Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Trabajador no podía asistir por huelga de transporte, ahora ordenan pagarle igual los días

Qué dice la legislación sobre la fuerza mayor en el trabajo

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En Córdoba se dio una huelga larga, del transporte público. Le descontaron los días al trabajador. El trabajador y otros accionaron judicialmente, los jueces le dieron la razón. Deberán reembolsarle los salarios y permitirle trabajar por home office.

“En ese contexto, en la particular situación del actor y actual crisis general de público conocimiento y padecimiento, la patronal hace caso omiso a las alternativas formuladas por éste, sin brindar alguna de su parte que garantice o posibilite el efectivo traslado del actor a alguna de sus sucursales (de Villa Allende o Unquillo) a los fines de la prestación de servicios”.

“Nótese que tampoco le propone el goce de licencia ordinaria, conforme política de la empresa para los que están imposibilitados de concurrir por razones de huelga de transporte (…)”, afirmó el tribunal.

“Si en la presente emergencia económica, social y sanitaria, los que están eximidos de asistir a laborar por encontrarse dentro del denominado “grupo de riesgo” tienen derecho al goce íntegro de su salario (cf. Ley 27541, Dto. 260/2020 y Res. MESSN 207/2020), con más razón aquel que pone a disposición su fuerza de trabajo, pero no logra acceder al domicilio patronal por cuestiones ajenas a su voluntad”, agregaron.

Por ende, ordenaron a la empresa la  restitución de los haberes descontados desde mayo a la fecha de la presente
resolución, en concepto de faltas injustificadas con base en huelga de los trabajadores del transporte público.

Se insta asimismo a la empleadora a que adopte medidas concretas que aseguren el acceso a la prestación efectiva de
tareas por parte del trabajador para el supuesto de huelga de transporte público, o de lo contrario, proceda a abono de sus salarios por ausencia justificada por tal contingencia.

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