Qué pasa con el traslado de la copa Libertadores, derechos de quien sacó pasajes
El cambio de sede de un espectáculo, recital, evento deportivo o lo que sea dispara derechos del espectador.
El lugar de prestación de lo contratado es determinante. En este caso, el lugar del recital, evento deportivo (partido de fútbol de campeonato y demás) o espectáculo.
A ver, para el derecho civil una persona compra un ticket o entrada para ver tal show en tal lugar en tal fecha y a tal hora. Esto son los elementos esenciales. Si el organizador los modifica, tiene derecho a reembolso más intereses y en su caso los daños y perjuicios sufridos, que básicamente son los gastos incurridos.
Cómo se ejerce el derecho al reembolso cuando el recital, show o evento deportivo se reprograma o modifica
Al respecto, Gastón Gel, abogado, explica que “una cosa es si compraste el pasaje y hotel por la web y otra si una agencia te ofreció el paquete. En el primer caso no hay incumplimiento porque el avión sale a destino y el hotel te sigue ofreciendo la habitación. En el segundo caso pueden darse dos variantes.
“1. Agencia alega caso fortuito fuerza mayor, y en consecuencia producto de la resolución del contrato se deben restituir las prestaciones (acá no hay renuncia o limitación que valga porque es un contrato de consumo)”, completa el abogado.
2 Alegar art. 1090 se frustro la finalidad del contrato y exigir reembolso.”
Sobre el punto, el principal responsable es el organizador. Ahora bien, como menciona el colega, también se podría hacer la gestión ante la agencia de viajes si la causa del viaje (recital) fue exteriorizada al contratar, y se compró un paquete o combo.
En tal caso la agencia debe gestionarlo y a lo sumo repetir del organizador del recital. Por ley, quien vende las entradas, empresas de venta, son solidariamente responsables (ley 24240).
En cambio, si se compró todo separadamente, habrá que ocuparse de cancelarlo o cambiar los pasajes y hotel (estadía) siempre que esa fuera la intención.
O bien cancelarlos si el espectador no pudiese concurrir.
Tanto en el primer caso (modificación) como en el segundo (cancelación) los gastos deberán ser soportados por el organizador del evento deportivo o artístico de que se trate. Y de quien vendió la entrada (si es un recital musical, empresas de venta). La responsabilidad es solidaria (ley 24240).
Al efecto se puede pedir mediación civil o audiencia en defensa del consumidor.
Qué pasa con el traslado de la copa Libertadores, derechos de quien sacó pasajes