La ART no le proveyó elementos de seguridad, ahora debe indemnizarlo
Como no probaron haberle provisto de elementos seguros para hacer su labor, ahora deben indemnizar al trabajador, lumbalgia e hipoacusia, tareas de carga
Trabajó para una papelera. Al tiempo, cabo de unos años, se lesionó. Sus labores consistían en levantar peso forma reiterada, que las desarrollaba en bipedestación y en un ambiente ruidoso.
Por lo que presenta, las siguientes patologías “hipoacusia clínica leve; patología lumbosacra; protrusión discal asociada a fenómenos degenerativos; patología varicosa” detectadas por el perito médico quien le otorga un 18,97% de la t.o., las cuales guardan relación con la modalidad de la prestación de los servicios.
La prueba de la dolencia del trabajador, elementos de seguridad por la ART
La pericia técnica permite tener por configurados los presupuestos de responsabilidad de la ART por incumplimientos en materia de prevención y vigilancia, ley 24.557. Ello porque la ART no pudo demostrar haber cumplido con todas las obligaciones a su cargo.
En concreto, la ART no hizo entrega de elementos de seguridad tales como “tapón de oído, faja lumbar y calzado de seguridad” y que se relacionan con sus labores y afecciones surge que se los dieron en el año 2014.
Por su parte, las capacitaciones efectuadas – además de tardías, considerando que empezó a laborar en el año 2001- fueron para el manejo de químicos (2013) y procedimiento en higiene y seguridad recién en 2014 pero nada refiere a las labores específicas que realizaba el actor para la empresa y que le provocaron las dolencias por las que acciona.
En tanto, la evaluación de riesgos el experto informa que “no he verificado que al actor se le administrara la faja de seguridad”.
Accionar negligente de la empresa y la ART
Frente a ello se probó una conducta negligente de la aseguradora de riesgos de trabajo consistente en la falta de adopción de medidas preventivas adecuadas (cfr. art. 4 ley 24.557) ocasionando un daño al trabajador que de otra manera no se hubiere producido.
Por ello, cabe concluir que en el caso los incumplimientos de la ART demandada guardan nexo de causalidad adecuada con los daños sufridos y deberán indemnizarlo.
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