Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Aumento de prepagas, otra vez

Sería más práctico que la prepaga nos informe cuando no haya aumento… Es cierto que igual hay incremento de costos, derechos

“Por medio de la presente le informamos que, de acuerdo al Decreto 743/2022 y a la Resolución 2577/2022 del Ministerio de Salud de la Nación, incrementaremos el valor de nuestros planes asistenciales en forma mensual. En consecuencia, el incremento a aplicar para el mes de julio de 2023 asciende a un 8,49% (ocho coma cuarenta y nueve por ciento), respecto al valor del Plan de Servicio Vigente al 30 de junio de 2023, todo ello de conformidad con el “Índice de Costos de Salud” (ICS) que publica periódicamente la Superintendencia de Servicios de Salud en su página web

Por otra parte, respecto de los y las contratantes que posean ingresos netos inferiores a SEIS (6) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles ($ 507.072,00), el Plan de Servicio Vigente podrá ser ajustado en un NOVENTA POR CIENTO (90%) del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado, siempre que el mismo sea inferior al ICS. Esta medida rige por el plazo de 18 meses a partir del mes de febrero de 2023, y el incremento a aplicar para julio 2023, no aplica para dicho periodo.

Para acceder a este ajuste, usted deberá informar con carácter de Declaración Jurada y en forma mensual los ingresos netos de los y las contratantes del mes anterior, a través del sitio web habilitado por la Superintendencia de Servicios de Salud. Se hace saber que la falta de veracidad en la declaración jurada será considerada en los términos del Art. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione.

Asimismo, para el caso que usted lo requiera, pondremos a su disposición distintas alternativas de planes de cobertura, con y sin copagos.  Atento que en esta oportunidad se verifica que el índice RIPTE es mayor que el ajuste por ICS, se hace saber que corresponde aplicar éste último índice, es decir que su plan de servicios se ajustará en un 8,49% (ocho coma cuarenta y nueve por ciento).”, finaliza el mail de la prepaga OSDE.

Sobre derechos del aumento de prepagas, podés ver este post.

 

 

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