Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Aumento de cuotas de colegios privados, derechos

Se autorizó una nueva suba en la cuota de la escuela privada para la Provincia de Buenos Aires, se sumaría CABA y otros distritos escolares

En mayo, la cuota del colegio subirá  6,7%. Se aplica a toda institución educativa privada en la Provincia de Buenos Aires, salvo que voluntariamente decidan no aumentar.

En marzo el aumento acordado para las cuotas fue de 16,8%, reportó Infobae, mientas que los sueldos docentes en la provincia subieron un 21%.

En la ciudad de Buenos Aires hubo un acuerdo para el incremento salarial “Al aumento del 60% acordado en el mes de febrero, se suma un 4%, y se reacomodan los porcentajes de actualización salarial a lo largo del año”, señalaron voceros del Ministerio de Educación de la ciudad a La Nación. Además, informaron que a principios de julio próximo se pautó una nueva revisión salarial.

La ley ante las cuotas de colegios

La Constitución Nacional argentina establece que toda persona tiene derecho a una educación libre y gratuita en todos los niveles. Hay educación pública, gratuita, y de gestión privada. Ambas son públicas pero en un caso las manejan empresas o asociaciones civiles, bajo la supervisión del Estado, en general con subsidios, sea religiosa o laica.

Por ende, si el alumno no pudiera pagar tiene derecho a continuar y cerrar el año educativo en el mismo establecimiento y luego ver dónde puede reubicarse.

En cuanto a las cuotas de colegios privados, la  establece que deben ser razonables y proporcionales al servicio educativo brindado. Por ejemplo, en la Provincia de Buenos Aires, la Ley de Educación provincial establece que los establecimientos educativos privados deben garantizar el derecho a la educación y la igualdad de oportunidades, y fijar cuotas que sean justas y razonables.

Además, la Ley de Defensa del Consumidor establece que los usuarios tienen derecho a recibir información clara, precisa y detallada sobre los bienes y servicios que adquieren, y a que los contratos sean claros y comprensibles.

En la Ciudad de Buenos Aires, la Ley de Educación establece que los colegios privados deben garantizar el derecho a la educación, y fijar cuotas que sean proporcionales.

Por ley, durante el año, solo se puede aumentar por incrementos salariales de los y las docentes. Es decir, trasladar ese costo, según lo autorice el ministerio de educación.

Aumento de cuotas y derechos

En cuanto a la jurisprudencia, en el caso “Asociación de Consumidores Libres c/ Colegio de Abogados de La Plata”, la justicia bonaerense estableció que las cuotas de los colegios privados deben ser razonables y proporcionales al servicio educativo brindado. En el caso “Molina, Juan c/ Colegio de Abogados de La Plata”, la justicia provincial estableció que los colegios privados no pueden cobrar cuotas adicionales por actividades extracurriculares que no estén incluidas en la cuota básica.

En resumen, tanto en la Provincia de Buenos Aires como en la Ciudad de Buenos Aires, existen leyes que establecen que las cuotas de colegios privados deben ser justas y proporcionales al servicio educativo brindado. Además, los usuarios tienen derecho a recibir información clara y precisa, y los contratos deben ser claros y comprensibles. Como jurisprudencia, se puede citar el caso “Asociación de Consumidores Libres c/ Colegio de Abogados de La Plata” y el caso “Molina, Juan c/ Colegio de Abogados de La Plata”-

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