Reducción progresiva y pago anticipado con estabilidad fiscal: las modificaciones en Bienes Personales
El impuesto patrimonial fue revisado para disminuir la carga tributaria, aumentando el umbral exento y el monto de la casa-habitación.
El Impuesto sobre los Bienes Personales experimentó cambios significativos, incluyendo una reducción gradual de las alícuotas hasta 2026 y un aumento en el mínimo no imponible. Además, se implementó un régimen de pago anticipado con importantes beneficios.
Específicamente, el umbral del gravamen se fijó en $100 millones, mientras que los inmuebles destinados a casa-habitación que no superen los $350 millones también estarán exentos de la base imponible.
De este modo, todo lo que supere el mínimo no imponible estará sujeto a las nuevas alícuotas, que se reducirán anualmente según el siguiente esquema:
Por último, la reciente Ley establece que, a partir del período fiscal 2027, la alícuota será del 0,25% para todos los activos o bienes que superen el mínimo no imponible.
Cumplir tiene beneficios
La Ley también ofrece un incentivo para los contribuyentes cumplidores. Estos recibirán una reducción en sus alícuotas en los próximos períodos fiscales si cumplieron con todas sus obligaciones entre los períodos fiscales 2020 y 2022, es decir, si presentaron y pagaron las declaraciones juradas de Bienes Personales antes del 31 de diciembre de 2023 y no participan en el blanqueo establecido por el paquete fiscal.
Una alternativa muy tentadora
Una de las novedades del nuevo marco normativo es el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), que es un mecanismo de pago adelantado con atractivos beneficios.
El sistema es voluntario, y los interesados pueden optar por adherirse hasta el 31 de julio de 2024, aunque el Poder Ejecutivo puede extender el plazo hasta el 30 de septiembre.
¿Quiénes pueden participar?
Pueden anotarse al REIBP las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales argentinos, así como las personas humanas que no son residentes fiscales actuales pero lo fueron anteriormente. También pueden adherirse aquellos que decidan blanquear activos o bienes a través del nuevo régimen de exteriorización creado por el paquete de medidas fiscales.
Los contribuyentes que opten por el pago adelantado del impuesto tributarán por los períodos fiscales comprendidos entre 2023 y 2027 (ambos inclusive), mientras que aquellos que blanqueen lo harán por los períodos 2024-2027 de manera unificada.
Para determinar la base imponible, los contribuyentes deben calcular el total de bienes (gravados y exentos), restar los exentos, el mínimo no imponible y la casa-habitación (si corresponde).
Es importante aclarar que la valuación de cada activo se realizará según lo determinado actualmente por Bienes Personales. Ese importe deberá ser multiplicado por 5 y luego por la alícuota del 0,45% para determinar el valor del impuesto especial.
Aquellos que blanqueen y deseen adherirse al REIBP deberán determinar la base de acuerdo con los criterios establecidos en el régimen de exteriorización, multiplicar ese importe por 4 y luego por 0,50% para calcular el impuesto.
¿Qué beneficios tiene?
Los que adhieran estarán exentos de todas las obligaciones relacionadas con Bienes Personales en los períodos mencionados, incluyendo la presentación de declaraciones juradas, el cálculo de la base imponible, pagos a cuenta y anticipos.
También estarán exentos del pago de cualquier otro tributo nacional aplicable sobre el patrimonio que pueda crearse durante ese período, sin importar su denominación.
Además, los contribuyentes que adhieran gozarán de estabilidad fiscal hasta el año 2038 en relación con Bienes Personales y cualquier otro tributo nacional creado para gravar el patrimonio. Para ellos, la alícuota máxima será del 0,25% entre los períodos 2028 y 2038.
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