España aprueba la ley para que nietos de abuelos españoles pidan su ciudadanía europea
Se trata de la "ley del nieto", a continuación un resumen práctico de los requisitos para entender la ley de extranjería que permite aplicar para pedir la nacionalidad
Por Silvia Sejas Pardo. Autora de Partidas Argentinas
A la ley de memoria democrática de España se la conoce como ley de nietos, que si bien no está aún vigente, permitirá obtener la nacionalidad española.
Es decir, la persona nieta de un abuelo o abuelo español podrá aplicar a una una nacionalidad por opción de España que permitirá a los hijos o nietos de españoles conseguir la ciudadanía directamente en el consulado.
La norma permite pedir la nacionalidad sin necesidad de haber residido un año en España como deben hacer hasta ahora. La norma privilegia así la relación familiar y el vínculo biológico con una persona que sí tenía la ciudadanía española.
¿Qué es la ley de nietos?
Se aprobó la Ley de Memoria democrática en el Congreso de los Diputados. Son muchos los extranjeros que están pendientes de las distintas iniciativas legislativas que existen en España, para aprobar medidas que permitan obtener la nacionalidad a los descendientes de españoles.
Y esta ley es una de esas normativas que va a quedar incorporada de reconocimiento o posibilidad de adquirir la nacionalidad española a los descendientes de españoles, esta es la ley de Memoria Democrática
¿A quienes beneficia la ley de nietos?
El texto se ha debatido en el Congreso. Esta ley va a permitir en algunos supuestos que descendientes puedan conseguir la nacionalidad por opción, reconociéndoles una nacionalidad de carácter originario. El texto establece los siguientes supuestos:
» Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil.
Igualmente, podrán adquirir la nacionalidad española las personas que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978. (Esta clausula no hace referencia a nietos, con lo cual solo entraría la primera generación, con lo cual hay una discriminación a sus hijos con relación a los otros nietos)
- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley o en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007, (los hijos que quedaron fuera en el 2007 por ser mayores que no pudieron ejercer el derecho de opción, aqui estamos hablando de bisnietos)
Se calcula que más de 300.000 extranjeros pueden naturalizarse español al amparo de esta ley del nieto española.
¿Qué deben hace para pedir la ciudadanía por la ley del nieto?
Aún no se conocen los requisitos o listado de documentos para poder aplicar a la Ley de Memoria Democrática, es necesario detallar que la ley ha sido aprobada solo por el Congreso, falta sea aprobada por el Senado. Aún la ley está en proceso de formación, para implementarse de manera efectiva.
¿Cuándo se implementa la ley del nieto?
La ley todavía no está en vigor, todavía queda una fase importante para que definitivamente podamos decir que tenemos aprobada la ley de memoria democrática , el texto ahora va a pasar al Senado, a la segunda Cámara, donde si todo va bien quedará definitivamente aprobado y se acordará su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su entrada en vigor. De todos modos, también habrá que esperar que publiquen el reglamento de la ley.
¿Estará preparada la administración española para dar soporte a elevadísimo numero de solicitudes?
España tiene cerca de 3 millones de funcionarios, uno de los países con mayor numero de funcionarios de todo el mundo. No se puede negar el esfuerzo inmenso que han hecho los Consulados con poco presupuesto en la pasada Ley de Memoria Histórica.
Consulados para la ley de nietos
La Habana, Miami, Ciudad de México y Ciudad de Buenos Aires son los Consulados que más tramitaron expedientes con la Ley de Memoria Histórica en consecuencia son los que recibirán más solicitudes con la Ley de Memoria Democrática.
El gobierno de España debería tener un servicio de abogados del “Cuerpo de abogados de oficio” en los Consulados brindando un servicio de información y orientación.
La ley tiene que ser para todos, para quienes puedan pagar abogados y para los que no se lo pueden permitir, no puede ser que no se pueda hacer valer un derecho porque una persona no pueda pagar un profesional del derecho en caso de que su solicitud sea denegada, para que esto no suceda hacen falta medios técnicos, económicos y sobre todo voluntad política.
En cuanto quede finalmente aprobada la Ley de Memoria Democrática, informaré, cómo lo tramitaremos y qué casos concretos podrán tramitarla.
La autora es abogada en Sejas Pardo avocats. Abogada Barcelona/Málaga/Baires. Especialista Extranjería y Nacionalidad Española 🇪🇸Gestoría Actas de Argentina España Italia Francia desde 2007. Su Instagram
Anexo – Supuestos permitidos por la ley del nieto para pedir la nacionalidad
- Los hijos o nietos nacidos fuera de España de padre, madre o abuelo/abuela españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos políticos, ideológicos o de creencia o de orientación e identidad sexual; y que por dicho exilio ende perdieron o renunciaron a su nacionalidad española. Sus hijos o nietos podrán solicitar la nacionalidad por el Artículo 20 del código civil.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a la ley de Memoria Histórica (Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre) o de la presente Ley de Memoria Democrática.
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