A un año de las Verificaciones de Créditos Virtuales en Tucumán. Reflexiones y futuro
El autor analiza el proceso de verificación de créditos en Tucumán, que usa tecnología innovadora
Por Iván Luján
Ha pasado ya más de un año de la primer sentencia en la que el Juzgado Civil y Comercial Común de la Sexta Nominación del Poder Judicial de Tucumán dictó la primer sentencia en la que, en el marco de una quiebra del consumidor, dispuso los medios para permitir que las insinuaciones de créditos sean realizadas a través del Portal SAE.
La innovación que fue motivada por la fuerza mayor, hoy es la normalidad de todos los procesos concursales de dicho Juzgado. Resulta necesario entonces hacernos la pregunta: ¿Qué nuevos elementos y mejoras pueden incorporarse en estos nuevos procedimientos?
Datos Estadísticos:
Desde esa sentencia (dictada en el mes de agosto del 2020), tramitaron por ante ese Juzgado 17 incidentes de actuaciones complementarias en los cuales se realizaron 131 presentaciones entre insinuaciones de créditos realizadas por acreedores, impugnaciones y observaciones realizadas por acreedores, concursados y Síndicos. Dentro de esto cabe destacar que no solo fue utilizada en el marco de quiebras del consumidor sino que también llegó a implementarse en el concurso de un agrupamiento económico y garantes.
Observaciones sobre la verificación de créditos
También es destacable que no se han recibido planteos contrarios a la disposición del Juez de incorporar este medio de ingreso de pedidos de verificación.
Tampoco se han recibido observaciones o impugnaciones que cuestionen la legitimidad del uso de esta herramienta en los procesos concursales.
No se registran planteos respecto de la documental acompañada por los acreedores por los medios dispuestos en Acordada CSJN N°236/20 y concordantes todo lo cual nos permite entender la aceptación generalizada que este medio de insinuación ha tenido entre los participantes del proceso concursal.
No se realizaron planteos que cuestionen la identidad de los usuarios SAE que realizan las presentaciones de insinuaciones de créditos
Se ha contado no solo con acreedores de la provincia de Tucumán sino también de acreedores de la provincia vecina de Santiago del Estero como también de la Provincia de Buenos Aires.
Esto último destaca la performance del sistema informático SAE como un medio idóneo para facilitar la celeridad de las comunicaciones no solo a nivel interno de la provincia sino también entre jurisdicciones a nivel nacional.
Todos estos resultados nos indican que las insinuaciones de créditos con modalidad no presencial han llegado para quedarse y formar parte permanente del proceso concursal en la provincia de Tucumán.
El futuro de los procesos concursales
No podemos negar, como bien expusiera Angel Luis Moila, en las Jornadas Preparatorias de Derecho Concursal, organizadas por la Universidad Nacional del Litoral en el mes de abril del corriente año, el fenómeno de la desmaterialización del derecho y el surgir de las nuevas tecnologías que en definitiva impactan generando una nueva realidad.
Y que tanto el Derecho Concursal como su práctica procesal, ya sea desde las partes como del personal judicial, no puede aferrarse a formas, métodos y maneras de trabajar que resultan ajenos a la realidad que estamos viviendo y las nuevas necesidades en el marco del contexto actual.
Aunque estos cambios fueron implementados con motivo del aislamiento preventivo y las restricciones a la movilidad, entiendo que no deben dejarse de lado con la vuelta a la normalidad.. La incorporación de la tecnología en los procesos concursales/falenciales solo implica ventajas en cuanto al manejo de información, tiempo, recursos y por sobre todas las cosas, reditúa en una mayor calidad en el servicio de justicia en estos procesos.
Entiendo que con la llegada de la digitalización en sus distintas expresiones no solo la acompaña una búsqueda de mayor celeridad, transparencia y mejora en el servicio de justicia, sino que también implica una revalorización de la figura de tanto los abogados (del fallido, de los acreedores, de Síndicos) como también de la propia figura de Sindicatura.
La implementación de estos cambios y los que puedan venir, implica un menor desgaste en su tarea, un ahorro en términos de recursos humanos y económicos (que justamente no abundan en un proceso de este tenor).
Todo apuntando a la búsqueda también de la reducción de los amplios tiempos procesales que caracterizan a los concursos y quiebras. Es hora de empezar a implementar formularios que automaticen el ingreso de pedidos de insinuación de créditos, de utilizar recursos de inteligencia artificial que realicen en cálculo de las fechas que debe contener la sentencia de apertura, que categoricen y determinen porcentajes a los fines de la obtención de las mayorías. Todas herramientas que ya tenemos a nuestra disposición para las que solo necesitamos predisposición para capacitarnos y aplicarlas.
Nos debemos, como operadores del derecho, como auxiliares de la justicia, como miembros del poder judicial (sin importar desde qué lugar seamos parte) a la obligación de brindar el mejor servicio posible a cada usuario, a cada partícipe de estos procesos.
La implementación de los procesos de verificaciones online es un excelente lugar para comenzar y a partir del cual construir
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