Estaciones de servicio serán responsables por conductores ebrios
Las expendedoras de combustible tienen la obligación legal de no vender a conductores que estén bajo la influencia del alcohol. Así lo decidió la Corte Suprema de Nuevo México en una decisión que podría tener efectos de gran alcance en las empresas
Por Alan Wilder y Sergio Mohadeb
La corte suprema de Nuevo México esbozó un fallo que sienta un importante precedente porque plantea los alcances de la responsabilidad y las causas de un hecho ilícito.
Según la decisión de la corte, no solo los comerciantes de combustible, sino otros tipos de negocios, desde tiendas de repuestos para automóviles y talleres de llantas hasta mecánicos, podrían verse comprometidos por garantizar que no venden productos a personas que luego conduzcan alcoholizados.
Con esta decisión de la corte, ¿Se podría extender a otros hechos y así ampliar la relación de causalidad en la responsabilidad civil?
Los hechos del caso
Era fin de año, durante una noche bañada en alcohol que se extendió hasta la madrugada, Andy Denny condujo su automóvil hasta que se quedó sin gasolina cerca de Tohatchi, Estado de Nuevo México, EE.UU.
Denny y su pasajero caminaron hasta la estación de servicio del acusado en Tohatchi para comprar gasolina para que Denny pudiera seguir conduciendo. Al llegar a la gasolinera, tanto Denny como su pasajero estaban intoxicados, ebrios.
Mientras estaba en la estación de servicio, Denny se enteró de que no había latas de gasolina vacías a la venta. Entonces Denny y su pasajero acompañante decidieron comprar un galón de agua y vaciarlo para usarlo como contenedor de gasolina.
Inicialmente, debido a que estaban intoxicados, el empleado que trabajaba en la gasolinera decidió que no le vendería nada a Denny ni a su acompañante, pero el empleado finalmente vendió el galón de agua y un galón de gasolina a Denny.
Después de llenar el recipiente de un galón con gasolina, Denny y su pasajero se fueron a pie y regresaron al vehículo de Denny. Denny y su pasajero luego regresaron a la estación de servicio y compraron nueve galones adicionales de gasolina para el auto de Denny.
Después de regresar a la ruta, ese conductor chocó contra un vehículo que venía en sentido contrario, matando a una persona.
Después de alejarse de la estación de servicio, Denny dejó a su acompañante. Luego regresó a la carretera. Mientras conducía, su vehículo cruzó la línea central y luego chocó con el vehículo de Marcellino Morris que se aproximaba. Morris murió en la colisión, dice la sentencia.
Un oficial de policía concurrió a la escena del accidente donde observó señales de que Denny estaba intoxicado. El oficial también observó que Denny se dormía repetidamente.
En el lugar del accidente, tomó una prueba de alcoholemia “y sopló a 0.080”. Casi cuatro horas después del accidente, una muestra de sangre reveló la concentración de alcohol en sangre de Denny de 0,176.
Finalmente, Denny fue arrestado por conducir bajo los efectos del alcohol, homicidio con un vehículo y conducir a la izquierda del centro de la ruta o carretera.
Qué dice la ley sobre la responsabilidad por daños, ¿Hasta dónde alcanza?
Hay un régimen general de responsabilidad civil por daños que dice que toda persona es responsable por los daños que cause a terceros.
Según la doctrina legal del encargo negligente (Negligent entrustment) del Common Law de los Estados Unidos, los propietarios de bienes potencialmente peligrosos tienen la responsabilidad de suministrarlos solo a alguien competente para utilizarlas de forma segura.
En lo que respecta al alcohol, el tribunal revisó precedentes legales, estatutos y otros principios legales pasados para tomar su decisión.
Los tribunales de Nuevo México han reconocido en decisiones anteriores que el propietario de un vehículo que confía a una persona intoxicada que lo conduzca puede ser responsable de las lesiones causadas por conducir en estado de ebriedad.
La nueva sentencia sobre las gasolineras y los conductores ebrios o alcoholizados
El fallo se produjo en respuesta a una solicitud de un tribunal federal para resolver una cuestión de la ley estatal sobre la posible responsabilidad de una estación de servicio o gasolinera que vendió combustible a un conductor ebrio.
Si bien Nuevo México no tiene una ley que prohíba la venta de gasolina a conductores ebrios, la mayoría de la corte falló que el deber de no vender gasolina a alguien que está borracho es consistente con la responsabilidad por darle alcohol o un vehículo a esa persona.
“Hoy en día se requiere gasolina para operar la mayoría de los vehículos. Darle gasolina a un conductor ebrio es como darle las llaves del coche a un conductor ebrio “, declaró el voto de la mayoría.
La mayoría de la corte señaló que la Legislatura de Nuevo México prohibió este año la venta de licor fuerte en las gasolineras de las tiendas de un condado. La ley estatal también responsabiliza a las empresas y otros por vender o servir alcohol a personas intoxicadas.
La decisión señala que solo otro Estado, Tennessee, aplica la ley de tal manera que crea un “deber de cuidado” para que las empresas se abstengan de suministrar combustible a los conductores intoxicados debido al riesgo de conducir en estado de ebriedad.
La corte dijo: “llegamos a la conclusión de que, según la ley de Nuevo México y la doctrina del encargo negligente (responsabilidad al vender algo riesgoso), un vendedor de gasolina le debe a un tercero que usa la carretera el deber de cuidado de abstenerse de vender gasolina a un conductor que el vendedor sabe o tiene motivos para saber que está ebrio“.
Por ende, la estación de servicio puede tener que indemnizar a la conductor fallecido por la responsabilidad civil derivada del hecho vial.
Para leer la sentencia completa sobre la responsabilidad de la estación de servicio por ebriedad puede verse este link.
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