Le iniciaron acción de desalojo pero probó ser analfabeto y jueces dijeron que el contrato firmado no vale
Está en el predio de titularidad de otra persona pero no quedó claro el alcance de la relación jurídica. Un análisis del fallo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes que declaró nulo un contrato de comodato firmado por una persona analfabeta
El conflicto comenzó cuando P. F. demandó a A. A. para desalojarlo de un inmueble que le había prestado en comodato el 14 de agosto de 2018. El contrato, que tenía una duración de dos años, debía finalizar el 31 de julio de 2020. P. F. notificó a A. A. en julio de 2020 que no renovaría el contrato y que debía desalojar el predio.
A. A. respondió negando la validez del contrato, alegando que nunca lo había firmado debido a su analfabetismo. Afirmó que no compareció ante la escribanía para suscribir el contrato y que, siendo analfabeto, no sabe firmar. Argumentó que existía un contrato de permuta con el accionante y promovió un incidente de redargución de falsedad.
Análisis Legal de la Firma
El tribunal consideró que los trazos o signos insertos por A. A. no constituían una firma válida. Citando el artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), se explicó que la firma debe consistir en el nombre del firmante o en un signo que demuestre su voluntad. Al ser analfabeto, A. A. no podía enterarse del contenido del contrato ni expresar su voluntad a través de una firma.
El fallo criticó la actuación del escribano, quien no advirtió que A. A. era analfabeto, a pesar de que el documento nacional de identidad del demandado carecía de firma. Según el artículo 313 del CCCN, cuando un firmante no sabe o no puede firmar, debe dejar constancia de la impresión digital o firmar en presencia de dos testigos. En este caso, estas prescripciones no se observaron.
Nulidad
El tribunal declaró la nulidad absoluta del contrato de comodato, fundamentándose en que la firma de una persona analfabeta, sin las formalidades adecuadas, no es válida. Además, rechazó la demanda de desalojo deducida por P. F., determinando que A. A. acreditó actos posesorios sobre el inmueble, como la construcción de una vivienda.
Este caso subraya la importancia de las formalidades legales en la firma de contratos, especialmente cuando involucran a personas que no saben leer ni escribir. El 21 de septiembre de 2023, el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, Corrientes, emitió un fallo en el caso “P. F. c/ A. A. s/ Proceso abreviado”, donde se declaró la nulidad absoluta de un contrato de comodato firmado por una persona analfabeta.
Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.