Póliza de $23 millones, condena de $61 millones: un juez ordenó aplicar el tope vigente al pagar
Una familia chocada de atrás en 2023 ganó $61,3 millones. La póliza decía $23 millones, pero el Juzgado Civil 63 ordenó aplicar el tope aprobado por la Superintendencia que rija al pagar.
Una póliza firmada en 2022 por $23 millones. Una condena de 2026 por $61,3 millones, sin contar intereses. ¿Quién pone la diferencia? El Juzgado Nacional en lo Civil 63, a cargo de Pablo Torterolo, respondió algo que le importa a cualquiera que tenga un auto: el límite de cobertura del seguro no puede quedar congelado mientras la inflación se lo come.
El caso es «Cardozo c/ De Jesús Constructora SRL», y la sentencia es del 26 de octubre de 2026.
El choque
El 3 de abril de 2023, a las 6 de la mañana, un Renault 12 con cuatro personas estaba detenido en el semáforo de la Colectora de Ruta 3 y Atalco, en González Catán. Una Renault Kangoo de una constructora lo chocó de atrás.
La empresa y su aseguradora, San Cristóbal, plantearon otra versión: que el auto se les cruzó, que frenó de golpe y que el conductor iba solo. No les fue bien:
- La propia denuncia al seguro los contradijo. Ahí la empresa había escrito que «los frenos no respondieron» y que chocó al auto de adelante.
- El hospital confirmó a los cuatro. El Hospital Vélez Sarsfield informó que atendió a todos ese mismo día.
El juez aplicó la responsabilidad objetiva: quien es dueño de la cosa riesgosa responde, salvo que pruebe una causa ajena. No la probó.
Cuánto
Los cuatro habían reclamado $21.222.000, «o lo que en más o en menos» resultara de la prueba. La sentencia fijó bastante más, en un juicio que tardó tres años.
| Rubro | Monto total (cuatro personas) |
|---|---|
| Incapacidad | $41.500.000 |
| Daño moral ($4.500.000 por persona) | $18.000.000 |
| Tratamiento psicológico (una persona) | $1.440.000 |
| Gastos médicos y traslados ($90.000 por persona) | $360.000 |
| Total de capital | $61.300.000 |
A eso se suman intereses a la tasa activa del Banco Nación desde el día del choque. Los daños del auto se rechazaron: los actores desistieron de la pericia mecánica, que era la prueba que hacía falta.
El problema del tope
La aseguradora opuso el límite de la póliza: $23 millones. Y tenía un argumento fuerte. La Corte Suprema dijo en los casos «Flores» y «Aimar» que la obligación del asegurador nace del contrato y no puede ir más allá de lo pactado. El juez lo reconoció expresamente, pero explicó por qué eso no cierra la discusión:
- La demora no la pueden pagar otros. La aseguradora discutió la responsabilidad sin bases sólidas ni pruebas, y así demoró la liquidación. Esa conducta le hizo perder valor a la póliza, y el costo no puede caer sobre las víctimas ni sobre el asegurado.
- La propia autoridad actualizó los topes. La Superintendencia de Seguros de la Nación fue subiendo esos límites. Con la Resolución 505/2023, de octubre de 2023, ya estaban en $80 millones, antes de que se presentara la demanda.
- Una suma fija contra una deuda que sigue creciendo. La indemnización es una deuda de valor. Si el tope queda clavado en pesos viejos, cuanto más se estira el juicio, más desprotegido queda el asegurado, y el seguro se vuelve «irrisorio y meramente nominal».
La decisión: la condena se extiende a la aseguradora hasta el límite aprobado por la Superintendencia para el seguro voluntario de responsabilidad civil vigente al momento del pago, más los intereses.
Lo que deja el caso
- Para las víctimas: el número de la póliza no es necesariamente el techo real de lo que se puede cobrar.
- Para quien tiene seguro: esto también te protege. Si la condena supera la cobertura, el saldo sale de tu bolsillo.
- Para las aseguradoras: litigar sin pruebas para ganar tiempo puede salir más caro.
No es una idea aislada: el juez citó fallos de las Salas M, I y D de la Cámara Civil en la misma línea. Pero es una sentencia de primera instancia y, frente a «Flores» y «Aimar», el tema sigue en discusión.
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