Contenido y modelo del pacto de convivencia
Quien está en pareja en una unión convivencial (antes llamada concubinato) tiene derechos y obligaciones. No muchos saben que se puede celebrar un acuerdo para regularlos
La unión convivencia es la unión entre dos personas que no están casadas. Sí conviven y comparten un proyecto de vida en común durante un mínimo de 2 años.
Qué es un pacto de convivencia
Es un pacto que se celebra por escrito, para regular la unión convivencial. Las relaciones económicas entre los integrantes de la unión se rigen por lo estipulado en el pacto de convivencia.
Los pactos de convivencia pueden regular, entre otras cuestiones:
a. la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común;
b. la atribución del hogar
común, en caso de ruptura;
c. la división de los bienes obtenidos por el esfuerzo común, en caso de ruptura de la convivencia.
Modelo de contrato, pacto de convivencia
¿Es obligatorio firmar un pacto de convivencia?
No, es opcional. Es un contrato que clarifica derechos y obligaciones. A falta de pacto, cada integrante de la unión convivencial ejerce libremente las facultades de administración y disposición de los bienes de su titularidad, para la protección de la vivienda familiar y de los muebles indispensables que se encuentren en ella.
Qué límites hay a los pactos de convivencia
Los pactos de convivencia no pueden modificar el deber de asistencia mutua (los convivientes se deben asistencia durante la convivencia).
Tampoco pueden alterar la contribución a los gastos del hogar, pues los convivientes tienen obligación de contribuir a los gastos domésticos.
Finalmente, hay responsabilidad por las deudas frente a terceros. Los convivientes son solidariamente responsables por las deudas que uno de ellos hubiera contraído con terceros de conformidad con lo dispuesto en el código civil y comercial (hay límites y requisitos).
Responsabilidad de la pareja por deudas
Como regla general, cada uno de los convivientes responde frente a los acreedores solo con los bienes de su titularidad. Solo la otra parte de la pareja es responsable, también, cuando la otra persona contrae deudas para solventar las necesidades ordinarias del hogar, o el sostenimiento y la educación de los hijos comunes. Por ejemplo, un arreglo de la casa.
¿Se puede modificar o rescindir el pacto de convivencia?
Sí, respecto de la modificación, rescisión y extinción, el código civil establece que los pactos pueden ser modificados y rescindidos por acuerdo de ambos convivientes.
Además el cese de la convivencia extingue los pactos de pleno derecho hacia el futuro. Es decir, la separación hace que el pacto de convivencia caduque.
¿Qué efectos a terceros producen los pactos de convivencia?
Los pactos, su modificación y rescisión son oponibles a los terceros desde su inscripción en el registro y en los registros que correspondan a los bienes incluidos en estos pactos.
Los efectos extintivos del cese de la convivencia son oponibles a terceros desde que se inscribió en esos registros cualquier instrumento que constate la ruptura.
¿Cómo se redacta un pacto de convivencia?
El pacto de convivencia se redacta por escrito, se firma en dos ejemplares. No son válidas las cláusulas que afectan la igualdad o perjudican los derechos de alguna de las partes en la unión convivencial.
El contrato puede tener lugar y fecha, inventario de bienes que cada parte lleva, atribución del domicilio en caso de separación, cláusulas sobre los bienes y demás acuerdos que quieran agregarse.
Las partes pueden pactar que los bienes adquiridos durante la unión convivencial sean distribuidos por mitades o bien adjudicar cada bien.
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Cómo inscribir un pacto de convivencia
La inscripción del pacto de convivencia se realiza ante las dependencias del Registro Civil de cada lugar, para lo cual hay que pedir turno. Con 7 días de antelación al turno debe llevarse la documentación a fin de inscribir la unión convivencial.
Documentación: DNI de ambos convivientes, en caso de que uno de los convivientes fuera divorciado, deberá presentarse partida de matrimonio con inscripción marginal del divorcio vincular; en caso de que uno de los convivientes fuera viudo, deberá presentarse partida de matrimonio y partida de defunción del cónyuge.
Si tuvieran hijos en común, deberán presentarse las correspondientes partidas de nacimiento. El trámite es presencial y se requiere la presencia de dos testigos, que no pueden ser consanguíneos o afines en línea recta. El acuerdo podrá llevar firma certificada por ante escribano público o podrá certificarla un oficial público.