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Autorizan subas de comisiones bancarias, ¿Qué hacer?

El banco central revirtió el congelamiento de las comisiones, los usuarios recibirán mails de preaviso

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Los bancos podrán subir comisiones hasta un 9% en enero, y otros 9% en febrero, lo que arroja un 18% extra al costo de los productos para 2021.

La norma del BCRA no es muy clara, pero de seguro permitiría estas subas, al revertir el congelamiento que estaba vigente. Los bancos están evaluando aumentos que por ley deberán preavisar con antelación de 60 días a los usuarios o clientes bancarios.

Es decir, llegará un mail o carta o algo indicando el aumento. El cliente podrá elegir si se queda en ese banco u opta por mover su dinero o productos a otro lado.

Los productos a los cuales podrá aplicarse este aumento con topes son:

i) Caja de ahorros: emisión de tarjetas de débito adicionales; reposición de tarjetas de débito por robo o extravío; uso de cajeros automáticos (fuera de casas operativas de la entidad, de otra entidad y/o red, del país o del exterior) y servicios de extracción de fondos a través de terminales en puntos de venta y de retiro de efectivo de cuenta por el propio titular o un tercero.

ii) Tarjetas de crédito: servicio de emisión, renovación, administración o mantenimiento de cuenta; reposición o reimpresión de tarjeta por robo o extravío y tarjetas adicionales.

Según el periodista Mariano Gorodisch, los aumentos serían mayores, incluso del 40%. Es que la mayoría tiene otros productos respecto de los cuales no hay topes, por ejemplos cajas de seguridad, mantenimiento de tarjetas, caja de ahorro en USD, etc.

En sus palabras, “dado que el grueso de los clientes tienen un paquete de productos, ya que la tarjeta de crédito no se suelen vender por separadas, los bancos aumentarán estos paquetes hasta 40% desde el año próximo, al igual que a las cajas de ahorro en dólares y las cajas de seguridad”, diario El Cronista.

Lo cierto es que dependerá de cada banco. El cliente tiene derecho a caja de ahorro gratuita, pero como alguien podría pensar, con eso solo no hacemos nada, y si todos deciden subir comisiones, será un costo extra.

Por otro lado, en el BCRA hay información que compara las comisiones de cada banco, y se puede migrar la cuenta, aunque mi recomendación es elegir los que brinden mejor atención, porque si se precisa el tiempo también es un factor a considerar (si para resolver algo simple el banco tarda días o meses, es carísimo).

Finalmente, cuentas sueldo seguirán siendo gratuitas pero no los productos conexos, por ejemplo tarjeta de crédito. Que de todos modos se pueden dar de baja si se quiere. Las extracciones de cajeros de cualquier red de cuenta sueldo son también gratuitas, siempre.

 

Off topic, inversiones en plazos fijos

 

Por Mariano Gorodisch

 

Comunicación BCRA aumento comisiones bancarias

 

05/11/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LOS FIDUCIARIOS DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Ref.: RUNOR 1 – 1620. Protección de los usuarios de servicios financieros. Comunicación de aumentos en las comisiones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Establecer que, hasta el 28.2.2021 inclusive, las entidades financieras no podrán comunicar a los usuarios de servicios financieros aumentos superiores al 9 % en enero de 2021 y 9 % en febrero de 2021 en las comisiones de los siguientes productos y servicios financieros:

i) Caja de ahorros: emisión de tarjetas de débito adicionales; reposición de tarjetas de débito por robo o extravío; uso de cajeros automáticos (fuera de casas operativas de la entidad, de otra entidad y/o red, del país o del exterior) y servicios de extracción de fondos a través de terminales en puntos de venta y de retiro de efectivo de cuenta por el propio titular o un tercero.

ii) Tarjetas de crédito: servicio de emisión, renovación, administración o mantenimiento de cuenta; reposición o reimpresión de tarjeta por robo o extravío y tarjetas adicionales.

La comunicación de esos aumentos deberá ajustarse a los plazos establecidos en el punto 2.5. “Información al Banco Central de la República Argentina” –notificar a los usuarios luego de transcurridos treinta (30) días corridos desde la fecha de información al Banco Central de la República Argentina– y en el acápite iv) “Notificaciones. Forma, plazos y efectos” del punto 2.3.4. “Cambios de condiciones pactadas” – notificar a los usuarios sesenta (60) días corridos previos a su entrada en vigencia–, de las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros”.”

Asimismo, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros”. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 10/11/2020 N° 54344/20 v. 10/11/2020

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