Prohíben exportar cortes de carne
Se limitan ciertas piezas vacunas, para proteger el consumo y la industria nacional argentinas
Con el argumento de proteger, la norma del estado alega que es necesario construir una política pública para la cadena de la carne con el objeto de aumentar la producción, la existencia ganadera y el peso promedio de faena, generando previsibilidad al productor, e incrementar asimismo los volúmenes exportables.
La administración de la exportación se establece para determinados cortes de carne bovina que son preferidos por el mercado argentino y de consumo masivo en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Se fomenta el agregado de valor en la cadena de la carne priorizando el desposte de partes enteras, como medias reses o cuartos enteros, dentro del país para promocionar la producción y el empleo local, dicen.
Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, la exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de los siguientes Cortes Bovinos frescos, enfriados o congelados:
a. Reses Enteras
b. Medias Reses
c. Cuarto Delantero Con Hueso
d. Cuarto Trasero Con Hueso
e. Medias reses incompletas con Hueso
f. Cuartos delanteros incompletos con Hueso.
Los siguientes Cortes Preferidos (frescos, enfriados o congelados) se encontrarán limitados, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para su exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país:
a. Asado con o sin hueso
b. Falda
c. Matambre
d. Tapa de asado
e. Nalga
f. Paleta
g. Vacío
Para algunos productores agropecuarios, la medida es inconstitucional porque restringe el derecho al libre comercio, y los fundamentos no son más que pretextos para regular más actividad
La medida entrará en vigencia el 1° de enero de 2022.
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