Prohíben popular filtro de agua
Esta mañana la ANMAT publicó una resolución que prohíbe la venta de los filtros de agua FDC, los detalles y causas
Todo filtro de agua o purificador que se venda como tal debe ser inocuo para la salud y estar registrado ante la ANMAT. A continuación se extracta la norma publicada hoy por ANMAT.
Antes se aclara que según la web de la firma, consultada hoy, FDC es una empresa Argentina con más de 25 años de vida, dedicada a la producción y desarrollo de sistemas de tratamiento de aguas y aire.
Por ejemplo, venden un purificador para agua potable, corriente y de red apto para ser utilizado tanto con agua natural, fría y caliente con carbón activado que dice “eliminar el cloro, fenoles, trihalometanos, partículas en suspensión, sedimentos, arcillas, óxidos y demás elementos perjudiciales para la salud”, entre otros productos que venden.
Las actuaciones de la ANMAT
El caso se inicia por unas consultas realizadas por usuarios, a través del servicio ANMAT Responde y del mail del Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal.
Allí el organismo tomó conocimiento sobre la comercialización de productos domisanitarios por parte de la firma FDC la cual no cuenta con la correspondiente habilitación ante esta Administración Nacional.
El motivo de las consultas fue sobre la legitimidad de los dispositivos de acondicionamiento de agua de red domiciliaria de la marca FDC, remarca la norma.
filtros de agua FDC prohibidos por ANMAT
Se verificó que no se encontraban inscriptos ante esta ANMAT y a su vez, se hizo la búsqueda de anuncios en la web, hallándose el link de la página web de la firma FDC (https://www.fdc.com.ar/), en la cual se ofrecen productos como: dispositivos de mesada, clorador, sistema para eliminar arsénico del agua, ablandador, dispenser de agua.
El Servicio de Domisanitarios dependiente del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal realizó dos inspecciones en el que sería el domicilio de la firma, cito en la Avenida Rivadavia 12196 de la localidad de Ciudadela de la Provincia de Buenos Aires, siendo la primera inspección de fecha 6 de septiembre del 2018, donde no se les permitió el ingreso a las inspectoras argumentando que el dueño no se encontraba en el establecimiento.
Luego las inspectoras actuantes se dirigieron a la calle Espora 126, que sería un segundo domicilio de la firma, y no fueron atendidas.
Por el acta labrada al momento de la inspección se instó al responsable de la firma a hacerse presente en el Servicio de Domisanitarios de esta ANMAT confirmando posteriormente su asistencia a la reunión vía telefónica, sin embargo, nadie se presentó.
En la segunda inspección realizada con fecha 5 de noviembre de 2018 las inspectoras no pudieron ingresar al establecimiento dado que las personas que las atendieron argumentaron que allí no funcionaba la firma FDC teniendo en cuenta lo expuesto, en esa misma oportunidad se consultó a un comercio de la zona sobre si la firma FDC se encontraba en ese domicilio y el empleado indicó que funcionaba allí.
Incluso se ha puesto en conocimiento a la Policía Federal Argentina respecto de la comercialización de los productos que nos ocupan y de las actuaciones llevadas a cabo por esta Administración Nacional en los domicilios mencionados, a fin de que tome la intervención que corresponda.
Protección de la salud ante la falta de información del producto
A fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconoce las condiciones de manufactura, y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros.
Ello para que los productos puedan ser comercializados (en cumplimiento de las Resoluciones ex Ms y As N° 708/98 y Nº 709/98 y las Disposiciones ANMAT N° 7293/98 y Nº 7292/98), con el fin de que esta ANMAT esté en condiciones de garantizar su calidad, seguridad y eficacia.
Por ende, según resolución ANMAT de hoy se prohíbe el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los productos marca FDC, por ser productos que no se encuentran registrados, como así tampoco se encuentra inscripta la firma ante esta Administración Nacional.
Se ordena comunicar a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al resto de las autoridades provinciales y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.
fuente: boletín oficial
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