Censo nacional incluirá preguntas sobre género LGBT
El INDEC incluirá a las personas gay, bisexual, lesbianas y trans en las preguntas del Censo nacional del año 2020. Derechos básicos en un censo.
El censo nacional 2020 incorporará preguntas relacionadas con el sexo y la identidad de género. En el relevamiento se preguntará a cada persona su “sexo” y aparte cómo se percibe su “identidad de género”, que podrá ser mujer, varón, mujer trans/ travesti/ varón trans, otro e ignorado.
Desde ya que la persona podrá negarse a responder, sin perjuicio de lo cual la respuesta está alcanzada por el secreto estadístico.
Es decir, los datos del censo son confidenciales, anónimos según lo determina el decreto ley 17622/68. Esto significa que de ninguna forma se difundirán los datos personales ni familiares.
El cuestionario del censo incluirá entonces esas variables. Según un comunicado del Instituto Nacional de Estadística y Censo, las cédulas censales presentadas permitirán la continuidad de la publicación de los datos sobre hogares compuestos por parejas del mismo sexo y sus hijos.
Distintas organizaciones LGBT manifestaron su conformidad con esta nueva medida. Por ejemplo, Martín Canevaro, activista del colectivo Red Nacional 100% Diversidad y Derechos, destacó el “avance histórico en la visibilización de nuestras poblaciones” y mencionó: “será una experiencia inédita que se observará en el mundo entero”.
Como fundamento expresó que las variables censadas “nos permitirán obtener información oficial sobre condiciones de vida de la población travesti/ trans y LGBTI+ y sus hijes, para planificar políticas públicas y visibilizar sus necesidades”.
La orientación sexual no se preguntará por ser un dato sensible
El cuestionario del censo, se aclara, no incluye ninguna pregunta sobre la orientación sexual ya que esa no es la función de ningún censo poblacional.
Además, el censo no registra apellidos, solo nombres. Los censistas relevarán la información que les provee el/la jefe/a de hogar. No puede solicitar ningún documento para constatar esa información.
Por ende, no se diferencia entre los vínculos que están legalmente constituidos de los que no, para el censo no es relevante si las parejas están casadas o no, ni sí los hijos están legalmente reconocidos por ambas madres o padres.
Las personas trans (travestis, transexuales y transgenero) serán registradas respetando su nombre y género que indiquen, y no necesariamente el que figure en su documento de identidad. También pueden indicar sexo femenino o masculino según su expresión de género.
Derechos básicos en un censo – ley nacional de secreto estadístico
Por ley, las declaraciones y/o informaciones individuales no podrán ser comunicadas a terceros -aunque se trate de autoridades judiciales o de servicios oficiales ajenos al SEN-, ni utilizadas, difundidas o publicadas en forma tal que permitan identificar a la persona o entidad que las formuló.
Los servicios estadísticos periféricos podrán tener acceso a las informaciones individuales captadas por los servicios estadísticos centrales siempre que cuenten con instrumentos legales que establezcan el mismo régimen de obligaciones, prohibiciones y penalidades en resguardo del secreto estadístico.
Todo el personal del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS debe cumplir estrictamente con las obligaciones sobre secreto estadístico establecidas en el Artículo 13 de la Ley Nº 17.622 a efectos de resguardar la reserva de los datos individuales. Esta obligación se extiende también al personal de otros organismos de la Administración Pública Nacional que participe en proyectos conjuntos con el INDEC y que, en virtud de las tareas encomendadas, deban acceder a datos individuales.
Los consultores contratados por organismos internacionales o en virtud de toda otra normativa pública, los pasantes universitarios, así como el personal de organismos públicos no integrantes del Sistema Estadístico Nacional o entes privados que, en razón de la celebración de contratos o convenios con el INDEC, accedan a datos primarios resguardados por el secreto estadístico establecido por la Ley Nº 17.622, están asimismo obligados a la reserva de los datos individuales.
Todo el personal que ingrese al INDEC, cualquiera sea su categoría y condición, y todas las personas comprendidas en los Artículos precedentes, deberán notificarse del contenido del Anexo I que forma parte de esta Disposición, en el momento de hacerse cargo de sus funciones.
El secreto estadístico o confidencialidad de la información estadística es el resguardo legal que tiene toda persona física o jurídica, obligada a proporcionar datos a los servicios que integran el Sistema Estadístico Nacional, de que esos datos no serán utilizados con otros fines que los estadísticos.
El hecho de que la información se recopile con fines estadísticos implica que la misma no puede ser suministrada ni publicada sino en compilaciones de conjunto. Esto significa que de ninguna forma resulte posible identificar a las unidades estadísticas (personas, empresas, hogares, etc.).
Los funcionarios o empleados que revelen a terceros o utilicen en provecho propio cualquier información individual de carácter estadístico o censal de la cual tengan conocimiento por sus funciones, serán pasibles de exoneración y sufrirán además las sanciones que correspondan conforme lo previsto por el Código Penal (Libro II, Titulo V, Capitulo III).
Las personas que incurran en el incumplimiento de tales obligaciones son pasibles de la aplicación de los Artículos 156 y/o 157 del Código Penal que dicen:
“ARTICULO 156. — Será reprimido con multa de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500) a PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000) e inhabilitación especial en su caso por SEIS (6) meses a TRES (3) años el que teniendo noticia por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte de un secreto cuya divulgación pueda causar daño, lo revelara sin justa causa”.
“ARTICULO 157. — Será reprimido con prisión de UN (1) mes a DOS (2) años e inhabilitación especial por UNO (1) a CUATRO (4) años el funcionario público que revelare hechos, actuaciones o documentos que por la Ley deben quedar secretos”.