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La Corte Constitucional de Colombia vuelve a proteger los derechos de una periodista

Periodista colombiana, tras un abuso sexual, recibe la protección de la Corte Constitucional después de dos años de la denuncia

Por Clara Cattarossi 

La periodista en cuestión se trata de Claudia Vanesa Restrepo Barrientos, quien sufrió un abuso sexual por parte de un de trabajo en junio de 2019, y dice la directora del periódico que “[la periodista] pidió que se tomaran medidas al respecto para alejar a esa persona mientras el proceso penal avanzaba, así como solicitó el diseño y la puesta en marcha de un protocolo institucional claro de prevención y atención de casos de violencia sexual y de género”.

No obstante, al principio la empresa decidió no tomar cartas en el asunto bajo el pretexto de que la situación había tenido lugar fuera de las instalaciones de la empresa.

 

Negligencia por parte de la empresa

La Sala Séptima de Revisión, integrada por Alberto Rojas Ríos, José Fernando Reyes Cuartas y Cristina Pardo Schlesinger, tomó el caso y sostuvo finalmente que el diario “vulneró los derechos de la periodista, puesto que no le brindó una ruta de atención, acompañamiento y apoyo claro y eficaz, con enfoque diferencial y de género, que hiciera factible su estabilidad emocional para permitirle continuar con su actividad laboral libre de angustia y zozobra”.

Sin embargo, no se tomó acción inmediatamente. La periodista volvió a ser víctima de abuso unas cuantas veces más sin la protección que le había sido prometida que va de la mano con el deber de evitar, erradicar e investigar la violencia de género.

Involucramiento de la Corte Constitucional

Hoy la Corte Constitucional no solo se encargó de la protección y de las acciones que implican, sino que exhortó al Gobierno a aprobar un convenio de la Organización Nacional de Trabajo sobre el acoso laboral.

Después de la renuncia de Restrepo Barrientos del medio de comunicación El Colombiano, la Corte se involucró a fondo ya que indicó que no fue una renuncia azarosa sino que se debía a un ambiente opresivo de trabajo que no es digno de soportar. Entonces, contemplando que la renuncia no tendría consecuencias jurídicas, se le ordenó a la firma que se reintegrara a la periodista y pagarle sus salarios desde la renuncia hasta el reintegro. Si Vanesa decidiera no reintegrarse, de igual manera la empresa deberá cumplir con el pago.

El fallo

El falló le otorgó un plazo de dos meses a El Colombiano para que pusiera en práctica una política pedagógica que integre la divulgación de los derechos humanos de las mujeres, igualdad material y un curso de capacitación a todo el personal sobre cuestiones de género, además de un acompañamiento, prevención y atención en casos de violencia hacia la mujer.

Sentencia T-140-21.

M.P. Cristina Pardo Schlesinger.

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