Madre despedida por embarazo gana compensación por discriminación laboral
Un caso de derecho del trabajo y maternidad, qué dice la normativa
Una madre ha ganado una indemnización millonaria tras ser despedida debido a su embarazo. Natalia Sánchez (nombres ficticios) estaba preparándose para regresar de su licencia por maternidad cuando la empresa de servicios de construcción, Proyectos decidió despedirla al enterarse de que estaba esperando otro bebé.
Contratada en octubre de 2021, Sánchez había comenzado su trabajo como asistente de administración en la oficina. Describió su relación laboral con el director general de la empresa, Lucas (nombre ficticio), de 49 años, como “muy buena”.
En sus declaraciones al tribunal laboral, dijo que tenían una relación cordial y que Lucas siempre estaba disponible para atender sus consultas.
El inicio de la licencia por maternidad y su retorno frustrado
Poco después de empezar su empleo, Sánchez quedó embarazada, y comenzó su licencia de maternidad en junio de 2022. Al año siguiente, el 17 de febrero de 2023, asistió a una reunión de regreso al trabajo con Lucas.
Según el testimonio presentado en el tribunal, la reunión “comenzó de manera positiva”, ya que Lucas le comunicó que la empresa estaba atravesando un buen momento y que recientemente habían asegurado un contrato importante con el sistema de salud pública. Expresó su entusiasmo por su retorno y acordaron las horas en que trabajaría.
Sin embargo, hacia el final de la reunión, Sánchez informó que estaba nuevamente embarazada, lo que, según el tribunal, causó “sorpresa” en el jefe. Aunque Ferrero afirmó haberla felicitado, Sánchez negó haber recibido dicha felicitación.
Las irregularidades que llevaron al despido
Cuando la licencia por maternidad de Sánchez llegó a su fin el 26 de marzo de 2023, no recibió ninguna comunicación de Proyectos de Primera Línea para confirmar su retorno. Sánchez esperaba regresar a su puesto el 3 de abril, pero no obtuvo respuesta, a pesar de enviar mensajes a Ferrero para pedir aclaraciones. Finalmente, Lucas le respondió: “Es mejor que lo dejemos hasta que tengas tu rutina en orden”.
El 4 de abril, Sánchez consultó sobre sus vacaciones para el resto del año, pero Ferrero no dio una respuesta clara, lo que fue inusual, según declaró en el tribunal. Después de varios mensajes de seguimiento, el 18 de abril, Lucas la llamó para informarle que estaba siendo despedida debido a “dificultades financieras” y a retrasos en algunos pagos a la empresa.
Posteriormente, también alegó que estaban instalando un nuevo software que haría que su puesto ya no fuera necesario. Sin embargo, estos argumentos no fueron respaldados con pruebas en el tribunal.
Contradicciones y evidencias en el tribunal
El tribunal encontró numerosas contradicciones en las afirmaciones de Lucas. En el momento de la reunión, Sánchez tenía ocho semanas de embarazo, y el juez de derecho laboral destacó que, durante la reunión, Ferrero no mencionó problemas financieros ni la supuesta instalación de nuevo software.
Además, se observó que, desde el despido de Sánchez, la empresa había rebrandeado su imagen, contratado nuevo personal y adquirido vehículos, lo que desmentía las afirmaciones de dificultades económicas.
Durante el juicio, el juez criticó a la empresa por no presentar ninguna evidencia que respaldara los motivos alegados para el despido. Tampoco se le entregó a Sánchez una declaración por escrito explicando las razones de su despido.
La sentencia: discriminación por embarazo
El juez concluyó que Sánchez fue despedida debido a su embarazo. Consideró clave el “cambio de actitud” de Lucas tras conocer la noticia del embarazo y la drástica reducción en la frecuencia de sus respuestas a los mensajes. Además, destacó la “falta total de una explicación coherente basada en evidencias” por parte de la empresa.
El tribunal dictaminó que el despido fue injusto y discriminatorio, lo que le generó a Sánchez “una gran ansiedad y angustia” al perder su estabilidad financiera mientras enfrentaba las responsabilidades familiares.
En consecuencia, el tribunal ordenó a Proyectos de Primera Línea y a Lucas pagar una compensación total de £28,706 a Sánchez.
¿Qué dice la ley en Argentina sobre los despidos por embarazo?
En Argentina, la ley protege de manera muy estricta a las trabajadoras embarazadas. Según el Artículo 178 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), ninguna mujer puede ser despedida desde el momento en que notifica su embarazo al empleador hasta siete meses después de la fecha de parto.
Este período se conoce como estabilidad especial por maternidad. Cualquier despido durante este lapso se presume como discriminatorio, a menos que el empleador pueda demostrar una causa justificada que no esté relacionada con el embarazo.
Si se demuestra que el despido fue por causa del embarazo, la trabajadora no solo tiene derecho a la indemnización por despido, sino también a una indemnización especial equivalente a un año de remuneración (equivalente a 13 salarios).
Esta protección es reforzada por el Artículo 179 de la misma ley, que exige a las empresas garantizar condiciones de trabajo seguras para las trabajadoras embarazadas y que respeten sus derechos durante la maternidad.
Además hay normativa que protege a las mujeres contra la violencia de género, y es un derecho estar en un entorno libre de discriminación. Por ley, el caso debe ser analizado con perspectiva de género. De hecho, en un caso, se entendió.
“Corresponde confirmar la sentencia que obliga a una empresa abonar la indemnización prevista en el artículo 182 de la ley de contrato de trabajo por despedir a una empleada sin existir otra causa aparente más que la discriminación por maternidad, toda vez que si bien el despido se materializó fuera del plazo de sospecha de siete meses y medio posteriores al nacimiento del niño, cumplido ese tiempo se efectivizó la desvinculación sin probar la existencia de otras razones, pues la demandada sólo fundamenta la decisión en una reorganización del orden funcional que no logra demostrar, mientras que la actora cumple con la carga de acercar indicios suficientes que evidencian que el motivo de su despido fue el embarazo y lo hizo a través de dos pruebas, la cercanía del despido con la fecha de terminación del período de sospecha y el testimonio de una persona que pudo aseverar que la disolución se debió al embarazo, sin probarse absurdidad en su valoración.”
Despido por maternidad
SUMARIO DE FALLO
21 de Junio de 2023
Id SAIJ: SUY0022536
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