional. Hasta donde una norma y competencia territorial de este tipo que afecta a un vecino de otra provincia es constitucional?

  11. Facundo dice

    Hola!!
    Ah mi la gente de la guardia urbana me secuestraron la moto estando parada en un estacionamiento de motos .. porque no tenia puesta la patente ni los espejos… La pregunta es.. ellos pueden secuestrarme la moto estando parada bien ubicada y sin estar presente yo??
    Gracias

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