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DOLAR TARJETA HOY, CLAVES

La devaluación anunciada por el Ministro Caputo impulsó ajustes en las percepciones. La Resolución General (AFIP) 5463 reduce al 60% las percepciones, incluyendo el Impuesto PAIS.

Por Sebastián M. Domínguez

Luego de la devaluación informada por el Ministro Caputo, de mantenerse las percepciones de ganancias y bienes personales en el 155%, el Dólar Tarjeta iba a pasar a tener un costo de $ 2.040 aproximadamente. Una cifra totalmente disparatada que generó la necesidad de disminuir las percepciones a través de la Resolución General (AFIP) 5463 a un total del 60%, incluyendo el Impuesto PAIS.

Habrá que esperar a conocer como evoluciona el Dólar MEP pero si se mantiene en los niveles actuales de $ 1.050, ese Dólar será la mejor opción para realizar los pagos de saldos de tarjetas de crédito por consumos en dólares y comprar pasajes al exterior, entre otras operaciones.

Una modificación importante es que se vuelve a permitir computar las percepciones en el período fiscal en que se practican y no en el período fiscal siguiente como había dispuesto la Resolución General (AFIP) 5450.

 

A continuación, detallamos 7 claves:

  1. ¿Cómo queda el esquema de percepciones?

El esquema de percepciones queda de la siguiente manera:

Detalle Antes Ahora
Percepción Impuesto País 30% 30%
Percepción Ganancias / Bienes Personales 100% 30%
Percepción Bienes Personales / Ganancias 25%
Total de Percepciones 155% 60%
  1. ¿En qué casos disminuye la percepción de ganancias del 100% al 30% y se elimina la percepción de bienes personales?

La percepción del 3% y la eliminación de la percepción de bienes personales se va a aplicar en las siguientes operaciones comprendidas en los incisos a) a e) del art. 35 de la Ley 27541 y en el inciso b) del art. 13 bis del Decreto 99/2019 que los podemos resumir así:

  • Compra de Dólar Ahorro.
  • Pagos con pesos de los consumos de las tarjetas de crédito, de compra y de débito realizados en moneda extranjera sin importar el monto mensual.
  • Pagos con pesos de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo del país.
  • Pagos con pesos de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país, excepto el caso de transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes.
  • Pago con pesos de importación de determinados productos suntuarios.
  1. ¿Cuál es el nuevo valor de este Dólar Tarjeta?

El valor del Dólar Tarjeta es de aproximadamente $ 1.280, según el siguiente detalle:

Detalle Importe en Pesos
Dólar Oficial 800
Percepción Impuesto País 30% 240
Percepción Ganancias / Bs. Personales 30% 240
Dólar  1.280

De esta forma, el Dólar Tarjeta queda un 22% más caro que el Dólar MEP, situado en los $ 1.050 al cierre de los mercados del día anterior.

Detalle Importe en Pesos
Dólar Tarjeta 1.280
Dólar MEP 1.050
Diferencia  230

Dado que ha trascendido que la devaluación del peso rondará el 2% mensual, el valor del Dólar Tarjeta no tendría una variación relevante.

Habrá que analizar diariamente la evolución del Dólar MEP para definir si sigue siendo conveniente el mismo por sobre el Dólar Tarjeta.

  1. ¿Me van a aplicar la percepción del 35% sobre los consumos con tarjeta de crédito que realicé hasta el día de ayer y que voy a pagar cuando venza el resumen de la tarjeta?

Si bien técnicamente la percepción se debe practicar al momento del pago, en las diferentes modificaciones que se han establecido a los regímenes de percepción, la AFIP ha instruido a los Bancos a aplicar las modificaciones para los consumos que se realicen desde la publicación de la norma, independientemente de la fecha de pago.

La Resolución General (AFIP) 5463 indica que la percepción del 30% resultará de aplicación para las operaciones efectuadas desde el día de hoy, es decir, del 13/12/2023.

En consecuencia, se continúa con el mismo criterio.

Por ejemplo, si se realizó un pago con tarjeta de crédito en el día de ayer, 12/12/2023, se aplicarán las percepciones del 100% y 25%, en lugar de la percepción del 30%. 

  1. ¿Aumenta el valor de los servicios de streaming o las Apps para los consumidores finales?

Si, en todos los casos donde se paguen en pesos consumos en moneda extranjera de streaming y Apps, aumenta el valor a pagar.

El valor final dependerá de la jurisdicción del titular de la tarjeta y radicación de la misma.

Por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires el Dólar será de $ 1.288 según el siguiente detalle:

Detalle Importe en Pesos
Dólar Oficial 800
Percepción Impuesto País 8% 64
Percepción IVA 21% 168
Percepción Ganancias / Bs. Personales 30% 240
Percepción Ingresos Brutos 2% 16
Dólar  1.288

Adicionalmente, en otras Provincias puede corresponder aplicar el impuesto de sellos.

  1. ¿En qué período fiscal voy a poder computarme la percepción?

La Resolución General (AFIP) 5463 permite computar las percepciones en el mismo período fiscal en que se practican.

De esta forma, se modifica lo que había dispuesto la Resolución General (AFIP) 5450 obligando al cómputo en el período fiscal siguiente a que se practicaban las percepciones, medida que, en nuestra opinión, era inconstitucional.

Más allá de que ahora se puedan volver a computar las percepciones en el período fiscal en que se practican, por la inflación de los próximos meses, los valores de las mismas quedarían licuadas y perderían gran parte de su valor, tanto para quienes las computen en sus declaraciones juradas como para quienes pidan la devolución.

Es importante mencionar que la Resolución no modifica el período fiscal en que se pueden computar las percepciones del 100% y 25% practicadas entre el 23/11/2023 y el 12/12/2023.

En consecuencia, para esas percepciones, se mantendría el cómputo en el período fiscal siguiente al que se practicaron.

Esto debería ser modificado para respectar principios y derechos constitucionales.

  1. Soy una persona humana no contribuyente de ganancias y bienes personales y me practican la percepción. ¿Cómo recupero la misma?

Vas a poder solicitar la devolución por el Régimen de Devolución de Percepciones previsto en la Resolución General (AFIP) 4815.

El pedido de devolución se puede seguir realizando a partir del mes de enero del año siguiente al que te la practicaron.

Por ejemplo, vas a poder solicitar la devolución de las percepciones que te practiquen en 2023, a partir del 1 de enero de 2024.

La inflación hará perder gran parte del poder adquisitivo del crédito.

 

El autor es CEO de SDC Asesores Tributarios

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