Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Multa por injuriar a la adminitración de consorcio

Nos contactaron para contarnos que a una persona le hicieron una multa por hablar mal de la administración de un edificio. Lo consideraron injuria. ¿Puede la administración multar a un copropietario? Consorcio En Zapatillas

“La multa que le pusieron a una vecina por hablar mal de la administración en el chat privado de vecinos. El día que esta vecina “injurió” a la administración fue en reacción a lo siguiente:

Otra vecina alquiló el sum del edificio y le dijeron que podían ir 10 personas Una de ellas iba con un bebé 3 semanas. Y como era la persona número 11 no la dejaron asistir. Caso contrario le cobrarían una multa. Pongo en contexto:

“El chat es extra oficial, la gente del consejo dijo que no quería estar ahí porque no es un canal oficial de comunicación, pero hay alguien que le saca capturas y se las envía a la administración. Este edificio  que es nuevo tiene muchísimos problemas:

Se derrumbó una pared y cayó a la calle, se cayó el vidrio de un balcón, el administrador se aumentó solo el sueldo en el medio de la pandemia, las expensas subieron un 50% de un mes a otro.

No nos dan respuestas y nos maltratan a los inquilinos. En vez de arreglar lo que anda mal, compran cosas para decorar el edificio etc etc Es por eso que en el chat todos hablamos mal de la administración.

En mis historias destacadas junto las capturas de pantalla del chat hace un año porque es todo un delirio y las pruebas de que se cayó la pared etc etc. Tragicomico.”

 

 

 

Multa por injurias en un consorcio

En principio hay derecho de criticar decisiones del administrador. Es un derecho pedirle la rendición de cuentas y también opinar libremente sobre sus actos, porque en definitiva dispone de fondos ajenos.

Que se saque esto debe hacerse por las vías legales y no puede cometerse injurias o calumnias, acusaciones que no tienen fundamento o que sean destinadas a dañar el honor de la persona. Pero de todas maneras debe aceptarse una crítica fuerte sobre la gestión, similar a la de los funcionarios públicos.

En este caso de verse la gravedad de la injuria si es que la hay, y si estaba o no previsto este supuesto en el reglamento del Consorcio que en principio no debería contener un apartado sobre el tema, además hay derecho a defenderse y de impugnar esa multa.

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