Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Ataque homofóbico a una pareja gay en Ciudad de Buenos Aires

Cómo sigue el caso y adónde acudir por hechos de discriminación

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Nota redactada por por Alejandra Zani para Agencia Presentes

A Reyvis (25 años) le pegaron una patada en la cara. Fue el sábado 31 de agosto mientras caminaba de la mano con Luis, su pareja, por Almagro, Ciudad de Buenos Aires. Un grupo de siete varones los siguió hasta la esquina de Av. Córdoba y Bulnes, en donde los insultaron y golpearon.

“Después de darme una patada en la cara, se rieron de nosotros y empezamos a correr. Si hubieran querido robarnos, lo podrían haber hecho. No lo hicieron porque solo querían hacernos daño”, cuenta Rey a Presentes.

“Cuando nos dimos cuenta de que nos seguían, quisimos cruzar la calle en la esquina de Bulnes, pero el semáforo estaba rojo así que nos detuvimos a esperar. Ahí fue cuando volteé la cabeza y me llegó una patada en el ojo. Yo quedé en shock y Luis me tomó del brazo para que corriéramos”.

“Nos insultaron, nos dijeron putos de mierda, entre otras cosas, y dejaron de seguirnos cuando empezamos a correr”, contó Luis Martín.

Ese mismo día, por la tarde, Rey y Luis fueron a la Comisaría Nª 5 de la Policía de la Ciudad a hacer la denuncia que fue tipificada como denuncia “por lesiones leves”. Allí les dijeron que solo a través de la fiscalía podían acceder a un pedido de las cámaras de seguridad de la ciudad para intentar dar con sus agresores, pero que tendrían que esperar al lunes para hacerlo. La denuncia quedó registrada en la Policía y aún esperan la homologación por parte de la fiscalía para poder avanzar hacia la Defensoría LGBT.

 

¿Qué hacer ante un caso de discriminación y violencia homolesbotransodiante?

“Cuando existe un caso de violencia, lo primero que hay que hacer es ir a la comisaría de la zona donde se labra el acta. Ese acta se traslada a la fiscalía de turno que tiene la obligación de actuar de oficio para hacer las averiguaciones correspondientes para identificar a los agresores y hacer las pruebas necesarias”, explica a Presentes Ezequiel Rabines, abogado responsable del Frente de Diversidades y Disidencias de La Cámpora en la Ciudad de Buenos Aires y candidato a legislador porteño dentro del Frente de Todos, Todas y Todes.

“Una vez que la fiscalía ya hizo eso que se llama etapa de instrucción, la causa se traslada al juzgado para que ahí se pueda entrar en el debido proceso que es la identificación y notificación de los agresores, y para garantizarles el debido proceso de defensa, que es una obligación que le impone el Estado”, continúa.

Para Rabines, además, siempre es importante que, ante ataques de violencia y odio a diversidades y disidencias, puedan acercarse a la Defensoría LGBT. “Este es un servicio público que ofrece la ciudad y es importante que lo podamos utilizar. No pueden actuar como querella, pero sirven en el sentido de la asesoría, el acompañamiento y el registro”.

Además de las comisarías, un hecho de este tipo también puede denunciarse directamente ante la fiscalía de turno, las 24 horas, los 365 días del año, en el 0800 33 FISCAL en CABA., o las unidades fiscales de la provincia donde se esté.

Finalmente, el INADI también puede brindar contención y asesoramiento pero no lleva a cabo una acción judicial. Sí puede emitir un dictamen y justamente orientar.

 

Sin agravantes penales

En cuanto a los ataques de odio, explica el abogado, no hay agravantes penales por motivo de no estar tipificados en el código penal. “Ahí aparece la heteronormatividad en toda su costumbre. Todos los cuerpos normativos siempre fueron escritos por hombres blancos binarios heterosexuales y creo que está faltando una legislación que proteja a nuestras identidades. A ningún heterosexual le pegan por ir caminando por la calle, Pero a nosotros sí nos pasa. Eso tendría que tener algún agravante”.

Según Rabines, es porque no existe esta tipificación en los ataques de odio que la denuncia realizada por Rey será tipificada como una “denuncia por lesiones leves”. “Tampoco tenemos una ley antidiscriminatoria. Esto es equiparable a pensar en dos tipos que por una discusión de tránsito discuten y se pegan y uno sale lesionado. Pero a nosotros no nos pasa eso. Nosotros vamos caminando y nos pegan por nuestra forma de caminar, por nuestra forma de vestir o de hablar. Ese es el odio, y hay que empezar a tipificar ese odio”.

“No son casos aislados: son ataques de odio”

Manuel Mireles, docente de Desarrollo de las Comunidades en el Bachillerato Popular trans Mocha Celis y amigue de los agredidos, estuvo presente junto a Rey y Luis en todo momento. “Yo seguía en la fiesta en Shamrock cuando los atacaron, pero en cuanto me enteré me ofrecí a ir con ellos a todos lados. Al día siguiente llamamos a la Defensoría LGBT para que se hiciera un seguimiento del caso, pero necesitaban la denuncia y los aportes de la fiscalía”, explica. “Rey estaba muy movilizado entre la rabia, el enojo y el malestar de tener un ojo inflamado”.

A Manuel, que se identifica como una persona queer no binaria, ya lo habían agredido antes. Tampoco tuvo buenas experiencias con la policía. “En el caso de Rey, Luis y yo, somos lxs tres marikas y migrantes de Venezuela. Ya es la tercera vez en el año que un amigo me cuenta que le pasa algo similar, casualmente o no siempre venezolanos, pero en ocasiones anteriores no quisieron denunciar para no exponerse a la lógica que implica la policía”.

Para Manuel, no se trata solamente de un susto. “Es más que la incomodidad, o que te quieran humillar, sino también que te quede un ojo de la cara morado, con un hematoma grande y otras secuelas. Rey y Luis estuvieron llorando, asustados, y este no es un caso aislado. Es otro ataque de odio”.

Actualmente, la ley 23592 dispone que serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.

Además de la acción penal, en la cual es un derecho ser querellante, puede iniciarse acción civil para obtener una indemnización por las lesiones y el daño psicológico y moral padecido por el ataque.

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Nota elaborada por Agencia Presentes. Agencia de noticias LGBTI para América Latina. Coberturas desde Argentina, Paraguay, Perú, Chile, Honduras, Guatemala, El Salvador, Uruguay y México.

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