Dólares cara chica en los bancos, derechos
Se reglamentó la posibilidad de que el banco reciba en depósito dólares, en el marco del blanqueo o ingreso al sistema formal
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha emitido una nueva directiva mediante la Comunicación “A” 8079, fechada el 1 de agosto de 2024, dirigida a las entidades financieras. Esta comunicación establece la posibilidad de recibir depósitos de billetes dólares estadounidenses hasta el 31 de diciembre de 2024. A continuación, se detallan las pautas y requisitos para la correcta concertación y acondicionamiento de estos depósitos.
Pautas Generales para la Concertación de Depósitos
- Plataforma y Horario:
- Las operaciones se deben concertar en la plataforma electrónica SIOPEL, rueda CAM1, entre las 10:00 y las 15:00 horas.
- La liquidación del crédito en la cuenta a la vista (dólares MEP) será realizada por el BCRA el mismo día de la liquidación.
- Responsabilidad y Declaración Jurada:
- Los depósitos se consideran declaraciones juradas, siendo responsabilidad de la entidad presentante su contenido.
- Los depósitos estarán condicionados a la verificación final por parte de la Reserva Federal.
- Condiciones de Aceptación:
- La entidad financiera acepta las condiciones de la operatoria, incluyendo posibles ajustes mediante débitos y créditos en su cuenta corriente, según la verificación de los billetes por parte de la Reserva Federal.
Requisitos para el Acondicionamiento de los Billetes
Preparación de Depósitos de Efectivo
- Condiciones Generales:
- Los billetes deben tener más del 50% de su superficie intacta y ser identificables en términos de denominación y medidas de seguridad.
- Deben estar alineados y sin clips, grapas, fajas elásticas ni exceso de cinta adhesiva.
- Empaque de Billetes:
- Los billetes deben agruparse en cientos (100 billetes de la misma denominación) con una sola faja de papel alrededor.
- Las fajas deben ser blancas, codificadas por colores según la American Bankers Association (ABA), e indicar el monto, la fecha de verificación y las iniciales de las personas que verificaron.
- Preparación de Millares:
- Los millares deben consistir en 1000 billetes (10 cientos), asegurados con bandas elásticas.
- Los billetes dentro del millar deben estar orientados en la misma dirección y sin denominaciones mixtas.
- Bolsas de Depósitos:
- Solo se permiten bolsas de plástico transparente, con un espesor mínimo de 127 micrones, selladas con precintos de seguridad evidentes ante cualquier manipulación no autorizada.
- Cada bolsa debe indicar con tinta indeleble el número ABA del BCRA, el nombre de la Institución y el monto en dólares.
Manejo de Billetes Contaminados
- Los billetes contaminados por exposición a líquidos, sangre, fluidos corporales, productos químicos, o gas lacrimógeno deben ser tratados separadamente.
- Deben ser embolsados dos veces en bolsas de plástico transparentes y resistentes, con la palabra “CONTAMINADO” claramente visible en el exterior.
COMUNICACIÓN “A” 8079 01/08/2024
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular
CAMEX 1-1022:
Recepción de Depósitos de Billetes Dólares Esta-
dounidenses
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución ha implementado la posi-
bilidad de recibir depósitos de billetes dólares estadounidenses por parte de las entidades financie-
ras en este Banco Central, hasta el 31/12/24, según se establece a continuación:
a. La concertación de estas operaciones deberá realizarse conforme a las siguientes pau-
tas:
1. Se concertarán en la plataforma electrónica SIOPEL, rueda CAM1, valor normal
puesto entre las 10:00 y las 15:00 horas.
2. Liquidación: El crédito en la cuenta a la vista (dólares MEP) será realizado por el
BCRA en el día de la liquidación. El depósito de los billetes queda a cargo de las en-
tidades conforme a lo dispuesto en el Anexo.
3. La operatoria no tendrá costo para las entidades financieras.
b. Los depósitos revisten carácter de declaración jurada, siendo responsabilidad de la enti-
dad presentante su contenido, quedando condicionados para su recepción a lo estable-
cido en Anexo y a su verificación final por parte de la Reserva Federal.
c. La concertación del depósito conlleva por parte de la entidad financiera la aceptación de
las condiciones de la operatoria y que su resultado se ajustará a lo que surja de la verifi-
cación y clasificación final de los billetes por parte de la Reserva Federal, procediendo el
Banco Central, de ser necesario, a efectuar los ajustes correspondientes mediante débi-
tos y créditos en la cuenta corriente de la entidad presentante.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Alejandra I. Sanguinetti Esteban Klein
Subgerenta General de Medios de Pago Subgerente General de Operaciones
ANEXO
-1-
Los depósitos en billetes dólares estadounidenses deberán cumplir los requisitos establecidos por
la Reserva Federal para el acondicionamiento de los valores, según la guía de referencia visual de
depósitos, disponible en la siguiente página:
https://www.frbservices.org/resources/financial-services/cash/depositing-ordering/visual-reference-
guide.html
A continuación, se destacan los aspectos relevantes a tener en cuenta en el acondicionamiento de
los depósitos:
1. Preparación de depósitos de efectivo de billetes dólares
El depósito del efectivo debe prepararse para todas las denominaciones (USD 1 a USD 100) en
millares completos.
1.a. Condiciones para todas las denominaciones
• Todos los billetes que componen un depósito deben presentar una superficie superior al 50
por ciento del billete para recibir el crédito, debiendo poder identificarse la denominación y
las medidas de seguridad.
• Los billetes se deben contar por piezas y verificar su autenticidad antes de depositarlos.
• El billete no apto, es aquel que no está en condiciones para continuar circulando debido a
sus características físicas (rasgados, sucios, flojos, gastados o desfigurados), debe incluirse
en los depósitos regulares.
• Los billetes deben estar enderezados y todas las esquinas y bordes deben estar alineados.
2. Preparación de cientos de billetes
• Todos los cientos deben contener 100 billetes de la misma denominación y deben tener una
sola faja alrededor.
• Los billetes dentro del ciento pueden empaquetarse sin importar la dirección o el frente.
• Se deben quitar todos los clips, grapas, fajas elásticas y el exceso de cinta adhesiva de los
billetes (que hacen que los billetes se peguen innecesariamente).
No hacer
• No se permiten que los cientos que contengan subcientos (fajas de goma o clips que subdi-
vidan los billetes dentro del ciento).
• Los billetes identificados como mutilados no serán recepcionados y no deben incluirse en
depósitos con billetes aptos o no aptos.
Son aquellos que han sido dañados en la medida en que quede la mitad o menos del billete,
o su condición es tal que su valor es cuestionable. Ej, Billetes quemados o dañados por lí-
quidos que no pueden manejarse sin comprometer su integridad.
3. Preparación de las fajas para los cientos
• Cada ciento debe estar unido por una sola faja.
• Las fajas deben aplicarse en el centro de cada ciento.
• Las fajas deben fijarse alrededor del ciento sin que el adhesivo de la faja o cinta de seguri-
dad se peguen innecesariamente a los billetes del interior.
• Las fajas deben ser de papel blanco y estar codificadas por colores (a lo largo de los bordes)
para cumplir con los estándares existentes de American Bankers Association (ABA).
• El material de la faja debe tener entre 1,00 y 1,57 pulgadas de ancho con un peso aproxi-
mado de 100 g/m2, siendo de papel y no de materiales sintéticos.
• Las fajas deben indicar el monto de los dólares en el ciento, la fecha de verificación y las ini-
ciales o nombres de las personas que verificaron el ciento.
• La longitud de la faja debe ser tal que envuelva el ciento una vez con una superposición mí-
nima, de modo que no queden solapas sueltas más allá del adhesivo.
• Para la colocación correcta de los sellos bancarios, consultar la sección “Sellos de faja”.
• Las fajas deben ser impresas con bordes en color, según el código de color establecido por
ABA (se aclara que el signo $ se refiere a la divisa dólar):
Denominación Monto del Ciento
(100 billetes)
Monto del Millar
(1000 billetes
/10 cientos)
Color para fajas
$1 No Aplicable $1,000 Azul
$2 No Aplicable $2,000 Verde
$5 No Aplicable $5,000 Rojo
$10 No Aplicable $10,000 Amarillo
$20 No Aplicable $20,000 Violeta
$50 $5,000 $50,000 Marrón
$100 $10,000 $100,000 Mostaza
No hacer
• No utilizar fajas con solapas sueltas.
• No utilizar fajas de papel marrón, es decir, aquellas hechas de papel reciclado, ya que no
dan buena imagen. Las fajas deben estar hechas de papel blanco para garantizar que la in-
formación se capture claramente cuando se tomen las imágenes.
4. Preparación de los sellos para las fajas de los cientos
• Cada faja debe estar estampada en ambas caras con la siguiente información:
Nombre de la Institución: Banco Central de la República Argentina
Número de ruta ABA: 021083093
Número de punto final de cuatro dígitos (número de sucursal) de la oficina depositante: 0001
Número de cuenta corriente de la Entidad Financiera depositante
• Utilice tinta negra u oscura (no roja) en el sello para garantizar imágenes de buena calidad.
• Utilice una fuente tipográfica grande y fácil de leer en su sello.
• Actualice las almohadillas de tinta con frecuencia.
En todas las denominaciones:
El sello bancario en la faja debe colocarse a “ambos lados de la faja”, sin tener en cuenta el re-
trato; sin embargo, las fajas dentro de los cientos deben disponerse de manera que todos los
sellos bancarios miren en la misma dirección.
5. Preparación de los millares
Todos los billetes:
• Todos los bordes de los cientos deben estar alineados verticalmente en una única pila orga-
nizada y orientada en la misma dirección.
• Los cientos deben estar unidos.
• Se deben asegurar los cientos juntos, para formar un millar mediante el uso de fajas elásti-
cas u otro material tensor/sunchos. El material de tensión del “millar”:
o Debe estar lo suficientemente asegurado para permanecer intacto durante el trans-
porte y manipulación: (1) no demasiado apretado como para sobrecargar los billetes
y causar que se doblen o arruguen dentro del millar; o (2) no demasiado flojo cuando
los billetes o cientos se mueven o el material tensor se rompe o se cae del millar;
o Debe asegurarse a través del lado corto en ambos extremos del paquete (y no en
subgrupos de correas dentro del paquete); y
-4-
o Debe permitir una visión clara de la faja del ciento del dinero.
Todas las denominaciones:
• Los cientos que componen el millar deben estar dispuestos de manera que todos los sellos
bancarios miren en la misma dirección.
No hacer
• El millar no debe contener denominaciones mixtas.
• El material de tensión del paquete no debe:
− estar tan apretado que cause daños a los billetes;
− ser colocado alrededor del extremo largo del paquete (es decir, a lo largo); y
− tener cualquier material residual (como una terminación extra) que pueda poner en
peligro la bolsa de envío o los paquetes/correas que la rodean.
6. Bolsas de los depósitos
• Para los depósitos sólo se pueden utilizar bolsas de plástico transparente.
• Las bolsas de plástico deben tener al menos 127 micrones de espesor o el equivalente en
resistencia y durabilidad.
• Las bolsas de depósitos deben estar selladas en forma segura con un precinto de seguridad
o con cinta de seguridad evidente con gráfica oculta, que se revela mostrando la palabra de
” VIOLADO ” ante aplicaciones de solventes, diluyentes, gas freón, nitrógeno líquido, hielo
seco o tracción manual, de modo que cualquier acceso no autorizado sea fácilmente detec-
tado. Las bolsas deben estar libres de agujeros y roturas.
• Para garantizar que su depósito esté correctamente identificado y permanezca seguro, tam-
bién se recomiendan las siguientes prácticas:
o En cada bolsa se debe indicar con tinta indeleble el número ABA del BCRA
(021083093), el nombre de la Institución (BCRA) y el monto en dólares del contenido
de cada bolsa.
o Si utiliza una bolsa de dinero de gran capacidad para un depósito pequeño, asegúre-
se de cerrar bien la bolsa de tal manera que evite que se rompan las bandas de los
cientos o se rompan los paquetes durante el transporte.
No hacer
• Una bolsa completa no debe contener más de 16 millares.
• La etiqueta de la bolsa no debe ser colocada dentro de la misma.
7. Preparación de los billetes dólares contaminados
-5-
El billete contaminado es el que ha sido dañado o expuesto a contaminantes, representa un pe-
ligro para la salud o la seguridad, y no puede ser procesado en condiciones operativas norma-
les.
Las instituciones deben obtener la mayor cantidad de información posible de sus clientes con
respecto al tipo y alcance de la contaminación. Antes de concertar una operación de depósito de
billetes contaminados deberán informar al Banco Central.
Los billetes pueden contaminarse debido a:
• Exposición prolongada al agua u otros líquidos que da lugar a la existencia de moho. (Nota:
La moneda húmeda que no tiene signos de moho no es considerada contaminada y debe
ser secada y depositada bajo el proceso normal de depósitos.)
• Exposición a sangre, orina, heces u otros fluidos corporales, incluida la extracción de cual-
quier cavidad corporal, cadáver o animal.
• Exposición a aguas residuales.
• Exposición a cualquier producto químico, líquido o sustancia extraña que pueda afectar a la
salud o poner en riesgo la seguridad.
• Exposición al gas lacrimógeno usado en los paquetes de entintado.
(Nota: La tinta utilizada en los paquetes de entintado no se considera un contaminante.
Los billetes manchados solamente con tinta deben ser depositados normalmente.)
7.1. Procedimientos para depositar billetes contaminados
• Separarlos de los depósitos normales (aptos y no aptos).
• Si los billetes contaminados son billetes antiguos de dólares estadounidenses o billetes de
alta denominación ($500 y superiores), deben estar embalados por separado.
• Deberán ser preparados por denominación, en cientos (100 billetes) y en millares de 10
cientos.
• Se deben usar bandas elásticas para asegurar múltiples cientos completos y, a diferencia
del procedimiento normal de depósito, deben ser colocadas alrededor de la mitad del millar.
En caso de ser:
• Paquetes de 50 billetes o menos, de una sola denominación deben ser dispuestos en forma
de abanico, permitiendo que más del 50 por ciento de cada billete sea claramente visible a
través del material de embalaje. Se deben abrochar para asegurar su presentación en forma
de abanico, antes de colocarlos en la bolsa.
• Paquetes parciales que contienen entre 51 y 99 billetes de una sola denominación deben ser
sujetos con una faja de papel. La faja debe indicar la cantidad de billetes y el importe en dó-
lares.
-6-
• Los billetes contaminados deben ser embolsados dos veces, y las bolsas deben ser lo sufi-
cientemente grandes para permitir el movimiento de los billetes en el interior de las bolsas
para la inspección visual inicial.
o La bolsa interior debe ser una bolsa de plástico transparente, fuerte, a prueba de
manipulaciones, adquirida por su institución para depositar en la Reserva Federal.
No utilice bolsas de estilo resellable compradas en el almacén, para la bolsa interior.
o La bolsa exterior también debe una bolsa de plástico transparente, fuerte, a prueba
de manipulaciones, adquirida por su institución para depositar en la Reserva Federal.
• La palabra “CONTAMINADO” debe ser escrita con un marcador permanente y letras gran-
des en el exterior de la bolsa exterior. Cualquier impresión exterior sobre las bolsas no debe
inhibir la vista del contenido de la bolsa.
No hacer
• No incluir ningún elemento extraño dentro o entre las bolsas interior y exterior. Los artículos
extraños incluyen clips, documentos de depósitos, etiquetas de las bolsas, elementos que
produzcan el entintado de billetes. Su depósito será devuelto si presenta elementos extra-
ños.
• El doble embolsado no debe inhibir la visión del contenido.
• En caso de que no se cumplan los requisitos de embalaje adecuados, la Reserva Federal se
reserva el derecho de retornar el depósito.
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