Nueva ley de mascotas en la ciudad de Buenos Aires
Perros y gatos con DNI, colectivo y cementerio propio: qué propone la nueva ley porteña
Hoy podés bajar al subte con tu gato un domingo a la tarde, en el último vagón y dentro de una transportadora. Pero si salís a la superficie y querés subir con esa misma transportadora al 132, el chofer te puede decir que no: en los colectivos, viajar con animales no está permitido. Esa contradicción cotidiana es una de las que intenta resolver el proyecto de Ley de Identificación, Protección y Bienestar Integral de Perros y Gatos que impulsa el Gobierno porteño.
El jefe de Gobierno lo presentó el domingo 25 de octubre durante el festival Mascotear, en la Plaza de las Naciones Unidas, junto a la Floralis Genérica. Su argumento central: el lugar que ocupan perros y gatos en las familias cambió, y “las normas para cuidarlos no se pueden quedar atrás”.
Antes de seguir, una aclaración que vale oro: todavía no es ley. Es un proyecto que tiene que tratar la Legislatura porteña, donde puede modificarse, demorarse o no aprobarse. Lo que se sabe hasta ahora surge del anuncio oficial y de la cobertura periodística; el detalle fino (obligaciones, plazos, sanciones) va a estar en el articulado.
El proyecto, en una tabla
| Tema | Cómo es hoy | Qué propone el proyecto |
|---|---|---|
| Identificación | No hay un sistema único digital. Existen registros parciales (paseadores, perros potencialmente peligrosos) y una ordenanza de 1987 que ya preveía un registro de animales domésticos. | Un número único por animal, vinculado a sus datos y a los del tutor, más una Libreta Sanitaria Digital. |
| Colectivos | No se puede viajar con perros ni gatos. | Se podría, en transportadora, en las líneas de la Ciudad, con cupos, días y horarios que fije la autoridad de aplicación. |
| Subte | Sábados desde las 13, domingos y feriados, con transportadora (Ley 5.687). | Se toma como modelo para el colectivo. |
| Comercios y edificios | Depende de cada lugar. Los perros guía ya tienen acceso garantizado por la Ley nacional 26.858. | Ingreso y permanencia en establecimientos públicos y privados; los privados conservan el derecho de admisión. |
| Paseadores | Registro obligatorio creado por decreto en 2001, con un máximo de 8 perros por paseador. | Registro por ley, con capacitación obligatoria y credencial digital. |
| Guarderías y pensionados | Ya hubo proyectos para regularlas en 2024. | Requisitos mínimos de espacio, ventilación, personal y veterinario responsable. |
| Destino final | La cremación está regulada desde 2016 (Ley 5.470). No hay cementerio público de animales. | Cementerio y crematorio de animales en Chacarita. |
1. Un “DNI” para perros y gatos
El corazón del proyecto es el Sistema Único Digital de Identificación de Perros y Gatos: cada animal tendría un número único asociado a sus datos, a los datos de contacto de su tutor o tutora y a otros antecedentes considerados relevantes.
Ese número se complementa con una Libreta Sanitaria Digital que reuniría vacunas, condición reproductiva, castración y otros controles de salud. Cada registro llevaría los datos del veterinario que intervino, que deberá estar matriculado. Según el Gobierno porteño, el objetivo es facilitar la atención veterinaria, prevenir enfermedades y ordenar la información de cada animal. En la práctica, también serviría para algo que cualquier tutor entiende: encontrar al que se pierde.
No es la primera vez que la Ciudad quiere “empadronar” mascotas
La idea tiene casi cuarenta años. La Ordenanza 41.831, sancionada en abril de 1987 por el viejo Concejo Deliberante, ya creaba un Registro Municipal de Animales Domésticos, y según las normas complementarias de esos años, cada perro y gato debía inscribirse en el Instituto Pasteur al cumplir cuatro meses. Que en 2026 se proponga crear un sistema “único” dice bastante sobre cómo funcionó aquel padrón.
Después llegaron registros parciales: el de paseadores, el de perros potencialmente peligrosos y, en 2019, una ley que creó una base de datos de animales extraviados y hallados (la comentamos en DEZ). En noviembre de 2025, la Ley 6.856 sumó una Plataforma Digital de Bienestar Animal y un plan masivo y gratuito de castraciones. En el camino también se presentaron propuestas de registro voluntario y de microchip obligatorio.
¿Y mis datos?
Un registro que cruza los datos del animal con el nombre, el domicilio y el teléfono de su tutor es, jurídicamente, una base de datos personales. En la Ciudad rige la Ley 1.845 de protección de datos personales, a la que la propia Ley 6.856 remite para su plataforma. Las preguntas que el articulado debería responder: quién puede consultar el registro (¿veterinarios, inspectores, la policía, el vecino que encuentra un perro?), para qué, por cuánto tiempo se guardan los datos y cómo se protegen.
2. En colectivo, “como en el subte”
El anuncio dice que perros y gatos podrán viajar en los colectivos de la Ciudad en transportadoras adecuadas, con las mismas condiciones que ya rigen en el subte. Esas condiciones vienen de la Ley 5.687, sancionada en noviembre de 2016 y aplicada desde 2017 (la contamos en su momento):
- sábados desde las 13 y domingos y feriados;
- siempre en el último vagón, esperando en la zona señalizada del andén;
- dentro de una transportadora cerrada y ventilada que puedas llevar por tus propios medios;
- un animal por pasajero, sin costo adicional, y a cargo de una persona mayor de edad;
- con la vacuna antirrábica al día (conviene llevar la constancia);
- el personal puede restringir el ingreso si hay aglomeraciones o si no se cumplen las reglas.
Para el colectivo, el proyecto exige transportadoras cerradas, ventiladas y de tamaño acorde al animal, y deja en manos de la autoridad de aplicación fijar cupos, días, horarios y requisitos adicionales. Los perros guía y de asistencia quedan afuera de esas restricciones. Es decir: el “cuándo” y el “cuántos” todavía no están definidos.
El reclamo no es nuevo. En agosto de 2025, el legislador Emmanuel Ferrario y más de 200 organizaciones de bienestar animal se manifestaron en el Metrobús de Juan B. Justo para pedir la llamada Ley Huellas, que proponía habilitar colectivos y subtes todos los días, fuera de la hora pico.
La letra chica: ¿qué colectivos son “de la Ciudad”?
Acá aparece un detalle jurídico que el anuncio no explica. Durante décadas, las líneas que recorren la Ciudad dependieron de la Nación. En septiembre de 2024, Nación y Ciudad firmaron el acuerdo para traspasar a la órbita porteña las 31 líneas que circulan exclusivamente dentro de la Ciudad: 4, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132 y 151.
Las más de cien líneas que cruzan la General Paz o el Riachuelo siguieron bajo jurisdicción nacional. En principio, una ley porteña no alcanza a esos colectivos: para que el 60 o el 152 te dejen subir con tu perro haría falta una norma nacional. Traducido: si la ley sale, antes de subir mirá el número de la línea.
3. Bares, comercios y oficinas: entrar y quedarse
El proyecto también prevé que perros y gatos puedan ingresar y permanecer en establecimientos públicos y privados. Con un límite clave: los privados conservan el derecho de admisión. Un bar, un local o un consultorio podrían seguir diciendo “acá no”. Lo que no podrían es rechazar a un perro guía o de asistencia.
Eso último, en rigor, ya está garantizado: la Ley nacional 26.858, de 2013, asegura a las personas con discapacidad el acceso, la circulación y la permanencia con su perro guía o de asistencia en lugares públicos y privados de acceso público y en el transporte, sin costo adicional.
¿Y hoy qué pasa en un bar? Como explicamos en otra nota, en la práctica depende de cada lugar. El Código Alimentario Argentino es muy estricto con las zonas donde se elaboran alimentos, pero no prohíbe expresamente a los animales en las áreas de consumo, y la Ciudad tiene un programa de “locales amigos de las mascotas” con kit y sticker para la vidriera. La gran incógnita está en los edificios públicos: si cualquier oficina deberá admitir animales o si podrá fijar condiciones propias.
4. Paseadores y guarderías: profesionalizar el cuidado
El anuncio habla de “crear” un registro de paseadores, pero la Ciudad ya tiene uno: el Decreto 1.972/2001 creó el Registro de Paseadores de Perros con carácter obligatorio y fijó un máximo de ocho perros paseados en simultáneo. Debería inscribirse cualquiera que pasee tres o más perros, aunque sean propios.
La novedad sería llevarlo a rango de ley y sumarle exigencias: capacitación obligatoria, una credencial digital y obligaciones concretas sobre el manejo y el control de los animales durante el paseo.
Para guarderías y pensionados, el proyecto fija estándares mínimos: espacios cerrados y seguros, ventilación, luz natural, áreas de recreación, descanso y aislamiento, superficie mínima según el tamaño del animal, personal capacitado, un veterinario responsable, protocolos de emergencia y evacuación, y registro de cada huésped. Si dejás a tu perro cuando te vas de viaje, esa lista sirve desde hoy como checklist para elegir dónde.
5. Chacarita: un cementerio y crematorio de animales
Es la parte más emotiva y, probablemente, la que más debate genere. El proyecto modificaría la normativa vigente para habilitar el entierro y la cremación de perros y gatos, y crear un cementerio de animales administrado por la Ciudad en Chacarita, con crematorio, un espacio común de memoria y despedida, y sectores para sepulturas o para guardar cenizas, según el espacio disponible.
¿Qué pasa hoy? La Ley 5.470, sancionada en diciembre de 2015, incorporó la cremación de perros y gatos al régimen mortuorio porteño (Ley 4.977): hay un registro de cremaciones, el cuerpo debe estar individualizado y se exige un certificado veterinario. La alternativa pública es el Instituto de Zoonosis Luis Pasteur, en Caballito, que recibe unos 600 animales muertos por mes y los destina a una cremación colectiva, sin recuperación individual de cenizas. En el mercado privado, a comienzos de 2026, una cremación colectiva costaba entre $120.000 y $130.000, y una individual arrancaba en $140.000 y podía superar los $190.000.
La idea tampoco nació ahora. En mayo de 2026, los legisladores Emmanuel Ferrario y Graciela Ocaña presentaron un proyecto (expediente 1694-D-2026) para crear un Servicio Público de Cremación de Animales de Compañía en Chacarita, con aranceles regulados, descuentos para rescatistas y gratuidad para animales sin tutor conocido y para familias en situación de vulnerabilidad. En septiembre, Ocaña contó a La Nación que habían pedido su tratamiento urgente y que el oficialismo no lo había habilitado. La propuesta del Ejecutivo habla, además, de sectores para sepulturas.
6. Lo que arranca el 1 de noviembre (sin esperar la ley)
Junto con el proyecto, la Ciudad anunció una ampliación de servicios veterinarios gratuitos que no depende de la Legislatura:
- Móviles de atención clínica básica en las 15 comunas, de lunes a sábado de 9 a 13, con turno por Animales BA.
- Castraciones en el centro de Costanera Sur, de lunes a viernes de 14 a 19, con turno previo.
- Ecografías en el centro de Villa Soldati (Islas Malvinas 100), lunes, martes, jueves y viernes de 14 a 19, con turno y derivación de un veterinario del Gobierno porteño.
Animales BA es el portal oficial que concentra adopciones, animales perdidos y encontrados, vacunación, castraciones y denuncias por maltrato o abandono.
¿Familia o cosa? Lo que una ley porteña puede (y no puede) cambiar
El anuncio arranca con una frase fuerte: en la Ciudad, perros y gatos son parte de la familia. Como mensaje político, es claro. Jurídicamente, hay que bajarlo a tierra.
El Código Civil y Comercial de la Nación sigue tratando a los animales como cosas muebles, las que “pueden desplazarse por sí mismas” (art. 227). Y ese Código lo dicta el Congreso (art. 75, inc. 12, de la Constitución Nacional), no la Legislatura porteña. Una ley de la Ciudad puede regular el transporte, la salud pública, los cementerios o los registros locales, pero no cambiar la naturaleza jurídica de un animal.
Lo que sí viene cambiando es la mirada de los tribunales. En 2015, la justicia argentina reconoció a la orangutana Sandra como sujeto no humano titular de derechos. En 2025, la Sala L de la Cámara Nacional en lo Civil confirmó un régimen de comunicación para dos perros tras un divorcio, con referencia expresa a la “familia multiespecie”. Otros juzgados del país fueron en la misma línea, aunque no todos: en Córdoba, un juez se negó a homologar un acuerdo de visitas por dos perras. La protección penal, mientras tanto, sigue apoyada en la Ley 14.346, de 1954, que castiga el maltrato y los actos de crueldad.
Lo que todavía no sabemos
- ¿La identificación será obligatoria o voluntaria? ¿Con qué plazo?
- ¿Con qué soporte: microchip, código QR, chapita? ¿Quién lo coloca y cuánto cuesta?
- ¿Habrá multas para quien no registre a su animal?
- ¿Qué pasa con los perros y gatos comunitarios, que no tienen un tutor único?
- En el colectivo: ¿qué horarios, cuántos animales por unidad y quién controla? ¿El chofer decide si una transportadora es “adecuada”?
- ¿Quién accede a los datos del registro y con qué resguardos?
- ¿Cuándo estaría listo el cementerio y cuánto costarían sus servicios?
El debate que viene
Quienes apoyan la iniciativa destacan que reúne en una sola ley temas hoy dispersos en ordenanzas, decretos y resoluciones; que un registro único facilita encontrar animales perdidos y controlar vacunas y zoonosis; que pone estándares a servicios que crecieron sin reglas claras; y que reconoce una realidad estadística: según la Encuesta Anual de Hogares 2022, uno de cada dos hogares porteños convive con un animal, con unos 490.000 perros y 368.000 gatos.
Las objeciones y dudas pasan por otro lado: el resguardo de una base estatal con datos personales de cientos de miles de vecinos; el costo y la burocracia si el registro es obligatorio; la capacidad real de control, a la luz de padrones anteriores; la convivencia en colectivos con poco espacio, pasajeros con alergias o temor a los animales y la responsabilidad que podría recaer sobre los choferes; y, en la gastronomía, los reparos de higiene que plantean algunos cocineros. También hay una discusión política: legisladores de otros bloques venían impulsando iniciativas parecidas, como la Ley Huellas o el crematorio de Chacarita, y reclamaban su tratamiento.
La Legislatura tendrá que resolver esos puntos. Y ahí, como siempre, el diablo (o el gato) está en los detalles.
En zapatillas: qué podés hacer hoy
- Subte: sábados desde las 13 y domingos y feriados, en el último vagón, con transportadora cerrada y ventilada, un animal por persona y la antirrábica al día.
- Colectivo: por ahora, no. Si la ley se aprueba, fijate que la línea sea de jurisdicción porteña.
- Paseador: pedile la credencial del Registro de Paseadores y controlá que no lleve más de ocho perros a la vez.
- Guardería: usá la lista del proyecto como checklist: veterinario responsable, ventilación, espacio y protocolos de emergencia.
- Veterinaria gratuita: desde el 1 de noviembre, sacá turno por Animales BA para los móviles, las castraciones o las ecografías.
- Si tu animal muere: la cremación privada requiere certificado veterinario; la alternativa pública hoy es la cremación colectiva del Instituto Pasteur.
- Maltrato o abandono: se denuncia ante el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad.
La yapa
Cuando en 2016 la Legislatura habilitó a perros y gatos en el subte, en Derecho en Zapatillas hicimos una encuesta: una leve mayoría se oponía, con el subte en el estado en que estaba. Hoy viajar con el gato un domingo es parte del paisaje. Diez años después, la discusión se muda al colectivo… y a Chacarita.
Normas y fuentes
- Infobae (26/10/2026): detalles del proyecto y de los servicios veterinarios
- La Nación (26/10/2026): el proyecto del Gobierno porteño
- La Nación (11/09/2026): el proyecto de crematorio público de Ferrario y Ocaña
- Noticias: servicios funerarios para mascotas y datos del Instituto Pasteur
- Ley 5.687 (mascotas en el subte)
- Decreto 1.972/2001 (Registro de Paseadores de Perros)
- Ley 5.470 (cremación de perros y gatos)
- Ley 26.858 (perros guía y de asistencia)
- Ordenanza 41.831 (1987)
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