Prestación por violencia de género, PROGRAMA ACOMPAÑAR
El Decreto 734/2020 establece la creación del "Programa de Apoyo y Acompañamiento a Personas en Situación de Riesgo por Violencia por Motivos de Género" (ACOMPAÑAR) en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de Argentina
Este programa tiene como objetivo promover la autonomía de mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo por situaciones de violencia de género, brindándoles una prestación económica y fortaleciendo las redes de apoyo.
Creación del Programa ACOMPAÑAR: Dirigido a personas en situación de violencia por motivos de género, el programa ofrece una ayuda económica para apoyar su independencia y desarrollo de un proyecto de vida libre de violencia.
Requisitos de acceso: Para acceder a la prestación, se requiere un informe social que acredite la situación de riesgo. Está destinado a personas mayores de 18 años, residentes en Argentina, que cumplan con ciertos criterios de vulnerabilidad.
Prestación económica: Consiste en un pago equivalente a un salario mínimo vital y móvil durante seis meses consecutivos. Es compatible con algunas asignaciones sociales, pero incompatible con ingresos provenientes de trabajos registrados, jubilaciones, pensiones, y otras prestaciones similares.
La prestación económica consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de UN (1) salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante TRES (3) períodos mensuales consecutivos, a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género, de conformidad con lo que se establece en el presente.
Ahora se modificó que para acceder a la prestación del PROGRAMA “ACOMPAÑAR” se requerirá acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Asimismo, se requerirá acreditar la realización de la denuncia judicial o policial de violencia por motivos de género. Podrá requerir la prestación toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia permanente en la REPÚBLICA ARGENTINA, a partir de los DIECIOCHO (18) años de edad.
Acompañamiento y seguimiento: Durante el período en que se recibe la prestación, las Unidades de Acompañamiento, en colaboración con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, brindarán apoyo psicosocial para fortalecer la autonomía de las personas beneficiarias.
Administración y pago: La ANSES es la encargada de realizar los pagos correspondientes, mientras que el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad se ocupa de la implementación y supervisión del programa.
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