Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Golpearon a su hijo, ahora jueces ordenan a padre y madre a indemnizarlo

Un caso en que se ordenó indemnizar a un adolescente víctima de hostigamiento o acoso escolar por parte de otro compañero

El niño había salido en bicicleta a comprar pan cuando fue interceptado por los vecinos, un adolescente de 17 años y su hermano. Según los padres de la víctima, ambos arrojaron al niño al suelo y pasaron con la bicicleta por encima de él, rompiendo sus dientes y causando lesiones y abrasiones en el rostro, piernas y brazos.

Los padres de la víctima presentaron una demanda en su nombre, buscando una compensación contra los responsables de los jóvenes agresores, sosteniendo que el episodio traumatizó al niño. Después de la violencia, el niño, que era alumno de una escuela tradicional, solo volvió a estudiar en una escuela con apoyo de una asociación civil.

En el proceso, los padres del adolescente alegaron que los involucrados solían jugar juntos y que los documentos presentados en el caso no demostraban la supuesta agresión. Este argumento fue rechazado en la 1ª Instancia.

El juez se basó en el testimonio de testigos que afirmaron que, mientras el niño era frágil, el adolescente era alto y robusto. Los testimonios también confirmaron que las agresiones solo cesaron con la intervención de terceros y que el niño comenzó a sentir miedo y retrocedió en sus estudios.

La 10ª Cámara Civil del Tribunal de Justicia de Minas Gerais (TJMG) confirmó la sentencia del Distrito de Cachoeira de Minas que condenó a una pareja a indemnizar a un niño de 9 años con R$ 970 por daños materiales y R$ 12 mil por daños morales y estéticos. El niño montaba en bicicleta y fue agredido por un adolescente, hijo de la pareja, sufriendo graves secuelas. La decisión es definitiva. Finalmente, se ordenó indemnizar a un adolescente víctima de hostigamiento o acoso escolar por parte de otro compañero

Indemnización por bullying

En su decisión, el magistrado condenó a los padres del agresor a pagar los gastos del tratamiento dental de la víctima, agregando que los hechos causaron “aflicciones mucho más allá de lo cotidiano”. “En este sentido, el relato de los testigos es conmovedor, informando que el demandante es un niño especial y fue sometido a una situación que agravó su estado psicológico, incluso con la pérdida de rendimiento escolar y la necesidad de tratamiento en Apae. De todo esto, se puede ver la ocurrencia del daño moral”, dijo el juez José Hélio da Silva.

Al reconocer los daños estéticos, ya que al niño se le rompieron los dientes en el ataque, el magistrado fijó en R$ 12 mil la cantidad a pagar por los demandados.

Los padres del agresor apelaron al TJMG. La relatora, la jueza Jaqueline Calábria Albuquerque, mantuvo el entendimiento del Distrito de Cachoeira de Minas. Según ella, el recurso de los demandados resultó contradictorio, ya que en la 1ª Instancia negaron las agresiones y, en la apelación, sostuvieron que se trataba de una simple disputa entre chicos. (fuente: Tribunal de Minas Gerais).

Ley sobre bullying

La ley argentina es similar a la de Brasil. El bullying puede implicar violencia física, verbal, psicológica o social repetida y constante hacia un estudiante por parte de otros estudiantes o incluso de personal escolar. Para abordar esta problemática, en Argentina se utilizan diferentes leyes y regulaciones, tales como:

  1. Ley de Educación Nacional (Ley N° 26.206): Establece que la educación debe ser inclusiva, equitativa y respetar los derechos de los estudiantes. También promueve la convivencia pacífica y la prevención de situaciones de violencia en el ámbito escolar.
  2. Convención Internacional sobre los Derechos del Niño: Ratificada por Argentina en 1990, esta convención establece el derecho de los niños y adolescentes a estar protegidos de cualquier forma de violencia, abuso o maltrato.
  3. Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley N° 26.061): Esta ley establece la obligación del Estado y la sociedad de proteger a los niños y adolescentes de toda forma de violencia, maltrato o abuso, y promover su bienestar.
  4. Ley Nacional de Lucha contra el Hostigamiento y el Acoso Escolar (Ley N° 27.266): Aunque no específicamente sobre el bullying, esta ley busca prevenir, sancionar y erradicar el hostigamiento y el acoso escolar en todo el territorio argentino. Fue sancionada en 2016 y promueve la concientización y capacitación en las instituciones educativas.

Hay casos en que la escuela fue ordenada a indemnizar por bullying, porque debe tener un protocolo y adoptar medidas contra el hostigamiento o acoso escolar. Puede haber responsabilidad civil por los daños que se produzcan (fuente: código civil y comercial), sea por culpa u objetiva, por el deber de seguridad.

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