Rubros y actividades permitidas para salir de la cuarentena
Se flexibiliza el aislamiento social y obligatorio, cuáles son los nuevos rubros permitidos para trabajar
Continúa el aislamiento social y obligatorio en el gran Buenos Aires y CABA. En el resto del país, paulatinamente se avanza hacia el desconfinamiento en tanto se cumplan ciertos requisitos, básicamente que el número de casos esté controlado.
Hay aparte un plan de apertura gradual de actividades en CABA y en la PBA, aunque por ahora con mayores excepciones, por ser los distritos con mayor densidad de población. La división es en tres: lugares de menos de 500 mil habitantes, de más de 500 mil habitantes y CABA y Gran Buenos Aires.
Si es necesario y si los casos suben, se podrá volver atrás y tomarán medidas restrictivas. Por ende, se va legislando día a día en función de la situación epidemiológica.
Fases de la cuarentena en Argentina
Argentina entra ya en la fase 3 y 4 del aislamiento social, preventivo y obligatorio (cuarentena) llamada “reapertura progresiva”.
La fase 1 consistió en el “aislamiento estricto”, todo cerrado salvo lo esencial. Esta fase arrancó el 20/3 y terminó el 17/4, cuando comenzó el “aislamiento administrado”. En la segunda fase, desde el 18 al 26/4 se sumaron excepciones a la cuarentena.
Ahora estamos en la tercera fase y cuarta fase, según el lugar, con excepciones por territorio, con mayor flexibilidad, salvo CABA y los y 40 partidos de la PBA. La fase 4 ya implica una reapertura de comercios, casi todos. La fase 5 es la nueva libertad. En todos los casos, hay protocolos de higiene.
Sector 1. Salida de la cuarentena para ciudades menos pobladas, hasta 500 mil habitantes
Las autoridades locales de cada municipio menos densamente poblado, de menos de 500 mil habitantes, ej. Tandil, salvo en CABA y gran Buenos Aires, deberán chequear estos parámetros de abajo.
Si son positivos, podrán flexibilizar actividades con protocolos de higiene. Estas son las condiciones que deben estar presentes, en forma conjunta.
-Que el sistema de salud cuente con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la potencial demanda sanitaria, es decir, que haya camas libres, y
– Que las autoridades médicas y de salud estimen un bajo riesgo sanitario, poca probabilidad de mayor suba de casos, y
– Que la proporción de personas exceptuadas del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, no supere el 75 % de la población total del Departamento o Partido, y
Para ciudades de más de 500 mil habitantes, fuera de CABA yt Conurbano, los gobernadores podrán incluir nuevas actividades cuando el protocolo para el funcionamiento de estas se encuentre incluido en el “Anexo de Protocolos autorizados por la autoridad sanitaria nacional”.
Sector 2. Ciudades de más de 500 mil habitantes, Industrias que reabran deberán tener permiso y protocolo
En los Departamentos o Partidos de las jurisdicciones provinciales con más de 500.000 habitantes se prevé que los Gobernadores y las Gobernadoras de las Provincias puedan decidir excepciones al aislamiento y a la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios, siempre que ya exista un protocolo autorizado por el Ministerio de la Nación.
Si no hubiere protocolo autorizado, las autoridades provinciales deberán requerir al Jefe de Gabinete de Ministros que dicte la excepción requerida, acompañando un protocolo de funcionamiento de la actividad que deberá aprobarse, previamente, por la autoridad sanitaria nacional.
Es decir, las industrias que reabran deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial, e indicar el protocolo que se implementará para el funcionamiento de la actividad respectiva, pudiendo a tal fin adherir a uno de los incluidos en el “Anexo de Protocolos autorizados por la autoridad sanitaria nacional”.
Si la actividad que se pretende autorizar no contara con protocolo previamente aprobado e incluido en el Anexo citado, deberán acompañar una propuesta de protocolo que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional.
Aparte, en las industrias que se reabran, hay protocolos que se acuerdan entre los gremios y el ministerio de trabajo. Un punto es que el protocolo suele estar ok, pero lo importante… es que se cumpla. Acá el anexo de la norma que contiene los protocolos de higiene vigentes: Protocolos de higiene por industrias.

Transporte público
Solo se autorizarán excepciones si el empleador o la empleadora garantiza el traslado de los trabajadores y las trabajadoras, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes.
Para ello podrá contratar servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, vehículos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar, siempre que estos últimos transporten en cada viaje un solo pasajero o pasajera.
Sector público nacional
Las trabajadoras y los trabajadores pertenecientes a las jurisdicciones, organismos y entidades del sector público nacional, cualquiera sea su forma de contratación, que no sean servicios esenciales, deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo.
La norma aclara que los trabajadores del empleado público realizarán sus tareas, en tanto ello sea posible, desde el lugar donde cumplen el aislamiento ordenado, de conformidad con las indicaciones de la autoridad jerárquica.
Seguramente a nivel local esta normativa se replique. El empleo público lo regula cada jurisdicción y poder respectivo, legislativo, ejecutivo, judicial, etcétera. Hay que ver la normativa de cada área.
Actividades prohibidas en todo el país y el universo argentino, salvo base marambio
El decreto prohíbe estas actividades
1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.
2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.
3. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
4. Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo excepciones
5. Actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.
Personas mayores de edad
Los trabajadores y las trabajadoras mayores de 60 años de edad, embarazadas, o personas incluidas en los grupos en riesgo según fueran definidos por el ministerio de salud, y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes, están dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo en los términos de la Resolución N° 207/20, prorrogada por la Resolución N° 296/20. Todo igual.
Sector 3. Área metropolitana, gran Buenos Aires y CABA
En este caso, es otro cantar, hay mayores restricciones. El decreto define al Área Metropolitana de BUENOS AIRES a la zona urbana común que conforman la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los siguientes 40 Municipios de la Provincia de BUENOS AIRES:
Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.
En estos casos depende de cada municipio. Pero como regla se mantienen restricciones generales, no hay aún avances en torno de la flexibilización porque hay mucha densidad de población. Paso a relatar CABA.
Etapa uno de desconfinamiento en CABA
Preliminar: Protocolo de higiene para los Comercios
Máxima ocupación simultánea: una persona cada 15 m2.
Clientes: número par en el DNI concurre días par. Número impar en el DNI concurre días impar.
Empleados: se desafectan los grupos de riesgo.
Ingreso al comercio sin acompañantes (a menos que no puedan dejar a el o los menores, de hasta 12 años de edad, en su hogar con otro adulto).
Se recomienda el uso de medios de pago electrónico.
Intervenciones en el espacio público para promover el distanciamiento social
Se van a hacer peatonales, de manera parcial o total aproximadamente 100 calles de la Ciudad para asegurar el distanciamiento social y tratar de evitar aglomeraciones e incentivar el comercio de escala barrial sin utilizar medios de transporte público, promoviendo la movilidad peatonal y la bicicleta, para así evitar el contagio del coronavirus.
Actividades que se reactivan a partir del martes 12/5
Con horarios de atención de lunes a viernes de 11 a 21h como máximo, negocios minoristas de cercanía:
librerías, jugueterías, florerías, perfumerías, decoración, materiales eléctricos, electrodomésticos, instrumentos musicales y bicicleterías.
Ventas de comida y bebida: Formato “Para llevar” en restaurantes, bares, cervecerías y otros locales gastronómicos. Sin horario establecido, de lunes a lunes. Construcción:
Sólo excavaciones y demoliciones. De 6 a 14h, de lunes a viernes.
Administración de escuelas privadas e institutos de formación no universitaria: Sin horario establecido.
Ferias itinerantes de abastecimiento barrial del GCBA (FIABS): Puestos ubicados sobre la calzada y más distanciados, cierre de calles para que la atención sea en la calle, con demarcación, además servicio de entrega o encargo por celular. Abrirán en forma progresiva según el día en el horario de 8 a 14 y de 15 a 21. No abrirán las cercanas a centros de trasbordo.
Planta de tratamiento de residuos áridos, restos de obra y construcciones en el centro de reciclaje de la Ciudad en Bajo Flores, con un protocolo particular.
Actividades que se reactivan a partir del jueves 14/5.
Comercios: Horarios de atención de lunes a viernes de 11 a 21hs como máximo.
Incluye a los minoristas de cercanía: joyería, relojería, bijouterie, mueblerías, concesionarias de autos y motos, y resto de comercios minoristas excepto indumentaria y calzado.
Actividades que se reactivan a partir del sábado 16/5.
Mudanzas: Se autorizan solo sábados y domingo.
Rubros comerciales que siguen cerrados
Comercios minoristas de cercanía: Indumentaria (ropa y confección, lencería) y calzados.
Servicios personales: Peluquerías, manicuras, spa, pedicuras, masajes, entre otros.
Servicios profesionales: Se va insistir en la priorización de teletrabajo con presencia mínima necesaria.
Deportes y esparcimiento: Gimnasios, polideportivos, salas de entrenamiento, salones de baile, milongas, boliches.
Paseos de compras: Shoppings, grandes tiendas, galerías comerciales y centros de compra.
Salidas para hacer compras no esenciales
La regulación de salidas en función del número final del DNI. Los pares los días pares y los impares, los días impares, de lunes a viernes: “El sábado que viene podrán salir los que tienen DNI terminados en par y en 0”, confirmó el vicejefe de gobierno.
Los padres están autorizados a ingresar a los comercios acompañados de sus hijas e hijos o niñas o niños que se encuentren a su cargo, de hasta 12 años de edad, siempre y cuando no puedan dejarlos en su casa a cuidado de otra persona.
Paseo con chicos
Se podrán hacer sábado y domingo (a partir del sábado 16/5). Hijos, hijas, o menores a cargo con un adulto.
Para chicos de hasta 15 años inclusive.
Sólo los fines de semana.
DNI del padre/madre/responsable a cargo que los lleva.
DNI terminado en PAR: días pares.
DNI terminado en IMPAR: días impares.
Máximo una hora.
Hasta 500 metros de la casa.
Menores de 6 años no es obligatorio el uso de tapabocas.
En plazas y parques solo se puede circular por las veredas y caminos internos siempre y cuando este abierto (sin rejas).
Compras en comercios esenciales
Mercados de cercanía y supermercados: siguen como hasta ahora. Se puede ir cualquier día, siempre con tapabocas.
Veredas amplias
Se fomenta el distanciamiento social en veredas con alto tránsito peatonal a través de demarcaciones. Será en Florida (foto), Santa Fe y Callao, Las Heras y Pueyrredón, Rivadavia y Pueyrredón, 9 de Julio y Córdoba, 9 de Julio y Corrientes, 9 de Julio e Independencia, Corrientes y Lacroze, Boedo y San Juan, Alem y Corrientes, Rivadavia y Callao, Santa Fe y Callao, Santa Fe y Coronel Díaz, Santa Fe y Juan B. Justo, Córdoba y Juan B. Justo, Córdoba y Pueyrredón, Córdoba y Scalabrini Ortiz, Juan B. Justo y Corrientes, Juan B. Justo y San Martín, Brasil y Lima, Eje Regimiento de Patricios y avenida Ramos Mejía y Del Libertador.
Ferias de abastecimiento barriales en calle
Reapertura: martes 12 de 8 a 14 horas.
Cantidad de ferias que reabren: 27 ferias, sobre un total de 39, distribuidas los 7 días de la semana.
Son aquellas ferias exclusivas de abastecimiento de productos primarios.
Los feriantes deberán cumplir con un estricto protocolo de higiene en sus puestos de trabajo. Deberán tener barreras de nylon para proteger la mercadería y una desinfección sobre todas las superficies con una periodicidad mínima de una vez por hora. La desinfección deberá realizarse con una mezcla de hipoclorito de sodio de uso doméstico (lavandina) con concentración mínima de 55 gramos por litro de agua.
Todos los feriantes tendrán que usar la vestimenta reglamentaria sin excepción y guantes de látex que deberán ser cambiados cada 30 minutos.
También deberán contar con tapabocas de color blanco preferentemente.
Los vecinos no podrán estar en contacto con la mercadería del puesto y deberán mantener una distancia mínima de 1.5 metro entre ellos. Para eso habrá señalización en el piso y cada feriante organizará las filas con números.
Se dará atención prioritaria a adultos mayores y embarazadas. Además, los feriantes podrán brindar un servicio de entrega a domicilio o encargo previo para ser retirado y así permanecer la menor cantidad de tiempo en el espacio público.
Para garantizar todas estas medidas, los inspectores del Gobierno de la Ciudad controlarán el cumplimiento del protocolo y reportarán tanto el incumplimiento del mismo, como así también los casos de personas que no se encuentren en buen estado de salud.
Cuándo y dónde estarán las ferias barriales
Lunes: Cabezón, entre Artigas y Obispo San Alberto (Villa Pueyrredón), Av. Rivadavia 4910 (Caballito), Lafuente al 700 (Flores).
Martes: Pareja al 3900 (Devoto), Lavalle al 3800 (Almagro), Alcaraz al 4400 (Monte Castro), Larrea entre Peña y Pacheco de Melo (Recoleta).
Miércoles: Conde al 200 (Colegiales), Seguí al 900 (Caballito), Plaza al 4200 (Saavedra), Emma de la Barra 400 entre Avenida de los Italiano y Juana Manso (Puerto Madero).
Jueves: Colpayo al 700 (Caballito), Barcala al 3000 (San Cristobal), Cochabamba al 900 (Constitución), Kennedy al 2800 (Palermo).
Viernes: Salguero al 2300 (Palermo), Av. Asamblea al 1100 (Parque Chacabuco), Hamburgo al 3300 (Parque Chas), Gallo al 400 (Balvanera).
Sábado : Bauness al 2700 (Villa Urquiza), Sarmiento al 3800 (Almagro), Ricardo Levene al 900 (Recoleta).
Domingo: Mendoza al 700 (Belgrano), Hipólito Yrigoyen al 4300 (Almagro), Av. Corrientes y Yatay (Almagro), Cerrito entre Paraguay y Marcelo T. de Alvear (Retiro).
Sistema de bicis públicas
Reactivación del sistema Ecobici con esquema especial desde el lunes 11:
200 estaciones y 2.000 bicicletas como red complementaria al subte y alternativa para viajes cortos.
Reabren aquellas estaciones que se encuentran próximas a Centros de Trasbordo para descomprimir el uso del transporte público. 30 minutos máximo por viaje de lunes a domingo, para promover la rotación de bicicletas, alentar la intermodalidad y que más personas puedan usar el sistema.
Para volver a retirar un viaje cada usuario deberá esperar 15 minutos.
Servicio de combis, garages, grúas de acarreo y demás
Estacionamiento y Centro y Tribunales Peatonal (sigue igual):
Avenidas donde está prohibido estacionar días hábiles de 7 a 21: permitido estacionar.
Avenidas donde está prohibido estacionar las 24 horas: prohibido estacionar.
Calles donde está prohibido estacionar días hábiles de 7 a 21: permitido estacionar.
Calles donde está prohibido estacionar las 24 horas: prohibido estacionar.
Estacionamiento medido: no tiene vigencia.
Restricción en Centro y Tribunales Peatonal: no rige la restricción (se puede circular sin permiso, pero no estacionar).
Corrientes peatonal: por la avenida Corrientes pueden circular vehículos entre las 19 y las 2. Esta arteria era de uso exclusivo para peatones dentro de dicha franja horaria. Los carriles exclusivos para transporte público sobre la mano derecha seguirán operativos las 24 horas.
Garajes: seguirán funcionando con guardias mínimas.
Acarreo: seguirán funcionando con guardias mínimas. En las rampas en esquinas, ochavas, sobre las paradas de colectivos o el acceso a cocheras sigue vigente la prohibición de estacionar durante las 24 horas.
Sobre medios en la Ciudad
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