Microchip obligatorio para caballos: qué cambia con la nueva norma del SENASA
Desde el 1 de marzo de 2027 todos los caballos, yeguas, mulas y burros del país deberán tener un microchip, y la libreta sanitaria de papel tiene fecha de vencimiento. Qué dice la Resolución 831/2026 del SENASA, a quién alcanza y qué pasa si no se cumple.
Desde el 1 de marzo de 2027 todos los caballos, yeguas, mulas y burros del país deberán tener un microchip. Y la libreta sanitaria de papel tiene fecha de vencimiento. Qué dice la Resolución 831/2026 del SENASA, a quién alcanza y qué pasa si no se cumple.
Si tenés un caballo —uno solo, en el campo, en un club de polo, en el hipódromo o en un centro de equinoterapia—, esta nota te interesa. El SENASA publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución 831/2026, que establece un sistema obligatorio de identificación electrónica para todos los équidos de la Argentina y reemplaza, de acá a 2028, la clásica Libreta Sanitaria Equina de papel por una versión digital.
La norma ya está vigente, aunque las obligaciones más fuertes arrancan escalonadas entre fines de 2026 y principios de 2028.
Por qué ahora: la epidemia que cambió las reglas
La resolución lo dice sin vueltas: el país atravesó una epidemia de encefalomielitis equina. Ese brote, que arrancó a fines de 2023 y obligó a restablecer la vacunación obligatoria, dejó en evidencia un problema de fondo: el Estado no sabe con precisión cuántos caballos hay, dónde están ni cómo se mueven. Con una libreta de papel que se llena a mano y que se pierde, se moja o se adultera, es imposible rastrear un animal cuando aparece un foco de enfermedad.
La solución que eligió el SENASA es la misma que ya rige para perros y gatos en varias jurisdicciones y para el ganado bovino en la exportación: un chip bajo la piel que identifica al animal de manera única y permanente, cruzado con una base de datos oficial.
A quién alcanza
A todos. El texto habla de “personas humanas o jurídicas propietarias, poseedoras o tenedoras de équidos, independientemente de la cantidad y del título por el cual los ostenten”. Traducido: no importa si tenés un haras con doscientos pura sangre o un caballo criollo que heredaste de tu abuelo, ni si sos dueño, lo cuidás para otro o lo tenés prestado. La norma te llama “productor” y te hace responsable.
El microchip: cuándo, dónde y cómo se registra
La identificación es obligatoria a partir del 1 de marzo de 2027. Pero ojo: no es que ese día hay que salir corriendo a chipear a todos los animales. La obligación se activa cuando ocurre alguna de estas situaciones, la que pase primero:
- cuando se le toma una muestra para un análisis obligatorio vinculado a un traslado (por ejemplo, el test de anemia infecciosa equina);
- cuando se da de alta la libreta sanitaria o el pasaporte equino;
- cuando recibe un tratamiento con medicamentos veterinarios;
- cuando va a salir o entrar del país;
- cuando se lo traslada a la Zona Libre de anemia infecciosa equina.
En la práctica, cualquier caballo que se mueva, se vacune o se medique va a terminar con chip bastante pronto.
El dispositivo es un transpondedor inyectable que debe cumplir las especificaciones técnicas del SENASA y se coloca en un lugar preciso: el tercio medio del lado izquierdo del cuello, un palmo (ocho centímetros) por debajo de la crin. Una vez implantado, el número de chip tiene que quedar registrado en el sistema del SENASA por alguna de tres vías: una aplicación homologada, autogestión con clave fiscal, o en persona en la oficina del SENASA que corresponda al establecimiento.
Un dato útil: si tu caballo ya tiene un chip ISO colocado antes de diciembre de 2019 —algo común en animales de deporte o exportación—, no hace falta poner otro. Ese chip vale, siempre que lo asocies a la documentación oficial y lo cargues en el sistema.
Chau libreta de papel: el cronograma
La resolución aprueba la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) como documento oficial en todo el país y establece un calendario de transición:
- 31 de diciembre de 2026: último día en que se pueden imprimir libretas nuevas en papel.
- 31 de diciembre de 2027: las libretas de papel ya emitidas dejan de tener validez.
- 1 de enero de 2028: solo sirven la libreta digital o el pasaporte equino digitalizado. Toda libreta de papel caduca automáticamente.
Los pasaportes equinos (los que usan, por ejemplo, los caballos de polo o de salto que compiten afuera) siguen valiendo en papel, pero desde 2028 deben estar previamente digitalizados y cargados en el sistema. Si no, no sirven.
¿Y qué pasa si no migrás a tiempo? La consecuencia es concreta: el titular queda inhabilitado para mover sus animales y para registrar novedades sanitarias hasta que regularice. Es decir, el caballo no puede salir del campo.
Cómo se van a mover los caballos
Esta es la parte que más cambia el día a día. Hoy cualquier traslado necesita un Documento de Tránsito electrónico (DT-e). Con la nueva norma, los movimientos dentro del país van a poder hacerse directamente con la libreta digital desde una app: se capturan las coordenadas del lugar de destino, se informa el RENSPA correspondiente y se valida la identidad del animal leyendo el microchip.
El DT-e sigue siendo obligatorio en tres casos: cuando el destino es la faena para exportación o el ingreso a la Zona Libre de anemia infecciosa, cuando el animal va a un establecimiento de cuarentena previo a exportarse, y cuando un caballo importado se traslada desde la frontera hasta el predio de cuarentena.
El SENASA además se reserva la facultad de bloquear temporalmente los movimientos con libreta digital si detecta una enfermedad contagiosa. Es, en el fondo, el corazón del sistema: poder frenar la circulación en cuestión de horas cuando aparece un brote.
Nuevas obligaciones que conviene anotar
Controlar lo que te llega. Cada vez que recibís un caballo, tenés que verificar que el chip coincida con la documentación. Si no coincide, tenés dos días hábiles para avisar al SENASA.
Avisar las novedades. Cambio de dueño, robo, muerte o cualquier novedad sanitaria debe notificarse “de manera inmediata”, por app, con clave fiscal o presencialmente.
Responder por los papeles. El productor es responsable de toda omisión, falsificación o adulteración de la documentación sanitaria, aunque la haya llenado otro.
Qué se sanciona
La resolución trae una lista larga de infracciones. Algunas de las más relevantes: reutilizar un chip que estaba en otro animal, poner dos chips al mismo caballo, no declarar los chips aplicados, tener animales sin documentación en un establecimiento, feria o remate, demorar el aviso de nacimientos, muertes o cambios de titularidad, no registrar los tratamientos veterinarios, y usar documentación adulterada.
Las sanciones son las del Capítulo V de la Ley 27.233: apercibimiento, multa, suspensión o cancelación de registros, y clausura, además de medidas preventivas inmediatas. Y en fiscalizaciones, programadas o sorpresivas, el SENASA puede exigir el chip aunque todavía no se haya cumplido ninguno de los supuestos que lo hacen obligatorio.
Las apps: quién las hace
La libreta digital no la va a desarrollar solo el SENASA. La norma abre la puerta a que empresas privadas ofrezcan aplicaciones homologadas para emitir y administrar la LSED, con la condición de que pasen una revisión técnica y de seguridad informática y conserven la documentación durante diez años. Si una app falla, el SENASA puede suspenderla o darla de baja, y los costos de corregirla corren por cuenta del proveedor.
En resumen
- Todos los équidos deben tener microchip desde el 1 de marzo de 2027, cuando se den los supuestos previstos (traslado, análisis, medicación, libreta).
- Desde el 31/12/2026 no se imprimen más libretas de papel; las existentes valen hasta el 31/12/2027.
- Desde el 1/1/2028 solo vale la libreta digital o el pasaporte digitalizado. Sin migración, el animal no se puede mover.
- Los chips ISO anteriores a 2019 se reconocen si se registran.
- Recibir un caballo con chip que no coincide con los papeles obliga a avisar en dos días hábiles.
Fuente: Resolución 831/2026 del SENASA, publicada en el Boletín Oficial el 10 de septiembre de 2026.
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