Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

El gobierno incrementa asignaciones familiares y establece nuevos parámetros.

El Gobierno Nacional anuncia un incremento del 27,18% en asignaciones familiares, junto con la actualización de límites de ingresos del grupo familiar. Esta medida busca fortalecer el bienestar social y la protección económica de las familias argentinas, reflejando un compromiso continuo con la equidad y la inclusión.

En una medida reciente, el Gobierno Nacional anunció un incremento en los límites y montos de las asignaciones familiares, así como la actualización de los rangos de ingresos del grupo familiar. Este anuncio, contenido en el Boletín Oficial bajo la Resolución de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), representa un ajuste significativo en el marco de las políticas de bienestar social y protección familiar.

La decisión gubernamental, fundamentada en una serie de leyes, decretos y resoluciones, refleja un compromiso continuo con el apoyo a los trabajadores y trabajadoras, así como a las familias en situación de vulnerabilidad. Se hace especial mención a la Ley N° 24.714, que establece un régimen de asignaciones familiares a nivel nacional, y a la Ley N° 27.160, que aborda la movilidad de estas asignaciones y la actualización de los límites de ingresos del grupo familiar.

Entre los principales puntos de la resolución, se destaca un incremento del 27,18% en los límites y montos de las asignaciones familiares, que se aplicará a partir del mes de marzo de 2024. Este aumento se reflejará en los rangos establecidos en los anexos correspondientes, según lo dispuesto en la Resolución ANSES N° [número]. Además, se establecen parámetros específicos para el redondeo de montos que resulten con decimales luego de la aplicación del incremento.

El Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, ha firmado esta resolución con el objetivo de fortalecer el sistema de protección social y garantizar el acceso equitativo a las asignaciones familiares.

Esta medida, que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial y su correspondiente comunicación a las autoridades competentes, representa un paso adelante en el compromiso del Gobierno Nacional con el bienestar y la seguridad económica de las familias argentinas.

Se espera que esta acción tenga un impacto positivo en la calidad de vida de miles de personas en todo el país, consolidando así el camino hacia una sociedad más inclusiva y justa.

 

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y TITULARES DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara,
Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.

Zona 2: Provincia del Chubut.

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TITULARES DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO

 

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TITULARES DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA VETERANOS DE GUERRA DEL ATLANTICO SUR

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

MONTOS PARA TITULARES DE ASIGNACIONES UNIVERSALES PARA PROTECCIÓN SOCIAL

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES MONOTRIBUTISTAS

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TITULARES DEL DECRETO N° 514/21

 

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona
1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara,Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano). en Salta.

Zona 2: Provincia del Chubut.

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

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