Una prepaga y el sobreprecio indebido: un reintegro con intereses
Cuando el precio no está autorizado, el reembolso se impone
Una sentencia del fuero federal obliga a una prepaga a devolver aumentos no autorizados en las cuotas, con intereses. ¿Qué dijo el juez? ¿Qué pasa si el afiliado ya no está en la empresa?
Un aumento que no debía ser
Corría el año 2011. En diciembre de ese año, la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. aplicó un aumento del 9,5% en sus cuotas. Meses después, en mayo de 2012, sumó otro 5%. No eran aumentos menores. Y sobre todo, no estaban autorizados por la autoridad de aplicación, es decir, la Superintendencia de Servicios de Salud.
Un afiliado, que llamaremos Lucas Skywalker (nombre ficticio inspirado en películas), inició una demanda judicial. No solo en su nombre, sino en defensa de todos los afiliados afectados por esos incrementos no autorizados.
El criterio judicial: devolución con intereses
La causa, que tramitó ante el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N.º 4, a cargo del juez José Luis Cassinerio, culminó con una sentencia firme. Allí se estableció que Medicus S.A. deberá reintegrar a los afiliados las sumas cobradas de más.
La lógica del fallo es clara: si el aumento no fue aprobado por la autoridad competente, no puede trasladarse al usuario. Y si se cobró, corresponde devolverlo. Así lo determinó el magistrado, ordenando el reintegro con intereses, aplicando la tasa activa del Banco Nación para operaciones a 30 días.
¿Y si ya no soy afiliado?
La sentencia contempla ambos escenarios:
Para quienes aún estén afiliados a Medicus, el reintegro se realizará mediante notas de crédito en las próximas cuotas.
Para quienes ya no estén afiliados, deberán acreditar su condición de afiliado durante los aumentos y así obtener la devolución correspondiente. Este detalle no es menor: muchos ex afiliados no estarán informados del fallo. Deberán realizar gestiones, posiblemente con asistencia legal, para reclamar el dinero que les corresponde.
Una práctica extendida, una advertencia judicial
El fallo puede tener efectos expansivos. Otras empresas de medicina prepaga podrían haber aplicado aumentos similares. Y el criterio judicial es contundente: si no hay autorización, hay devolución.
La sentencia funciona, además, como advertencia al sistema de salud privado: los derechos de los consumidores están protegidos, incluso en un contexto tan delicado como el de la salud.
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