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¿Me pueden aumentar el celular, la Internet o el cable?

Desde el Estado congelaron las tarifas pero una medida cautelar suspende esa resolución y deja vía libre para aumentos de servicios de telecomunicaciones. Qué dice la normativa entonces

Hay una pelea por el aumento de las tarifas, entre el Estado que a través del organismo regulador quiere fijarlas, incluyendo topes y máximos de precios, y algunas empresas.

Las empresas alegan que no es rentable o atenta contra la continuidad y la calidad del servicio de telecomunicaciones (Internet, cable y celular) fijar esos precios en comparación con la rampante inflación argentina.

Mientras tanto, una resolución del Estado les fijó topes. Básicamente se establecen porcentajes máximos de aumentos del servicio de Internet, cable y telefonía celular.

Primero, el gobierno dijo que no autorizaba ningún aumento, y en febrero autorizó subas de 5% y 7.5%, pero exigía que algunas empresas reintegren los montos cobrados en exceso y no autorizados. Lo hizo? No. Y ahora el poder judicial dictó una medida cautelar.

Esta medida cautelar frena los topes de aumentos y por ende las empresas podrían aumentar la tarifa, siempre y cuando se den las condiciones generales que son notificar al usuario y hacerlo con al menos 30 días de anticipación, según el reglamento vigente.

La medida cautelar contra la resolución que congela tarifas

El viernes 30 abril de 2021 por la tarde, la empresa Telecom fue notificada de la resolución de la CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II que -en los autos “Telecom Argentina SA c/ EN-Enacom y otro s/medida cautelar (Autónoma)” (Expte. Nº 12.881/2020).

En tal expediente se resolvió por mayoría hacer lugar a la apelación de esa empresa y, en consecuencia, admitir la medida cautelar peticionada por Telecom Argentina S.A., ordenando la suspensión de los efectos de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto 690/2020 y de las Resoluciones ENACOM Nros. 1466/2020, 1467/2020 y 204/21. Y su consiguiente inaplicabilidad con relación a Telecom.

Ello por el plazo de seis meses (art. 5° de la ley 26.854), contados a partir de la notificación de la resolución y bajo la caución real de $10.000.000 dispuesta por el Tribunal.

Tal como indica Telecom en su Hecho Relevante que informó ante la CNV, para así resolver, el Tribunal consideró, entre otros argumentos, que se advierte “la configuración de circunstancias que prima facie colocan bajo serio y fundado cuestionamiento el estándar de razonabilidad y la legitimidad del Decreto 690/2020 y de las resoluciones del ENACOM adoptadas en consecuencia.

Los jueces ponderaron por la directa afectación que generan a los derechos de propiedad de la accionante (Telecom Argentina), resultantes de la prestación de servicios de tecnología de la información y de las comunicaciones, bajo el sistema de libre competencia, regulado, autorizado y concedido (según el caso), por el propio Estado Nacional.

Esta medida cautelar a favor de las empresas fue apelada, al parecer, por el Estado Nacional. Veremos cómo se resuelve el caso. Más información en los links de abajo:

¿Que pasa con los aumentos de las tarifas?

 

 

Aumentos del celular en 2021, regulan tarifas máximas

 

 

 

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