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Jubilación ordinaria, tutorial para pedirla, requisitos 2026 ANSES

Jubilaciones, consejos prácticos

El acceso a la Prestación Básica Universal (PBU), y sus componentes conexos (PC y PAP), sigue regido por dos variables innegociables: la edad biológica y los servicios con aportes. Sin embargo, la interpretación de estos requisitos en 2026 presenta matices que el futuro jubilado debe dominar.

Hoja de Ruta para el Futuro Jubilado

La jubilación en Argentina ha dejado de ser un trámite burocrático para convertirse en una gestión de activos compleja. La desaparición de las moratorias y la volatilidad de los índices económicos exigen una planificación rigurosa.

Los 5 Mandamientos del Jubilado 2026:

  1. Auditar la Historia Laboral: Revisar “Mi ANSES” 5 años antes de la edad de retiro. Cada mes sin aportes registrados debe ser subsanado o compensado.

  2. Maximizar los Últimos 10 Años: Evitar la sub-declaración de ingresos o el paso a categorías bajas de Monotributo en la recta final. El promedio de las últimas 120 remuneraciones define la calidad del haber.

  3. Utilizar las Herramientas de Género: Las mujeres deben preparar las partidas de nacimiento de todos sus hijos para aprovechar el Decreto 475/2021.

  4. No Temer al Juicio: Si el cálculo inicial es deficiente o se aplicaron índices inconstitucionales (Ley 27.609), el reclamo judicial es una herramienta legítima de recuperación patrimonial.

  5. Evitar la PUAM si es posible: Agotar todas las instancias (exceso de edad, monotributo social) para lograr la Jubilación Ordinaria, garantizando así la pensión por viudez para el cónyuge.

1.1. El Requisito de Edad y la “Opción de Permanencia”

La normativa argentina mantiene, en principio, la diferenciación etaria por género, un punto que ha sido objeto de debate pero que permanece vigente en la letra de la ley.

  • Hombres: Deben acreditar 65 años de edad cumplidos.

  • Mujeres: La edad mínima es de 60 años, pero poseen una facultad potestativa fundamental: la opción de continuar en actividad hasta los 65 años sin necesidad de autorización del empleador.

La Estrategia de la Permanencia (Art. 252 LCT): Es vital comprender que la edad jubilatoria no implica una obligación automática de retiro. La Ley de Contrato de Trabajo, modificada en su momento, establece que el empleador solo puede intimar al trabajador a iniciar los trámites jubilatorios una vez que este cumpla 70 años de edad y reúna los requisitos de aportes. Esta ventana de tiempo (de los 60/65 a los 70 años) es lo que en la jerga previsional denominamos “zona de acumulación estratégica”.

Permanecer en actividad durante estos años adicionales tiene un doble efecto positivo en el haber futuro:

  1. Mejora del Promedio Salarial: Permite sustituir remuneraciones antiguas y depreciadas por sueldos actuales, generalmente más altos en términos nominales y ajustados por paritarias recientes, lo que impacta directamente en el cálculo de la PC y la PAP.

  2. Incremento de la PBU: Por cada año de servicios que exceda los 30 años exigidos (hasta un tope de 45 años), el haber de la Prestación Básica Universal se incrementa en un 1%. Un trabajador que se retira con 40 años de aportes cobrará una PBU un 10% superior a la base.

1.2. Los 30 Años de Servicios: El “Muro” de la Contributividad

El sistema exige 30 años de servicios con aportes computables. En el pasado, la falta de estos años se solucionaba comprando deuda barata a través de moratorias. Hoy, con la Ley 27.705 vencida, el requisito es mucho más rígido.

Tipos de Servicios Computables:

  • Relación de Dependencia: Servicios prestados bajo contrato laboral registrado. Es crucial verificar que el empleador haya realizado no solo las retenciones (aportes), sino también las contribuciones patronales.

  • Autónomos y Monotributo: Servicios independientes. Aquí rige el principio de “pago efectivo”. A diferencia de la dependencia, donde el trabajador no es responsable si el empleador no paga (siempre que tenga los recibos), en el trabajo independiente si no está el pago registrado en el SICAM (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas), el año no cuenta.

  • Regímenes Diferenciales: Trabajadores de la construcción, docentes, taxistas, o personal de salud en zonas insalubres pueden acceder con requisitos menores (ej. 55 o 57 años de edad y 25 de aportes), debido al “agotamiento prematuro” de su fuerza laboral. Es fundamental tener la certificación de servicios con el código de actividad correcto (ej. Código 01 para insalubres).

Capítulo II: Ingeniería del Haber (Cómo se Calcula para “Cobrar Mejor”)

Para entender cómo maximizar la jubilación, hay que deconstruir la fórmula de cálculo. El haber no es un porcentaje directo del último sueldo (como el famoso “82% móvil” que hoy solo aplica al salario mínimo en condiciones específicas), sino una suma de tres sub-prestaciones técnicas.

2.1. Prestación Básica Universal (PBU)

Es la base solidaria del sistema. Es un monto fijo, igual para todos, independientemente de lo que ganaban, salvo por el incremento del 1% por cada año extra de aportes mencionado anteriormente. Su objetivo es redistributivo.

2.2. Prestación Compensatoria (PC)

Este componente reconoce la historia laboral anterior al 30 de junio de 1994 (fecha de corte del antiguo sistema).

  • Fórmula: 1,5% x (Años de aportes anteriores a 1994) x (Promedio de remuneraciones).

  • Impacto: Para quienes tienen una larga trayectoria antigua, este ítem es vital. Sin embargo, a medida que pasa el tiempo, menos nuevos jubilados tienen aportes significativos antes de 1994, perdiendo peso este componente.

2.3. Prestación Adicional por Permanencia (PAP)

Este es el componente más importante para el jubilado de 2026. Reconoce los aportes posteriores al 1 de julio de 1994.

  • Fórmula: 1,5% x (Años de aportes posteriores a 1994) x (Promedio de remuneraciones).

  • Análisis: Si una persona tiene 30 años de aportes puramente posteriores a 1994, su PAP será el 45% (1,5 x 30) de su promedio salarial.

2.4. La Clave Maestra: El Promedio de las Últimas 120 Remuneraciones

Aquí reside el secreto para “cobrar mejor”. Tanto la PC como la PAP se calculan sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones brutas (10 años) sujetas a aportes.

Consejo de Experto: Muchos trabajadores cometen el error de “descansar” o reducir su carga laboral en los últimos años, aceptando trabajos peor remunerados o pasando a un Monotributo de categoría baja. Esto es un suicidio previsional. Bajar el sueldo en los últimos 10 años diluye el promedio general, impactando negativamente en el haber de por vida. La estrategia debe ser inversa: buscar la máxima remuneración posible (dentro de los topes imponibles) en la década final de la carrera laboral.

Tabla 1: Estructura del Haber Jubilatorio Ordinario

Componente Base de Cálculo Factor Multiplicador Observación Estratégica
PBU Monto Fijo Legal +1% por año extra > 30 años Maximizar años de servicio eleva este piso.
PC Promedio últimos 120 meses 1,5% por año pre-1994 Relevante para carreras iniciadas antes de los 90.
PAP Promedio últimos 120 meses 1,5% por año post-1994 El componente de mayor peso actual.
Total Suma de PBU + PC + PAP N/A El resultado no puede ser inferior a la Mínima.

Capítulo III: La Nueva Actualización y la Disposición 29/2025

Una de las novedades técnicas más relevantes para quienes se jubilan a partir de finales de 2025 es la modificación en los índices de actualización de las remuneraciones históricas, introducida por la Disposición 29/2025 de la Subsecretaría de Seguridad Social.

3.1. El Problema de la Inflación Histórica

Para calcular el promedio de los últimos 120 meses, ANSES debe “traer al presente” los sueldos de hace 10 años. Si un sueldo de 2016 fue de $15.000, no puede promediarse nominalmente con uno de 2026 de $1.500.000. Debe actualizarse por inflación. Históricamente, los índices usados por ANSES eran deficientes, licuando el valor real de esos sueldos viejos.

3.2. El Índice Combinado RIPTE + IPC

La nueva disposición establece un mecanismo más robusto para actualizar estas remuneraciones históricas:

  • RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables): Se utiliza para capturar la variación salarial real.

  • IPC (Índice de Precios al Consumidor): Se utiliza para ajustar por el costo de vida, siguiendo la lógica del Decreto 274/2024 de movilidad.

Impacto Práctico: Esta fórmula combinada busca que el haber inicial refleje con mayor fidelidad la capacidad de compra que tenía el trabajador en actividad. Aunque no es perfecta, representa una mejora respecto a índices anteriores que ignoraban picos inflacionarios. Para el jubilado de 2026, esto debería traducirse en un haber inicial (haber de alta) técnicamente superior al que se hubiera obtenido con fórmulas de años previos.


Capítulo IV: El Fin de la Moratoria y Estrategias de “Plan B”

El 23 de marzo de 2025 marcó un hito dramático: el vencimiento de la Ley 27.705, conocida como el “Plan de Pago de Deuda Previsional”. Esta ley permitía a personas sin aportes regularizar su situación pagando cuotas descontadas del propio haber. Su fin deja un vacío legal para quienes no alcanzan los 30 años. ¿Qué opciones quedan en 2026?

4.1. La Compensación por Exceso de Edad (Art. 19 Ley 24.241)

Es la herramienta más potente vigente. Permite compensar la falta de servicios con años de edad sobrantes.

  • Regla: 2 años de edad excedente = 1 año de servicio computado.

  • Aplicación: Si un hombre se jubila a los 67 años (2 años más tarde de los 65), puede jubilarse con 29 años de aportes en lugar de 30. Si se jubila a los 69, necesita solo 28.

  • Límite: Solo se pueden compensar años de servicios, no se pueden “inventar” aportes si la densidad es extremadamente baja, pero sirve para cerrar brechas pequeñas.

4.2. Regularización vía Monotributo (Activos)

Para quienes aún no tienen la edad pero proyectan que les faltarán años, la única vía legal hoy es inscribirse en el Monotributo (o Monotributo Social, si califica por ingresos).

  • Estrategia: Pagar mensualmente el componente previsional del Monotributo genera meses de aporte genuino.

  • Unidad de Cancelación (UCAP): Aunque la moratoria para jubilados venció, el Capítulo III de la Ley 27.705 (Unidad de Cancelación de Aportes para trabajadores en actividad) tuvo un diseño distinto pensado para adelantar pagos hasta 10 años antes de la edad jubilatoria. Sin embargo, su operatividad plena depende de la reglamentación vigente en 2026 y la voluntad política de mantener abierta esta ventanilla para activos. Atención: Es fundamental consultar en ANSES la vigencia específica de la compra de UCAPs para trabajadores activos en el año en curso, ya que el escenario normativo es dinámico.

4.3. La PUAM: La Red de Contención (y sus trampas)

Si no se llega a los 30 años ni compensando con edad, la opción residual es la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

  • Requisito: 65 años de edad (hombres y mujeres).

  • Monto: 80% de la jubilación mínima.

  • Diferencia Crítica – Pensión de Viudez: A diferencia de la jubilación ordinaria, la PUAM no genera derecho a pensión por fallecimiento. Si el titular de la PUAM muere, su cónyuge no cobra nada derivado de este beneficio. Esto convierte a la PUAM en un beneficio personalísimo y precario en términos de protección familiar.

Capítulo V: Estrategias de Género: Tareas de Cuidado (Decreto 475/2021)

A pesar del endurecimiento del sistema, el reconocimiento de aportes por Tareas de Cuidado sigue vigente en 2026 y es la herramienta principal para que las mujeres alcancen los 30 años de servicio.

5.1. Tabla de Cómputo por Hijos

El sistema permite sumar años de servicio “fictos” basados en la maternidad y la crianza:

Tabla 2: Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado

Situación del Hijo Años de Aporte Reconocidos Requisitos Adicionales
Hijo Biológico 1 año por hijo

Partida de nacimiento.

Hijo Adoptivo 2 años por hijo

Sentencia de adopción (siendo menor).

Hijo con Discapacidad +1 año adicional

Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Percepción de AUH +2 años adicionales

Haber cobrado AUH por al menos 12 meses.

5.2. Licencia por Maternidad y Excedencia

Además de los años por hijo, el decreto permite computar como tiempo de servicio el período de licencia por maternidad (90 días) y el período de excedencia (si se tomó sin goce de sueldo), siempre que la mujer haya estado trabajando registrada al momento del nacimiento.

Consejo Práctico: Al iniciar el trámite en ANSES, es obligatorio presentar las partidas de nacimiento originales de todos los hijos, incluso aquellos que ya son mayores de edad, para que el sistema realice el cómputo automático. Muchas mujeres olvidan llevar las partidas de hijos fallecidos o mayores, perdiendo años valiosos de cómputo.

Capítulo VI: Litigiosidad y Reajustes: El Frente Judicial

En Argentina, jubilarse suele ser solo el primer paso. El segundo, lamentablemente frecuente, es demandar al Estado para corregir el cálculo del haber. En 2026, la litigiosidad se centra en la inconstitucionalidad de las normas de movilidad previas.

6.1. El Fallo “Cámara Federal de Mar del Plata”

Durante 2025, la Cámara Federal de Mar del Plata, en sintonía con otros tribunales federales, emitió sentencias contundentes declarando la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 (la fórmula de movilidad del gobierno de Alberto Fernández vigente entre 2021 y 2024). El tribunal consideró que dicha fórmula fue confiscatoria, provocando una pérdida del poder adquisitivo superior al 50% en comparación con la inflación.

6.2. ¿Cuándo conviene hacer juicio?

El juicio de reajuste (caso “Badaro”, “Elliff” y ahora los nuevos precedentes contra la Ley 27.609) conviene cuando:

  1. Haber Inicial Bajo: ANSES calculó el haber inicial actualizando los sueldos históricos con índices inferiores al IPC o RIPTE real.

  2. Movilidad Insuficiente: La jubilación perdió más de un 15-20% de poder de compra frente a la inflación en los últimos años (criterio de confiscatoriedad de la Corte Suprema).

  3. Topes: El jubilado cobra el haber máximo, pero este tope es inferior a lo que le correspondería por su historia de aportes (confiscación por tope de la PBU).

Procedimiento: Se debe agotar la vía administrativa en ANSES (reclamo que será rechazado) y luego iniciar la demanda judicial. Los retroactivos pueden ser significativos, aunque el cobro efectivo suele demorar años.

Capítulo VII: Guía Operativa y Trámites 2026

La gestión ante ANSES se ha modernizado. Conocer los canales es vital para no perder tiempo.

7.1. “Fe de Vida”: El Mito y la Realidad

Es crucial aclarar la confusión reinante.

  • Residentes en Argentina: Gracias a la Ley 27.721, la “Fe de Vida” o supervivencia está eliminada para todos los jubilados y pensionados que residen en el país y cobran en bancos locales. Los bancos no pueden exigirla.

  • Residentes en el Exterior: Para quienes viven fuera de Argentina, la exigencia se mantiene. Deben acreditar supervivencia trimestral o semestralmente (según el banco) mediante el consulado o, más modernamente, a través de aplicaciones de reconocimiento facial homologadas como VIVESS (en el caso de convenios con España y otros países).

7.2. Atención Virtual vs. Presencial

  • Atención Virtual (Mi ANSES): Permite iniciar trámites como:

    • Reconocimiento de Servicios.

    • Acreditación de datos personales (ADP).

    • Reclamo de haberes impagos.

    • Cambio de banco o lugar de cobro.

  • Turno Presencial: Sigue siendo obligatorio para el inicio formal del expediente jubilatorio definitivo en la mayoría de los casos, especialmente cuando hay documentación física compleja (certificaciones de servicios de los años 80/90, pruebas de tareas insalubres, etc.).

Documentación Clave para el Inicio:

  1. DNI Original.

  2. Certificaciones de Servicios (Formulario PS 6.2) de todos los empleadores.

  3. Reconocimiento de Servicios (si se tramitó previamente).

  4. Partidas de nacimiento de hijos (mujeres, para tareas de cuidado).

Capítulo VIII: Panorama Financiero Febrero 2026

Para cerrar la ecuación, es necesario conocer los números concretos que maneja el sistema en el arranque de 2026. Estos valores determinan el piso y el techo de las expectativas.

Tabla 3: Escala de Haberes Previsionales (Febrero 2026)

Concepto Monto (AR$) Detalle
Jubilación Mínima $359.254,35

Base bruta sin bonos.

Bono Extraordinario $70.000,00

Refuerzo discrecional (sujeto a renovación mensual).

Total de Bolsillo (Mínima) $429.254,35

Suma final percibida en mano.

PUAM (80%) $287.403,48

80% de la mínima + Bono proporcional (si aplica).

Jubilación Máxima $2.417.441,63

Tope máximo de haber mensual.

AUH $129.082,71

Valor de referencia para asignaciones familiares.

Nota: Los valores se actualizan mensualmente por IPC según la última inflación disponible (dos meses atrás), por lo que estas cifras son el punto de partida para marzo y meses subsiguientes.

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