Capacitación en género para el sector privado
Se crea un programa estatal para que las PYMES puedan recibir formación en perspectiva de género. La decisión fue publicada hoy en el boletín oficial
En el sector privado es necesaria la implementación de la perspectiva de género y de la diversidad para reducir y erradicar, por un lado, las violencias por motivos de género que suceden en este ámbito laboral y, por el otro, la desigualdad en el acceso al trabajo y a cargos jerárquicos, dice la norma.
Asimismo, para el colectivo LGBTI+ la inclusión en el trabajo formal continúa siendo un desafío mayor. En especial, para aquellos/as cuyas trayectorias de vida están atravesadas por la estigmatización, criminalización y patologización sistemática por una gran parte de la sociedad y de las instituciones.
Ambas cuestiones son fenómenos que suceden de manera paralela e impactan uno en el otro, es decir, las violencias de géneros en el trabajo repercuten en la existencia de menos mujeres y LGTBI+ en el mercado formal privado; y, al mismo tiempo, esa subrepresentación contribuye a que esas prácticas violentas y discriminatorias continúen.
Para trabajar en la reducción de la discriminación, el acoso y las brechas de géneros en el mundo laboral es preciso generar iniciativas que sensibilicen sobre las desigualdades estructurales y simbólicas de las violencias por motivos de géneros en el sector privado, lo cual incuye las pequeñas, medianas y grandes empresas productoras de bienes y sevicios, así como las organizaciones de la sociedad civil que empleen personal.
La formación en un enfoque de género y diversidad aporta de manera directa a desarticular creencias y estereotipos que sostienen jerarquías entre los géneros, las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género, reproduciendo violencia y desigualdad.
Estas prácticas, que reproducen la violencia y la desigualdad, deben ser leídas como modificables a través de acciones que promuevan un cambio cultural.
A través del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD se postula la creación de un programa nacional de formación en materia de género y diversidad destinado al Sector Privado para contribuir a la prevención de las violencias de género en el ámbito laboral e impulsar la igualdad laboral de mujeres y LGBTI+ en el sector privado. El Programa no implica erogación presupuestaria
Lineamientos generales del Programa de capacitación en perspectiva de género y diversidad para el Sector Privado
FORMAR IGUALDAD
1. FUNDAMENTO
Según los datos de la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral1, en el sector
privado son las mujeres las que más denuncian hechos de violencia psicológica, sexual y
física. Por su parte, el número de mujeres en puestos directivos sigue siendo
sustancialmente inferior al de varones y persiste la brecha salarial que se profundiza a
medida que se avanza en el análisis de los escalafones más altos.2
Para el colectivo LGBTI+, la inclusión laboral continua siendo un desafío mayor, en
especial, para aquellos/as cuyas trayectorias de vida están atravesadas por la
estigmatización, criminalización y patologización sistemática por una gran parte de la
sociedad y de las instituciones.
Estas dos cuestiones, las violencias por motivos de género en el ámbito del trabajo; y la
desigualdad en el acceso al trabajo y a cargos jerárquicos, son problemáticas que se
pueden abordar, entre otras políticas públicas, a través de la educación en la igualdad y
la diversidad. Un ejemplo de esto es la sanción de la Ley N° 27.499 de Capacitación
Obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado,
Ley Micaela, con la que se establece la formación en perspectiva de género y diversidad
a las máximas autoridades del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como también,
a todos y todas los/as funcionarios/as y al personal que allí se desempeñe.
En este sentido, la formación en un enfoque de género y diversidad contribuye de
manera directa a desarticular creencias y estereotipos que sostienen jerarquías entre
los géneros, las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género,
reproduciendo violencia y desigualdad.
Estas prácticas, que reproducen la violencia y la
desigualdad, deben ser leídas como modificables a través de acciones que promuevan
un cambio cultural. Un cambio cultural como responsabilidad colectiva que impacta en
la transformación de los hábitos y costumbres individuales.
Un pensamiento crítico frente a esas prácticas que son discriminatorias es esencial para la prevención de la
violencia de género, el respeto por la diversidad en todas sus expresiones y, en
consecuencia, para garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos.
En este marco, desde el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
impulsamos la creación de un programa nacional de formación en materia de género y
diversidad destinado al Sector Privado para contribuir a la prevención de las violencias
de género en el ámbito laboral e impulsar la igualdad laboral de mujeres y LGBTI+ en el
ese sector.
2. OBJETIVO GENERAL
Promover la sensibilización y capacitación en perspectiva de género y diversidad en el
sector privado, desde un enfoque de derechos humanos, desarrollo y sustentabilidad,
del sector privado; para contribuir a la prevención de las violencias de género en el
ámbito laboral e impulsar la igualdad laboral de mujeres y LGBTI+ en el ese sector.
3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Diseñar dispositivos de sensibilización e introducción a las problemáticas de
género y diversidad orientadas a las empresas y organizaciones del sector
privado.
• Diseñar estrategias, herramientas y dispositivos de capacitación en perspectiva
de género y diversidad, dirigidas a las empresas del ámbito privado y a las
organizaciones de la sociedad civil con personal a su cargo, a partir de un
enfoque situado en sus áreas de incumbencia específica.
• Promover políticas de formación y capacitación continua en perspectiva de
género y diversidad.
4. POBLACIÓN DESTINATARIA
a. Pequeñas, medianas y grandes empresas del ámbito privado productoras de
bienes y/o servicios
b. Organizaciones de la sociedad civil, con o sin fines de lucro, tengan o no
personería jurídica, siempre que posean personal a su cargo.
5. COMPONENTES
El PROGRAMA establece tres componentes:
a. Sensibilización y Capacitación en perspectiva de género y diversidad
b. Certificación de los Programas de Capacitación interna en perspectiva de
género y diversidad
c. Articulación para el intercambio y fortalecimiento de la capacitación en
género y diversidad
Las actividades de Sensibilización y Capacitación están destinadas a quienes, por sus
posiciones estratégicas en la empresa u organización, definan la política institucional.
En este sentido, la Sensibilización está dirigida a las altas autoridades de las empresas y
organizaciones de la sociedad civil, y tiene como objetivo brindar una aproximación
situada de la perspectiva de género y diversidad.
La instancia de Capacitación se orienta a quienes ocupan cargos gerenciales o de
dirección con la finalidad de focalizar el proceso de formación en la gestión del personal
(la identificación de talentos con perspectiva de género y diversidad, la incidencia de la
diversidad de géneros en la productividad e innovación, la compatibilidad de vida
laboral y personal, entre otras cuestiones), en los contenidos producidos por la empresa
o por la organización de la sociedad civil (por ejemplo, la comunicación interna o
externa), así como también, en la detección e intervención en situaciones de violencias y
discriminación.
La Sensibilización y Capacitación será diseñada y estructurada conforme lo establecido
en los Ejes y Contenidos Mínimos que serán determinados por la SUBSECRETARÍA DE
FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD.
La Certificación de los Programas de Capacitación interna en perspectiva de género y
diversidad tiene dos aristas, por un lado, se trata de un proceso de asistencia para la
elaboración de una capacitación para el personal de la empresa u organización de la
sociedad civil; y, por el otro, refiere a los requisitos que se deben cumplir para el
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD de cuenta de la calidad de esos
programas internos de formación. Ambos componentes se ejecutarán de acuerdo a las
prescripciones del que serán dispuestas por la SUBSECRETARÍA DE. FORMACIÓN,
INVESTIGACIÓN Y POLÍTICA CUlTURALES PARA LA IGUALDAD.
La Articulación para el intercambio y fortalecimiento de la capacitación en género y
diversidad tiene como fin promover instancias de encuentro entre personas que, por sus
posiciones estratégicas, en la empresa u organización de la sociedad civil, definan la
política institucional y de gestión del personal. En este sentido, se incentivará el trabajo
en red y el intercambio de buenas prácticas.
6. ACCIONES
a. Sensibilización y Capacitación en perspectiva de género y diversidad
2021 – Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina
Dr. César Milstein
o Elaborar contenidos y materiales de sensibilización y capacitación en
perspectiva de género y diversidad dirigidos a empresas y organizaciones
del sector privado.
o Organizar actividades de sensibilización y capacitación en perspectiva de
género y diversidad dirigidas a empresas y organizaciones del sector
privado.
o Diseñar y llevar adelante la sensibilización y capacitación de aquellas
personas que, por sus roles, funciones y posiciones estratégicas, tienen a
su cargo la definición de las políticas de gestión hacia dentro y fuera de la
organización de la que forman parte; en coordinación con el equipo del
Programa Nacional para la Igualdad de géneros en el trabajo, el empleo y
la producción “IGUALAR” de la Subsecretaría de Políticas de Igualdad del
MMGYD (cfr. Resolución N° 220 del 30 de septiembre de 2020).
b. Certificación de los Programas de Capacitación interna en perspectiva de
género y diversidad
o Asistir a las empresas y organizaciones en la elaboración de programas de
capacitación en género y diversidad dirigidos al personal que tengan a
cargo.
o Certificar la calidad de los programas de formación, presentados por
empresas y organizaciones del sector privado, que tengan como objetivo
la capacitación en género y diversidad del personal a su cargo.
c. Articulación para el intercambio y fortalecimiento de la capacitación en
género y diversidad
o Promover intercambios entre las distintas empresas u organizaciones de
la sociedad civil que participen del Programa para fomentar el trabajo en
red y el fortalecimiento de buenas prácticas.
7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
El presente PROGRAMA se crea en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN,
INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD (SFIPCI) del
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERIDAD que tiene a su cargo el
monitoreo de la ejecución de las acciones y el cumplimiento de los objetivos propuestos.
La DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN GÉNERO Y
DIVERSIDAD de la SFIPCI conformará un equipo técnico interdisciplinario que será elencargado de llevar a adelante las acciones y objetivos, así como también, de desarrollar
todos los mecanismos necesarios para la implementar el PROGRAMA.
República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
Normativa relevante
A través de diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos el Estado Nacional asumió el compromiso de respetar y garantizar una vida libre de discriminación y el pleno ejercicio de derechos por parte de las mujeres y diversidades.
También se asumió el compromiso de prevenir, erradicar y sancionar la violencia de cualquier índole contra las mujeres y diversidades.
La CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW, por sus siglas en inglés y aprobado por Ley N° 23.179 el 27 de mayo de 1985) establece la obligación de adoptar medidas apropiadas para la eliminación de la discriminación contra las mujeres en el ámbito laboral (cfr. artículo 11).
Por su parte, la CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER establece que los Estados Partes adoptaran “medidas específicas, inclusive programas para (…) modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer”.
Que, asimismo, el CONVENIO N° 190 (2019) SOBRE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO establece la que los Estados miembros deben adoptar políticas que “garanticen el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, incluyendo a las trabajadoras, así como a los trabajadores y otras personas pertenecientes a uno o a varios grupos vulnerables, o a grupos en situación de vulnerabilidad que están afectados de manera desproporcionada por la violencia y el acoso en el mundo del trabajo” (cfr. artículo 6).
A nivel nacional, la Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales establece la obligación de adoptar “medidas tendientes a sensibilizar a la sociedad, promoviendo valores de igualdad y deslegitimación de la violencia contra las mujeres” (artículo 7, inciso b).
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