Quien cause un choque en Mendoza deberá pagar los costos de atención médica
Una nueva ley de esa provincia andina así lo dispone, como parte de la responsabilidad civil de la persona que produzca un hecho vial, un accidente como se le dice
¿Qué Dice la nueva Ley mendocina? La Ley 9.555 de la provincia de Mendoza faculta al Ministerio de Salud y Deportes a cobrar o recuperar los costos de las prestaciones de salud brindadas en el Sistema de Salud Público a conductores que, incumpliendo ciertos artículos de la Ley Nº 9024, hayan participado o causado un accidente de tránsito.
Específicamente, se refiere a las infracciones de los incisos 7 y 8 del artículo 52 de dicha ley, las cuales suelen estar relacionadas con la conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, o sin la debida documentación.
Procedimientos y Condiciones
El artículo 2 de la ley indica que el Poder Ejecutivo es el encargado de reglamentar los procedimientos y condiciones para implementar esta disposición. Esto implica que se deberán establecer normas claras sobre cómo se efectuará el cobro o recupero de los gastos de salud, asegurando transparencia y eficiencia en el proceso.
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