Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Regulan provisión de oxígeno

Se fijan precios máximos de oxígeno y se les instruye a empresas a abastecer a hospitales cuando estos pidan oxígeno, dado su escasez, nueva resolución

“Hacé lo que quieras, pero traeme un cilindro de oxígeno”, le dijo a sus hijos, enfermo de coronavirus. El caso se vive en India, donde al igual que en Brasil hay escasez del suministro de oxígeno medicina por la segunda ola del coronavirus.

Entonces sus hijos se embarcaron a través de Delhi en una moto, deteniéndose en un hospital tras otro para preguntar si alguno tenía una cama y suministro de oxígeno. Sin éxito, reporta el diario The New York Times.

“Llamaron a amigos y enviaron mensajes de texto masivos por WhatsApp. Se acercaron a un político del Partido Aam Aadmi, que dirige el gobierno de Delhi. Nadie pudo ayudar.”

‘El domingo por la noche, cuatro días después de dar positivo, sus hijos se detuvieron frente a una tienda de recarga de oxígeno en el sur de Delhi”, cuenta la historia el diario citado.

“Un hombre dio un paso adelante y se ofreció a ayudar. Aliviados, Anikat y Mukul se dispusieron a entregar el dinero que les había dado su madre: 10.000 rupias, unos 135 dólares, la tasa estándar de un cilindro”, el equivalente al salario de un año de su padre.

El precio del oxígeno en India subió más de  10 veces el precio habitual, y los medios de comunicación han publicado informes sobre el saqueo de cilindros de los hospitales, mientras el gobierno trata de frenar el mercado negro.

La situación del oxígeno medicina en Argentina

Una resolución publicada esta madrugada en Argentina da cuenta de que si se mantiene el ritmo actual de casos de COVID diarios, la demanda estimada de oxígeno se espera entre 786.000 m3/día y 1.110.000 m3/día.

Esto  equivale a un total de entre 1.030 tn/día y 1.506 tn/día, “sobrepasando la capacidad máxima del sector que no supera las 860 tn/día”, es decir, a este ritmo, la oferta no logra abastecer a la demanda de oxígeno medicina.

Además, los niveles de ocupación de 13 provincias Argentina se encuentran por encima de la media para todo el país y en el AMBA (Capital Federal y conurbano) fundamentalmente alcanzan niveles que en muchos casos superan el 90 a 95%. Esta situación se observa también en los grandes aglomerados urbanos del país.

Ahora, según la resolución la edad promedio de las personas internadas en terapia intensiva es de 53 años, lo que evidencia que la mayor circulación de personas jóvenes se traduce en un incremento significativo de casos y de casos graves que requieren el uso creciente de oxígeno medicinal.

Respirar con la ley de abastecimiento

La Ley de Abastecimiento Nº 20.680 establece en el Artículo 1° su ámbito de aplicación material, que comprende todos los procesos económicos, relativos a los bienes que satisfagan necesidades básicas o esenciales orientadas al bienestar general y toda otra etapa de la actividad económica vinculada directa o indirectamente a estos.

Ahora, la resolución establece que los sujetos que integran la cadena de producción, transporte, distribución y acarreo de oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo no podrán aumentar sus precios de venta y/o prestación de servicios por el plazo que se encuentre vigente la presente medida.

Se toma como precio máximo de venta de oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo y de prestación del servicio de transporte, distribución y acarreo el vigente al momento de la publicación de esta resolución conjunta en el Boletín Oficial.

También se intima a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y acarreo de oxígeno medicinal a granel o en tubo de la presente medida, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada.

Oxígeno solo para la salud

Las empresas productoras de oxígeno líquido en toda la Argentina deberán cumplir con el abastecimiento de la demanda de los establecimientos asistenciales y/o productivos del sector de la salud con carácter exclusivo.

Así como arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte, distribución y comercialización en todo el país durante el período que dure la emergencia sanitaria, dice la nueva norma.

Por último, se conforma la “Comisión de Monitoreo de Insumos Críticos para la atención de Covid-19” que estará integrada por los titulares de los MINISTERIOS DE SALUD y DE DESARROLLO PRODUCTIVO que podrá:

-requerir información,

-instruir a las empresas productoras y distribuidoras de oxígeno líquido medicinal, la provisión constante e ininterrumpida del oxígeno líquido en el Territorio Nacional a los establecimientos de Salud

-convocar a aquellos organismos públicos y cámaras, empresas productoras y distribuidoras del sector que se consideren necesarios.

La SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR fiscalizará el cumplimiento de la presente medida de conformidad con los procedimientos y sanciones previstos en la Ley N° 20.680 y sus modificaciones.

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