Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Turismo en el verano de la PBA

Al parecer se podrán mojar las patas en la playa, aunque dependerá en definitiva del municipio habilitado

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En la provincia de Buenos Aires se abre oficialmente el turismo desde el 1ero. de diciembre, salvo en lugares donde rija el ASPO o aislamiento obligatorio.

La medida es hasta el 04 de abril de 42021 en los municipios de la provincia de Buenos Aires que se encuentren alcanzados por la medida de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” el desarrollo del turismo y sus actividades afines, dice la resolución publicada por el excelente sitio Erreius. (RESOLUCIÓN CONJUNTA 109/2020)

“El inicio y la continuidad las actividades previstas en el artículo anterior quedarán sujetos al estricto cumplimiento de los protocolos que oportunamente aprueben, en virtud de sus competencias, los Ministerios de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y de Jefatura de Gabinete de Ministros, previa intervención del Ministerio de Salud”, expresa la medida.

Básicamente, los lugares de turismo deberán seguir protocolos de seguridad e higiene, medidas de distancia social y demás. Aparte habrá que sacar el permiso. Según la norma, quienes prevean viajar con fines turísticos cuenten con el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19.

El “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” será válido únicamente para el ingreso y permanencia en el distrito para el cual se hubiera expedido y por el plazo declarado y autorizado, finaliza la norma.

En la práctica, hay que consultar con cada municipio de destino, protocolos, y demás. El hotel o quien provea alojamiento también puede informar.

Acá un ejemplo del municipio de Villa Gesell adonde consulté y muy amablemente respondieron, en la práctica, ver con dirección u orgamismo de turismo de cada municipalidad.

 

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