Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Convocan guionistas para concurso de cine

Nuevo llamado del Incaa

La Ley N° 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y otorgar premios.

Que la producción audiovisual es un vehículo esencial para la expresión cultural, la innovación creativa y el fortalecimiento de la identidad nacional. En este contexto, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) se compromete a fomentar el desarrollo y la excelencia de la industria cinematográfica argentina apoyando proyectos que pueden alcanzar reconocimiento a nivel nacional como internacional.

Que la Resolución INCAA N°453-E/2024 aprueba los Lineamientos Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las bases para la realización de concursos destinados a apoyar a productores, guionistas y directores tanto noveles como consolidados, promoviendo la inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual, sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.

Que resulta necesario llamar a guionistas a presentar guiones terminados con la finalidad de premiar a aquellos que tengan mayor potencialidad y originalidad, impulsando el desarrollo profesional, mejorando la calidad del contenido audiovisual.

Que en virtud de todo lo expuesto debe dictarse el correspondiente acto administrativo.

Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de competencia.

Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.

Por ello, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a GUIONISTAS a presentar guiones audiovisuales terminados para películas de largometrajes de ficción o animación, con un máximo de tiempo en pantalla de CIENTO VEINTE (120) minutos y aprobar las BASES Y CONDICIONES del “CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN” que obran como Anexo I según IF-2024-85969743-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º.- Llamar a GUIONISTAS a presentar guiones terminados de series de ficción y animación de al menos 4 capítulos con un mínimo de duración de 15 minutos por capítulo y aprobar las BASES Y CONDICIONES del “CONCURSO DE GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN” que obran como ANEXO II según IF-2024-85969981-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Establecer como plazo de presentación desde la publicación de las presentes Bases y Condiciones en el Boletín Oficial de la República Argentina hasta las 14 horas del día 1 de noviembre del 2024 inclusive, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.

ARTÍCULO 4º.- Determinar que la participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 5º.- La liberación de las sumas correspondientes a los premios estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria.

 

Bases del Concurso

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Número:

República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional

AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD

Informe

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Referencia: ANEXO II- CONCURSO DE GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2024

ANEXO II

BASES Y CONDICIONES

CONCURSO DE GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2024

CAPÍTULO 01. DEL OBJETO

ARTÍCULO 1o.- EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (en adelante INCAA), a través de la Gerencia de Políticas Públicas, convoca a GUIONISTAS a la convocatoria “CONCURSO DE GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN”, a presentar guiones terminados de series de ficción y animación de al menos 4 capítulos con un mínimo de duración de 15 minutos por capítulo.

ARTÍCULO 2o.-Este llamado tiene como objeto respaldar y fomentar la creatividad emergente, brindando a los guionistas argentinos el impulso para fortalecer sus ideas innovadoras en el mundo Audiovisual.

CAPÍTULO 02. DE LA CONVOCATORIA

ARTÍCULO 3°. Fíjese desde la publicación de las Presentes Bases y Condiciones en el Boletín Oficial de la República Argentina, hasta las 14hs. del 1 de Noviembre de 2024 inclusive, como fecha de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.

ARTÍCULO 4°. Cada participante podrá presentar una única obra, en idioma español. La presentación será de

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forma online en la página web del INCAA, en la sección INCAA EN LÍNEA, https://extranet.incaa.gob.ar/ Las Bases y Condiciones estarán disponibles para ser consultadas en la página web del INCAA: www.incaa.gob.ar .

ARTÍCULO 5°. En atención a que la presentación de los guiones será a través de la plataforma INCAA EN LÍNEA, aquellos presentantes que no estén inscriptos en el Registro de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual en la actividad GUIONISTA podrán hacerlo en la de CONCURSANTES, también exenta de arancel.

CAPÍTULO 03. REQUISITOS DE POSTULACIÓN

ARTÍCULO 6°. EL GUIONISTA deberá ser mayor de DIECIOCHO (18) años y ser persona humana, podrá ser argentino o extranjero que resida legalmente en el país.

ARTÍCULO 7°. En el caso de persona extranjera, deberá acreditar la residencia permanente en el país y contar con todos los permisos legales necesarios.

ARTÍCULO 8°. EL GUIONISTA será el único responsable ante el INCAA en caso de resultar ganador.

ARTÍCULO 9°. En ningún caso el GUIONISTA podrá ser reemplazado.

ARTÍCULO 10°. No se podrán presentar aquellos guiones que hubieren resultado ganadores en otros concursos convocados por el INCAA.

ARTÍCULO 11°. Tampoco podrán participar del CONCURSO aquellos GUIONISTAS que habiendo ganado concursos anteriores no hubiesen dado cumplimiento a contratos suscriptos oportunamente.

ARTÍCULO 12°. No podrán participar, todos aquellos que:

a) mantengan una relación laboral con el Instituto y

b) todas las personas que hayan participado en la organización, ejecución o desarrollo del presente CONCURSO, cualquiera que fuera la modalidad de su intervención.

ARTÍCULO 13°. Se exceptúa de esta última prohibición a:

a) aquellas personas que únicamente tuvieran una relación laboral en calidad de instructor académico en la Escuela Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC); y

b) aquellas personas que sean capacitadores, tutores o jurados de concursos organizados por el INCAA, siempre y cuando no estén vinculados al presente CONCURSO.

CAPÍTULO 04. DEL PREMIO

ARTÍCULO 14o.- Cada uno de los 6 proyectos ganadores recibirá un premio de QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (US $15.000.-) cuya liquidación será en pesos al tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día anterior del efectivo pago

ARTÍCULO 15o.- El premio será abonado de acuerdo con el siguiente detalle:

El CIEN POR CIENTO (100%) del premio será abonado una vez publicada la Resolución de ganadores. El ganador deberá informar al INCAA dentro de los 3 días siguientes a la publicación los datos de la cuenta bancaria en Pesos donde se deberá transferir el premio.

CAPÍTULO 05. EL PROYECTO Y SU PRESENTACIÓN

ARTÍCULO 16°. El GUIÓN presentado debe ser la versión final del mismo, ya sea una obra original o una adaptación de una obra preexistente, debiendo el GUIONISTA, en todos los casos, acreditar fehacientemente la titularidad de los derechos sobre el GUION.

ARTÍCULO 17°. También podrán participar aquellos GUIONES que se hubieran presentado en Concursos convocados por el INCAA, pero que no hayan sido seleccionadas como ganadores.

ARTÍCULO 18o.- Los GUIONES deberán presentarse de conformidad con lo establecido en el ANEXO II. A, de las presentes Bases y Condiciones. Los mismos deberán ser inéditos, originales o basados en una obra preexistente y no deben haber empezado el rodaje ni la pre producción y cumplir con las presentes Bases y Condiciones. Los guiones podrán ser de género Ficción y/o Animación.

ARTÍCULO 19o.- El GUIONISTA deberá demostrar la titularidad de los derechos sobre el GUION mediante la inscripción del mismo en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En caso que el GUION estuviera basado en una obra preexistente, deberá contar además con la cesión de los derechos del autor de la obra original y, el convenio respectivo deberá tener firma certificada mediante escribano o autoridad bancaria.

ARTÍCULO 20°. No se aceptarán solicitudes fuera de la fecha, ni documentación complementaria mayor a la que establecen estas Bases y Condiciones. Así mismo serán desestimados todos los solicitantes que no se ajusten estrictamente a las exigencias formales y materiales exigidas en las presentes Bases y Condiciones.

CAPÍTULO 06. DEL JURADO

ARTÍCULO 21o.-El INCAA nombrará un Jurado que estará conformado por integrantes de reconocida trayectoria en la actividad audiovisual y/o cultural. Una vez conformado el mismo, su composición se anunciará en la página web del INCAA.

CAPÍTULO 07. DE LA SELECCIÓN

ARTÍCULO 22°. El Jurado, tendrá a su cargo la selección de los guiones ganadores del concurso, debiendo evaluar y calificar cada uno, de acuerdo con los siguientes criterios y puntajes:

A – Originalidad y creatividad del guion: hasta 40 puntos

B – Argumento y estructura: hasta 20 puntos

C – Propuesta narrativas: hasta 20 puntos

D- Evolución dramática de los personajes: hasta 10 puntos

ARTÍCULO 23°. El jurado dispondrá, como máximo, hasta NOVENTA (90) días corridos para la selección de los guiones y la elaboración del acta según el puntaje establecido.

ARTÍCULO 24°.- El Jurado labrará un Acta en la que consten los ganadores, los mismos serán por orden de mérito. El Jurado podrá declarar desierto todos o algunos de los premios. Los dictámenes del JURADO serán inapelables.

ARTÍCULO 25°. Conforme lo dispuesto en los artículos precedentes, determinado el orden de mérito del JURADO, la Presidencia del INCAA dictará la Resolución pertinente en la que apruebe los guiones ganadores para el Organismo, exhibiéndose los resultados en la página Web del INCAA.

CAPITULO 08. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES:

ARTÍCULO 26°.- Este concurso no exige la obligación por parte de los GUIONISTAS de producir la película. La titularidad de los GUIONES será de sus autores en los términos que estos acuerden entre sí.

ARTÍCULO 27°. En el caso en que el guion se concrete, el monto otorgado en concepto de Premio no será descontado de la ayuda económica que el INCAA brinde.

ARTÍCULO 28°. La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 29°. Los guiones que no hayan resultado ganadores de la presente convocatoria se eliminarán automáticamente de la plataforma INCAA en línea transcurridos los SESENTA (60) días corridos desde la publicación de la Resolución de ganadores.

ARTÍCULO 30°.- En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases y Condiciones, el guion quedará inmediatamente fuera de concurso sin posibilidad de rectificación.

ARTÍCULO 31° Los GUIONES que no resulten premiados, no generarán ningún compromiso con el INCAA y sus autores podrán disponer de ellos para presentar en otros concursos o proyectos personales.

ARTÍCULO 32° La plataforma INCAA en línea, y la dirección de mail declarada en la misma, funcionará como domicilio electrónico para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza, notificación de actos administrativos y eventualmente para el cumplimiento de obligaciones y se tendrán como válidas las notificaciones emitidas por este medio.

ARTÍCULO 33°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

REQUISITOS DE PRESENTACIÓN AL CONCURSO

La presentación estará organizada de la siguiente manera:

A.- DOCUMENTACIÓN

B.-PROYECTO

A.-DOCUMENTACIÓN.

A.- DOCUMENTACIÓN

A.1.-DOCUMENTACIÓN REQUERIDA A LOS GUIONISTAS será:

a).- Copia del Documento Nacional de Identidad de todos los participantes (anverso y reverso), en el caso de ser extranjero, deberá figurar la residencia permanente.

b) Copia de inscripción en AFIP del GUIONISTA.

A.2- DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL PROYECTO, respetando el orden aquí establecido:

a) Registro de Inscripción de la obra objeto del PROYECTO en la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) en el formulario deberá figurar el nombre de la obra y la titularidad de la misma.

b) En caso que se presenten CO-GUIONISTAS, a los fines de la presentación en la Plataforma INCAA en Línea, deberán presentar una Nota certificada por escribano público o entidad bancaria, en la que uno de ellos, autorice al otro a efectuar la presentación del guion en el presente Concurso.

c) En el caso de tratarse de una obra preexistente, autorización con firma certificada del uso de la obra objeto al GUIONISTA en la que deberá figurar el título de la obra cedida y el título del proyecto la misma deberá estar certificada ante escribano público o entidad bancaria.

B- PROYECTO

B.1-LA PRESENTACION DEBERA CONTENER:

(La documentación detallada aquí abajo no debe contener datos del GUIONISTA solo nombre de la obra)

a) sinopsis de todos los capítulos

b) Guiones Terminados en formato literario cumpliendo con las siguientes especificaciones técnicas:

  • Las páginas deben estar numeradas.
  • El guion debe estar escrito con interlineado sencillo y tipografía Courier (o New Courier) de 12 puntos.

ANEXO II A

  • En cada página se dejará un margen arriba y abajo de 2.5 cm.
  • A izquierda y derecha de los encabezados de escena y de las descripciones de la acción se dejará un

    margen de 2.5 cm.

  • Las escenas deben estar numeradas.
  • El encabezado de escena debe especificar INT. / EXT., lugar de la escena y DIA / NOCHE.
  • A izquierda y derecha de los bloques de diálogo se dejará un margen de 5 cm; de esta manera, el texto del

    diálogo quedará con una anchura máxima aproximada de 40 caracteres.

  • En los diálogos los nombres de los personajes deberán ir en mayúsculas.
  • Todos los textos irán alineados a la izquierda.

    d) Motivación del guionista

    e) Un perfil de dos de sus personajes principales

    f) Una síntesis argumental de la serie completa

    B.2- No se tendrá en cuenta cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí especificado.

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