Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Alerta por aceite falsificado

Qué penas pueden caber por vender este aceite. Otras prohibiciones ANMAT del día

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Algún sátrapa falsificó el aceite y cómo no hay forma de saber si lo que se vende es alimento o con qué estará cortado, directamente se prohibió.

En concreto, la ANMAT prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado cuyo rótulo expresa: “Aceite de Girasol, Marolio, Elaborado y Fabricado por Vicentin SA. LC. calle 14 nro. 495, Avellaneda, Santa Fe, envase de 4.2 lts. y en relieve inverso con la leyenda vertical Caracas”, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado, dado que utiliza información de un alimento genuino, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

A quien hizo la falsificación, además de las penas por el delito de infracción a la ley de marcas, le puede caber el delito penal por adulterar alimentos. Seguramente esté en investigación. En caso de detectarlo, reportar al organismo y fiscalía penal.

Por otro lado, la ANMAT prohibió estos productos:

1) Mix de especias, 7 Especias, Tridosha, elaborado por Mayadevi y muchos amigos más (sic) Av. del Agricultor 822, Morrison, Córdoba.

2) Aceitunas de Mendoza, sabores de mi tierra, RNE: 04005247, RNPA: en trámite, elaborado por Artesanos Gourmet,, Av. Gral. Paz 178, Morrison, Córdoba.

3) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen y Curry, Pitta, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba.

4) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Romero y Mostaza, Vata, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba.

5) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Ajo y Pimentón Ahumado, Kapha, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba.

6) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Tomate Deshidratado, Orégano, Nuez Moscada y Pimentón Ahumado, Triodsha, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba.

 

Quitaesmaltes ANNA REMOVER EXPESS NAIL POLISH

Con relación al producto Quitaesmaltes ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH, según lo publicado en el Boletín Oficial, la ANMAT ordenó su retiro del mercado.

Esto ocurrió tras haber recibido una denuncia por parte de la empresa Laca Pac SA, elaboradora registrada y damnificada en ese caso, por usurpación del legajo 1716 ANMAT de habilitación sanitaria.

Según se desprende de la Disposición 376/2020 de la ANMAT, un tercero habría copiado el número de legajo de la firma Laca Pac, que sí está autorizada; y lo habría colocado en sus productos, sin autorización ni derecho para hacerlo, en perjuicio de Laca Pac, que elabora sus productos con un legajo genuino y legítimo desde hace años con reconocida trayectoria en el mercado.

El producto retirado del mercado por esa denuncia e investigación ulterior de ANMAT es “ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH, cont. Neto 60 ml, Industria Argentina, Leg Elab 1716, Res 155/98” cuyo rótulo carece de codificación de lote y vencimiento, en perjuicio de Laca Pac y del consumidor.

En su momento, la empresa Laca Pac, que había efectuado la denuncia por usurpación de legajo, planteó a la ANMAT lo siguiente: “tomamos conocimiento a través de un cliente localizado en la provincia de Córdoba, de la existencia de un quitaesmalte no elaborado por la empresa Laca Pac S.A. que lleva nuestro Legajo Elaborador. […] Desconocemos como es la cadena de comercialización de la marca de quitaesmalte ‘ANNA’ que usa el Legajo Elaborador de la empresa Laca Pac S.A. indebidamente, dejando constancia que la empresa Laca Pac S.A. no tienen ninguna responsabilidad sobre estos productos. solicitamos se dé intervención al área correspondiente, a los fines de retirar del mercado los productos, ya que desconocemos su procedencia […]” (el resaltado es propio).

Para completar la información, en el día 6 de febrero de 2020, Derecho En Zapatillas se comunicó con la ANMAT quien informó que la disposición actualizada es la que se linkea acá y se transcribe íntegramente abajo, que reseña los antecedentes y a la cual se remite.

Qué hacer en caso de constatar que un tercero usurpe un legajo ANMAT de una empresa autorizada

En general, en caso de que una empresa constate que otra empresa usa su legajo para promocionar otros productos, una usurpación o copia y lo coloque en sus etiquetas, debe contactar cuanto antes al ANMAT para que inicie las investigaciones y en su caso ordene el retiro del mercado.

Además, la empresa a la que eventualmente le usurpen el legajo, es decir, alguna persona u organización sin haber pedido el permiso ante ANMAT copie el legajo de otro habilitado y lo consigne en sus etiquetas, puede iniciar acciones legales contra el elaborador y vendedor de esos productos falsificados o con etiqueta falsa que pueden incluso resultar dañinos para el consumidor.

 

 

 

Anexo con nuevas resoluciones ANMAT

 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/224897/20200128

 

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 376/2020
DI-2020-376-APN-ANMAT#MS – Productos cosméticos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-02890556-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO

Que en las actuaciones citadas en el VISTO la entonces Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, hoy Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, recibió una denuncia por parte de la empresa LACA PAC SOCIEDAD ANÓNIMA por usurpación del legajo 1716 de habilitación sanitaria tramitado ante esta ANMAT.

Que mediante el expediente Ex -2019-109241198-APN-DVPS#ANMAT, con fecha 10 de diciembre de 2019, se cursó la queja que realizó la firma LACA PAC S.A. donde informó: “Tomamos conocimiento a través de un cliente localizado en la provincia de Córdoba, de la existencia de un quitaesmalte no elaborado por la empresa Laca Pac S.A. que lleva nuestro Legajo Elaborador. Ante esta información, procedimos a la búsqueda del mencionado producto en las redes sociales y tiendas on-line con el fin de verificar la información brindada por nuestro cliente. El producto se comercializa tanto en el sitio oficial de la marca en la red social Facebook como en sitios de venta online como Mercadolibre […] A los fines de contar con el producto, realizamos una compra por Mercadolibre al usuario “MARIACARITO2007” – María Carolina Mussi, de 10 unidades del producto ‘Lote De 10 Quitaesmaltes Anna’. El vendedor despachó los productos desde la calle Urquiza 375 1A, Santiago del Estero, CP 4300. Una vez que recibimos los productos, verificamos que el mismo contiene nuestro legajo Elaborador de forma ilegal. […] Desconocemos como es la cadena de comercialización de la marca de quitaesmalte ‘ANNA’ que usa el Legajo Elaborador de la empresa Laca Pac S.A. indebidamente, dejando constancia que la empresa Laca Pac S.A. no tienen ninguna responsabilidad sobre estos productos. solicitamos se dé intervención al área correspondiente, a los fines de retirar del mercado los productos, ya que desconocemos su procedencia […]”.

Que el producto ilegal sería un cosmético rotulado como “ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH, cont. Neto 60 ml, Industria Argentina, Leg Elab 1716, Res 155/98” cuyo rótulo carece de codificación de lote y vencimiento.

Que al respecto, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud indicó que la firma LACA PAC SA se encuentra habilitada ante esta ANMAT como Elaborador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes en las formas de esmaltes y quitaesmaltes y como Importador y Exportador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes, bajo legajo Nº 1716 y manifestó que no ha participado en ninguna etapa productiva correspondiente a este producto.

Que asimismo la mentada Dirección consultó la base de datos de inscripción de productos cosméticos y no halló ningún producto inscripto con tales datos identificatorios así como ningún otro que responda a la marca ANNA.

Que por su parte la Dirección constató que el producto se promociona mediante los siguientes link electrónicos que se encuentran vigentes al 17 de enero de 2020, a saber: a) https://www.facebook.com/AnnaEsmaltes/ ; b) https://www.facebook.com/annaesmaltessgo; c) https://www.facebook.com/ANNA-esmaltes-323517775134265/; d) https://www.facebook.com/323517775134265/photos/pcb.328480231304686/328480017971374/?type=3&theater

Que en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger a eventuales usuarios del uso de los productos ilegales, toda vez que se trata de productos cosméticos que carecen de inscripción ante la Autoridad Sanitaria competente, que declara datos no veraces en su rotulado, que se desconoce su origen y por lo tanto si fueron formulados con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto, motivo por el cual no puede garantizarse su calidad ni seguridad de uso, es que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió la prohibición preventiva de comercialización y uso del producto rotulado como “ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH, cont. Neto 60 ml, Industria Argentina, Leg Elab 1716, Res 155/98” cuyo rótulo carece de codificación de lote y vencimiento, en todas sus presentaciones.-

Que la medida sugerida se hace en virtud que tales productos estarían infringiendo los artículos 1° y 3° de la Res. (ex MS y AS) N° 155/98.-

Que conforme se desprende de las probanzas de autos, no se pudo constatar a prima facie que haya existido operatoria comercial en el ámbito interjurisdiccional y no existe constancia documental alguna que acredite la venta del producto en cuestión, razón por la cual esta Administración Nacional no tiene competencia para iniciar sumario sanitario, sin perjuicio de ello, corresponde prohibir el producto en cuestión a fines de proteger la salud de la población.

Que desde el punto de vista procedimental, con relación a las medidas aconsejadas por la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, esta Administración Nacional resulta competente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 inciso ñ) del Decreto Nº 1.490/92.

Que por lo expuesto, esta Coordinación de Sumarios no evidencia reparos legales y/o formales respecto del procedimiento llevado a cabo en estos actuados, concluyendo que las medidas aconsejadas por la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud devienen ajustadas a derecho.

Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Dirección Coordinación han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, del producto rotulado como: “ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH, cont. Neto 60 ml, Industria Argentina, Leg Elab 1716, Res 155/98” cuyo rótulo carece de codificación de lote y vencimiento, en todas sus presentaciones, por las razones expuestas en el Considerando.

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria, a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos. Manuel Limeres

e. 28/01/2020 N° 3721/20 v. 28/01/2020

Fecha de publicación 28/01/2020

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 379/2020
DI-2020-379-APN-ANMAT#MS – Productos alimenticios: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2019-99254004-APN-DFVGR#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO

Que en las actuaciones citadas en el VISTO el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB) informó las acciones en relación a la comercialización del producto: “Yerba mate con palo marca Ríos, RNPA N° 14026057, RNE N° 14000758, Mitre 33, Entre Ríos- Argentina con el logo Oficial de Alimento Libre de gluten”, que no cumplen la normativa alimentaria vigente.

Que por ello, el ICAB notificó el Incidente Federal N° 2005 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria – Red SIVA.

Que ante esta situación, el ICAB indicó que realizó las consultas federales N° 4281, 4395 y 4725 a la División de Alimentos de la provincia de Misiones a fin de verificar los registros y la información declarada en el rótulo, a lo que éste informó que el RNE exhibido en el rótulo se encontraba dado de baja y el RNPA se correspondía con otro producto “Yerba Mate elaborada con palo, MARCA RÍO” que pertenece a otro RNE, cuya razón social es Cooperativa Agrícola Río Paraná Limitada, Ruta Prov. N° 5 Km 4, Misiones y que no se encuentra autorizado como libre de gluten.

Que atento ello, la División de Alimentos de la provincia de Misiones en conjunto con el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), mediante acta de inspección N° A 0000006, realizó una inspección en el establecimiento Cooperativa Agrícola Rio Paraná Limitada, encontrándose el mismo cerrado.

Que por ello los fiscalizadores de la División de Alimentos de la provincia de Misiones se comunicaron con el presidente de la misma y manifestó que la producción del producto marca “Ríos” se realizó hasta Septiembre de 2018 y actualmente no poseía producto ni envases.

Que en consecuencia, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL categorizó el retiro Clase III, y a través de un Comunicado SIFeGA puso en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y solicitó que en caso de detectar la comercialización del referido alimento en sus jurisdicciones, en cualquier presentación y lote procedieran de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2 del anexo 1 del artículo 1415 del Código Alimentario Argentino (CAA) concordado con los artículos 2°, 9° y 11° de la Ley N° 18.284, informando a dicho Instituto acerca de lo actuado.

El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley Nº 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto Nº 2126/71 y a los artículos 6º bis, 13º, 155º, 1383º y 1383º bis del CAA, por carecer de registro de establecimiento y de producto, por utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal y por estar falsamente rotulado, en consecuencia ilegales.

Atento a ello, el Departamento Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.

Conforme se desprende de las probanzas de autos, no se pudo constatar a prima facie que haya existido operatoria comercial relacionada con el producto en cuestión fuera del ámbito de la provincia de Entre Ríos, y no existe constancia documental alguna que acredite la venta del producto en cuestión, por lo que no corresponde a esta Administración Nacional iniciar sumario sanitario, sin embargo, corresponde prohibir el producto en cuestión a fines de proteger la salud de la población.

Que con relación a la medida sugerida esta Administración Nacional resulta competente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 inciso ñ) del Decreto Nº 1490/92.

Que el INAL y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como: “Yerba mate con palo MARCA RÍOS, RNPA N° 14026057, RNE N° 14000758, Mitre 33, Entre Ríos- Argentina con el logo Oficial de Alimento Libre de gluten”, por las razones expuestas en el Considerando.

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y al Instituto Nacional de Alimentos. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Coordinación de Sumarios, a sus efectos. Manuel Limeres

e. 28/01/2020 N° 3726/20 v. 28/01/2020

 

 

 

 

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 378/2020
DI-2020-378-APN-ANMAT#MS – Productos alimenticios: Prohibición de comercialización.
Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2019-115093149-APN-DFVGR#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO

Que en las actuaciones citadas en el VISTO el Departamento de Bromatología de la provincia de Chubut recibió una denuncia en relación a la comercialización de los productos rotulados como : “1) Mix de especias, 7 Especias, Tridosha, RNE: 04005247, RNPA: en trámite, elaborado por Mayadevi y muchos amigos más, Av. del Agricultor 822, Morrison, Córdoba. 2) Aceitunas de Mendoza, sabores de mi tierra, RNE: 04005247, RNPA: en trámite, elaborado por Artesanos Gourmet, Federico Bianchi, Av. Gral. Paz 178, Morrison, Córdoba. 3) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen y Curry, Pitta, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba. 4) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Romero y Mostaza, Vata, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba. 5) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Ajo y Pimentón Ahumado, Kapha, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba. 6) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Tomate Deshidratado, Orégano, Nuez Moscada y Pimentón Ahumado, Triodsha, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba.”, que no cumplen la normativa alimentaria vigente.

Ante esta situación, el Departamento de Bromatología de la provincia de Chubut indicó que realizó una consulta federal N° 3178 a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba a fin de verificar si los registros de RNPA y RNE se encuentran vigentes, a lo que se informó que el RNE está vigente, y el RNPA pertenece a otro producto.

Que por ello, el Departamento de Bromatología de la provincia de Chubut notificó el Incidente Federal N° 1715 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria – Red SIVA.

Que en consecuencia, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba emitió un alerta y la prohibición preventiva de elaboración, fraccionamiento, comercialización, trasporte y exposición, en todo el territorio nacional de los productos investigados, puso en conocimiento de los hechos al elaborador y le solicitó que informara la estrategia de retiro de los productos denunciados.

Que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL categorizó el retiro Clase III, y a través del Comunicado SIFeGA N° 1668 puso en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país, a la vez que solicitó realizar el monitoreo del retiro de los productos por parte de la empresa para que, en caso de detectar la comercialización de los referidos productos en sus jurisdicciones, procedan de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2 del anexo del artículo 1415 del CAA concordado con los artículos 2°, 9° y 11° de la Ley Nº 18.284, informando a ese Instituto acerca de lo actuado.

Que los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley Nº18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto Nº 2126/71 y a los artículos 6º bis, 13º y 155º del CAA, por carecer de autorización de producto y por estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal.

Que atento a ello, el Departamento Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos.

Que conforme se desprende de las probanzas de autos, no se pudo constatar a prima facie que haya existido operatoria comercial relacionada con el producto en cuestión fuera del ámbito de la provincia de Chubut y no existe constancia documental alguna que acredite la venta del producto en cuestión, por lo que no corresponde a esta Administración iniciar sumario sanitario, sin embargo, corresponde prohibir el producto en cuestión a fines de proteger la salud de la población.

Que con relación a la medida sugerida esta Administración Nacional resulta competente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 inciso ñ del Decreto Nº 1490/92.

Que el INAL y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: “1) Mix de especias, 7 Especias, Tridosha, RNE: 04005247, RNPA: en trámite, elaborado por Mayadevi y muchos amigos más, Av. del Agricultor 822, Morrison, Córdoba. 2) Aceitunas de Mendoza, sabores de mi tierra, RNE: 04005247, RNPA: en trámite, elaborado por Artesanos Gourmet, Federico Bianchi, Av. Gral. Paz 178, Morrison, Córdoba. 3) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen y Curry, Pitta, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba. 4) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Romero y Mostaza, Vata, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba. 5) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Ajo y Pimentón Ahumado, Kapha, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba. 6) Aderezo a base de Aceite de Oliva Extra Virgen, Tomate Deshidratado, Orégano, Nuez Moscada y Pimentón Ahumado, Triodsha, Mayadevi, RNE: 04005247, RNPA: 04065019, elaborado por Artesanos Gourmet, Av. Gral. Paz 175, Morrison, Córdoba.” por las razones expuestas en el Considerando.

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Chubut, a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y al Instituto Nacional de Alimentos. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dese a la Coordinación de Sumarios, a sus efectos. Manuel Limeres

 

 

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 377/2020
DI-2020-377-APN-ANMAT#MS – Productos alimenticios: Prohibición de comercialización.
Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2020

VISTO el EX-2019-90872887-APN-DFVGR#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones citadas en el VISTO se iniciaron a raíz de un informe del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria informe Nº 1298 Leg/19 agregado en el orden 44 a través del cual ese departamento pone en conocimiento que las actuaciones se inician a instancias de un particular que interpone ante el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, una denuncia por falsificación de alimento, el producto que se denuncia expresa en su rótulo: “Aceite de Girasol, Marolio, Elaborado y Fabricado por Vicentin SA. LC. calle 14 nro. 495, Avellaneda, Santa Fe, envase de 4.2 lts. y en relieve inverso contiene la leyenda vertical Caracas”, el cual que no cumpliría la normativa alimentaria vigente.

Que el denunciante se identifica y acredita como titular del producto: Aceite de Girasol Marca Marolio, acompaña registro, y adjunta los certificados del RNE, RNPA y Titulo de marca y acompaña rotulo en comparativa con el legítimo del producto que elabora y el falsificado.

Que el denunciante informa que el producto en cuestión no ha sido elaborado por ellos y no otorgó autorización a terceros para impresión de rótulos, fraccionamiento y envasado.

Que atento ello, el denunciante manifiesta que ignora si el producto se encuentra adulterado, ya que desconoce su contenido toda vez que la promoción se realiza a través de la red social Facebook y se comercializa en algunos puntos del mercado central de la provincia de Buenos Aires.

Que a los fines de acreditar sus dichos el denunciante ofrece los link de comercialización, las capturas de pantalla con los enlaces de los diferentes usuarios de la red social Facebook donde se está promocionando el producto falsificado, y también ofrece como prueba una tarjeta de contacto que pertenece a una distribuidora, que contiene un numero de celular impreso y otro en manuscrito.

Que el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71, los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por ser un producto falsificado, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal.

Que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

Que atento a ello, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto citado.

Que desde el punto de vista procedimental, con relación a las medidas aconsejadas por la Dirección de Evaluación y Registro de Alimentos, esta Administración Nacional resulta competente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 incisos ñ del Decreto Nº 1490/92.

Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/1992 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado cuyo rótulo expresa: “Aceite de Girasol, Marolio, Elaborado y Fabricado por Vicentin SA. LC. calle 14 nro. 495, Avellaneda, Santa Fe, envase de 4.2 lts. y en relieve inverso con la leyenda vertical Caracas”, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado, dado que utiliza información de un alimento genuino, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Se adjunta imagen de los rótulos de forma comparativa del alimento ilegal y del producto genuino, que registrado con el número IF-2019-108710908-APN-DERA#ANMAT forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y al Instituto Nacional de Alimentos. Gírese al INAL. Cumplido, archívese. Manuel Limeres

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

 

 

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 234/2020
DI-2020-234-APN-ANMAT#MS – Productos médicos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-111750374-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones debido a que mediante actuación sumarial N° 18097-6-2019 tramitada por la División Aduana de Córdoba, en el marco del Expte FCB 23576/2019, se realizaron una serie de allanamientosdonde se secuestraron varios productos.

Que posteriormente, con fecha 06/08/19 personal de laDirección de Vigilancia de Productos para la Salud(hoy Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud) se constituyó en el Depósito de Mercaderías de Secuestros y Rezagos de la Aduana de Córdoba a fin de realizar una observaciónpormenorizada de los secuestros y retirar en carácter de muestra para posterior verificación aquellos que pudieran categorizarse como medicamentos.

Que, así las cosas, se remitieron a la DVPS para su verificación los siguientes productos: 1.- ENANTHATE DE TESTOSTERONE 250MG/ML, 10 ML. Lote 9A70488. Vencimiento 11/10/18. Elaboradopor ADRIANMARINER LABS, 2.- TESTOCYP TESTOSTERONE CYPIONATE U.S.P. 250MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Lote TC17002.Vencimiento 07-2021. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 3.- TESTORAPID TESTOSTERONE PROPIONATE U.S.P. 100MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. LoteTR17005. Vencimiento 09- 2021. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 4.- TRENBOLIN TRENBOLONE ENANTHATE INJ. 250MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Lote TBL17001.Vencimiento 04/2021. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 5.- REXOGIN STANOZOLOL 50MG/ML 10ML MULTIDOSE VIAL. Lote RXX15001. Vencimiento OCT.2019.Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 6.- TRENARAPID TRENBOLONE ACETATE 100MG/ML 10ML MULTIDOSE VIAL. Lote TAX17002.Vencimiento 10/2021. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 7.- PROMIFEN CLOMIPHENE CITRATE TABLETS USP 50MG 50 TABLETS. Lote PL17004. Vencimiento07/2020. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 8.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Lote ATM17001. Vencimiento11/2020. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 9.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Lote ATM16002. Vencimiento10/2019. Elaborado por ALPHAPHARMA HEALTHCARE, 10.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Lote ATM16002. Vencimiento10/2019. Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 11.- PROVIBOL MESTEROLONE TABLETS 25MG 50 TABLETS. Lote PVB1701. Vencimiento NOV.2020.Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 12.- OXANABOL OXANDROLONE TABLETS USP 10MG 50 TABLETS. Lote OX17002. Vencimiento 01/2020.Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 13.- ALPHABOL METHANDIENONE TABLETS 10MG 50 TABLETS. Lote AO1504. Vencimiento 08/2018.Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 14.- ANAZOLE ANASTROZOLE TABLETS 1MG 30 TABLETS. Lote AZ17002. Vencimiento OCT 2020.Elaborado por ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 15-. PROVIRON MESTEROLONE 25MG 2X10TABS. Lote MP03960. Vencimiento 03-22. Elaborado por BAYER PHARMA AG, 16.- NEBIDO 1000MG/4ML UNDECANOATO DE TESTOSTERONA 1000MG 1 AMPX4ML. Lote MP 51062W.Vencimiento 03-2020. Elaborado por BAYER, 17.- METHANDIENONE 10MG por 2000 comprimidos. Elaborado por BD LAB, 18.- STANOZOLOL 10MG por 2000 comprimidos. Lote S1. Vencimiento AUG 2021. Elaborado por BD LAB, 19.- TRI-TRENABOL 150 TREMBOLONE ACETATE 10ML. Vencimiento 10-2022. Elaborado por BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, 20.- BOLDABOL 200 BOLDENONE UNDECLYLENATE 10ML. Vencimiento 12-2022. Elaborado por BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, 1.- PRIMOBOL 100 METHENOLONE ENANTHATE 10ML. Vencimiento 02/2023. Elaborado por BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, 22.- TESTABOL ENANTHATE 250 TESTOSTERONE ENANTHATE 10ML. Vencimiento 02/2021. Elaboradopor BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, 23.- TRENABOL 75 TREMBOLONE ACETATE 10ML. Vencimiento 07-2023. Elaborado por BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, 24.- TESTABOL DEPOT TESTOSTERONE CYPIONATE 10ML. Vencimiento 01- 2021. Elaborado por BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, 25.- DECABOLIC NANDROLONE DECANOATE 250MG/ML 10 AMPOULES 1 ML. Lote HL1772.Vencimiento 10/21. Elaborado por COOPER PHARMA LIMITED, 26.- ANAVAR CONTROLLED-RELEASE NATURAL STEROIDAL ANABOLIC AGENT 633MG 180OCT.Lote 806370811. Vencimiento 09/23. Elaborado por HI-TECH PHARMACEUTICALS, 27.- SUPERDROL WORLD’S STRONGEST PROHORMONE 42CT. Lote C963. Vencimiento 09/22. Elaborado por HI-TECH PHARMACEUTICALS, 28.- DECABOLIN WORLD’S BEST ANABOLIC PROHORMONE 60CT. Lote C1026. Vencimiento 07/23.Elaborado por HI-TECH PHARMACEUTICALS, 29.- 1-TESTOSTERONE HIGHLY ANABOLIC PROHORMONE 60CT. Lote C1056. Vencimiento 10/23.Elaborado por HI-TECH PHARMACEUTICALS, 30.- METANDROL METANDROSTENOLONA 25MG 50 COMP. Lote 001M23. Vencimiento 02/2019. Elaborado por IDN PHARMATECH, 31.- STANOBOLIN ESTANOZOLOL 50MG/ML 30ML VIAL. Lote PI-002S2. Vencimiento 04/2019. Elaborado por IDN PHARMATECH, 32.- NANDROBOLIN FENILPROPIONATO DE NANDROLONA BP 100MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Lote PI-004N1. Vencimiento 04/2019. Elaborado por IDN PHARMATECH, 33.- SOSTENON COMPUESTO DE TESTOSTERONA 250MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Lote PI-S1-8.Vencimiento 10/2020. Elaborado por IDN PHARMATECH, 34.- TESTOFORT ENANTATO DE TESTOSTERONA USP 250 MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Lote PI002T5.Vencimiento 04/2019. Elaborado por IDN PHARMATECH, 35.- TRENVIDEN PLUS TREMBOLONA HEXAHIDROBENCILCARBONATO 76,5 MG 10 AMPOLLAS DE1,5ML. Lote LD-1742. Vencimiento JULIO 2019. Elaborado por IDN PHARMATECH, 36.- CYPIOBOL CIPIONATO DE TESTOSTERONA 250MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Lote LD-1752.Vencimiento OCT.2019. Elaborado por IDN PHARMATECH, 37.- 7-KETO 50MG BOOST YOUR TESTOSTERONE 60CAPS. Lote 10047. Vencimiento 03/2021. Elaborado porKN NUTRITION, 38.- DMZ IMPROVE YOUR GAINS 60CAPS. Lote 5566. Vencimiento 11/20. Elaborado por KN NUTRITION, 39.- CARDARINE SARMS 60 CAPSULES. Lote 1016. Vencimiento 09/2021. Elaborado por KN NUTRITION, 40.- OSTARINE SARMS 60 CAPSULES. Lote 10010. Vencimiento 08/2021. Elaborado por KN NUTRITION, 41.- DHEA 100MG TESTOSTERONE BOOST 60 CAPSULES. Lote 10002. Vencimiento 08/2021. Elaborado porKN NUTRITION, 42.- DHEA 50MG TESTOSTERONE BOOST 60 CAPSULES. Lote 11758. Vencimiento 11/2020. Elaborado porKN NUTRITION, 43.- DECA-DROBOL 200 NANDROLON PHENIL PROPIONAT 100MG/ML NANDROLON DECANOAT100MG/ML. Vencimiento 10/2019. Elaborado por MAGER, 44.- STANOZOLOL – TESTOSTERONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 45.- GIGANTE 10 MG – STANOZOLOL METANDROSTENOLONA CIPROHEPTADINA 100 TABLETS.Elaborado por MD LABORATORY, 46.- OXIMETOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 47.- OXANDROLONA ANAVAR 5MG 50 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 48.- ANASTROZOL 1MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 49.- SUPER GIGANTE 12MGOXIMETOLONA METANDROSTENOLONA CIPROHEPTADINA 100TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 50.- MESTEROLONA 25MG PROVIRON 50 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 51.- TRIACANA TRIIODORITOACETICO 1MG 60 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 52.- HEPATOPROTECTOR SILIMARINA ACIDO TIOCTICO 300MG 50 TABLETS. Elaborado por MDLABORATORY, 53.- CLENBUTEROL 20MG 60 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 54.- DIANABOL METANDROSTENOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 55.- STANOZOLOL 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 56.- VASODILATADOR ACIDO NICOTINICO 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 57.- COMPLEJO 13 ESTANOZOLOL METANDROSTENOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MDLABORATORY, 58.- FLUOXYMESTERONE HALOTESTIN 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 59.- GENOZIM CLOMIFENO CITRATO 50MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 60.- TAMOXIFENO TABLETS USP 20MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 61.- PARABOLAN TRENBOLONE HEXAHYDROBENCYLCARBONATE 150MG INJECTION 10ML. LoteE142.Vencimiento 02/19.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 62.- EQUIPOISE-400 BOLDENONE UNDECYLENATE 400MG INJECTION 10ML. Lote Q435.Vencimiento06/20.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 63.- TESTO-SUS 100 TESTOSTERONE SUSPENSION 100MG INJECTION 10ML. Lote Y842.Vencimiento08/18.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 64.- T-PROP TESTOSTERONE PROPIONATE 100MG INJECTION 10ML. Lote 9P73.Vencimiento10/20.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 65.- MAST-DEPOT DROSTANOLONE ENANTHATE 200MG INJECTION 10ML. Lote F752.Vencimiento02/19.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 66.- CARNIPURE-2000 ACETYL L-CARNITINE 200MG INJECTION 10ML. Lote C601.Vencimiento09/19.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 67.- PRIMO-25 METHENOLONE ACETATE 25MG 50 TABLETS. Lote 10005.Vencimiento 01/22.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 68.- HALOTESTIN FLUOXYMESTERONE 10MG 50 TABLETS. Lote 10250.Vencimiento 12/20.Elaborado porMEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 69.- DIANABOL METHANDIENONE 10MG 100 TABLETS. Lote 10625.Vencimiento 06/20.Elaborado porMEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 70.- NANDROLONE DECANOATE 10ML 200MG/ML DE DECANOATO DE NANDROLONA INYECCION.Lote L225.Vencimiento 05/23. Elaborado por ORGANON, 71.- DECA-DURABOLIN 100MG INJECTION NANDROLONE DECANOATE. Lote 573.Vencimiento MAR2020.Elaborado por ORGANON/PHARMATEC PAKISTAN, 72.- METHANE 10MG/TABS 50 TABS METHANDROSTENOLONE. Lote 52720.Vencimiento 01-2020.Elaborado por ROIDNG,73.- MESTEROLONE 25MG 30USP TABLETS. Lote 254412.Vencimiento 12/18.Elaborado por ROSTOV PHARMA,74.- TESTOSTERONE PROPIONATE 10MG 100USP TABLETS. Lote 554178.Vencimiento 12/20.Elaborado por ROSTOV PHARMA,75.- OXANDROLONE 10MG 50USP TABLETS. Lote 88657.Vencimiento 12/21.Elaborado por ROSTOV PHARMA,76.- OXYMETHOLONE 50MG 30USP TABLETS. Lote 66522.Vencimiento 12/19.Elaborado por ROSTOV PHARMA,77.- OXYMETHOLONE 50MG 30USP TABLETS. Lote 0025717H.Vencimiento 10/2019.Elaborado por ROSTOV PHARMA,78.- ANASTROZOLE 1MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA,79.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 60 CAPSULES. Lote 36843. Vencimiento 01/05/2020. Elaborado por SARM SOURCE,80.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 60 CAPSULES. Lote 37220. Vencimiento 01/15/2021. Elaborado por SARM SOURCE,81.- SS SARMS SOURCE GW501516 60 CAPSULES. Lote 36836. Vencimiento 01/05/2020. Elaborado por SARM SOURCE,82.- SS SARMS SOURCE MK2866 60 CAPSULES. Lote 37221. Vencimiento 01/15/2021. Elaborado por SARM SOURCE,83.- HORMO TECH 10 UI RECOMBINANT HUMAN GROWTH HORMONE FOR INJECTION. Vencimiento09-2020. Sin datos de elaborador,84.- GENERICOS T-4 TESTOSTERONA 4 ESTERES 250MG POR ML. Lote 46752. Vencimiento 01/2023. Sin datos de elaborador,85.- SUSTANON-250. Sin datos de elaborador,86.- SS SARM SOURCE MK2866 OSTARINE 50MG/ML 30ML. Lote 25719. Vencimiento 01/03/2020. Sin datos de elaborador,87.- SS SARMS SOURCE MK2866 OSTARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador,88.- SS SARM SOURCE GW501516 CARDARINE 20MG/ML 30ML. Lote 25714. Vencimiento 01/02/2020. Sin datos de elaborador,89.- SS SARMS SOURCE S4 ANDARINE 50MG/ML 30ML. Lote 25723. Vencimiento 01/04/2020. Sin datos de elaborador,90.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 LIGANDROL 10MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador,91.- CARDARINE SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Lote 18505.Vencimiento 5/20. Sin datos de elaborador,92.- LIGANDROL SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Lote 18408.Vencimiento 06/20. Sin datos de elaborador,93.- IBUTAMOREN SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Lote 18507.Vencimiento 5/20. Sin datos de elaborador,94.- OSTA-B SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Lote 190311. Vencimiento 06/21. Sin datos de elaborador,95.- OSTA/CARD RIPPED 60 CAPSULES. Lote 18406. Vencimiento 06/20. Sin datos de elaborador,96.- AZINOL ANABOLIC AGENT 60. Lote 17905. Vencimiento 9/19. Sin datos de elaborador,97.- BUILT TRI-THREAT 60. Lote 18405. Vencimiento 06/20. Sin datos de elaborador,98.- BUILT LEANMASS 60. Lote 17502. Vencimiento 05/19. Sin datos de elaborador,99.- BUILT RECOVERY 60 CAPSULES. Lote 18409. Vencimiento 06/20. Sin datos de elaborador,100.- STROL-50 ANABOLIC AGENT 60. Lote 17903. Vencimiento 9/19. Sin datos de elaborador,101.- BUILT MASS 60. Lote 17501. Vencimiento 05/19. Sin datos de elaborador,102.- 4 MIDABLE MASS 60. Lote 18303. Vencimiento 01/20. Sin datos de elaborador,103.- 3 COMPOUND CUTS 60. Lote 18304. Vencimiento 01/20. Sin datos de elaborador,104.- DHEA 50MG DEHYDROEPIANDROSTERONE 60 CAPSULES. Lote 806680. Vencimiento 07/21.Elaborado por SUN NATURALS,105.- MYO – BOLIC YK-11 BIO – GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Lote 34566. Vencimiento 3/19. Elaborado por SYNCO LABS,106.- CARDARINE GW-501516 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Lote 34566. Vencimiento 8/20. Elaborado por SYNCO LABS,107.- SR-9009 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Lote 34566. Vencimiento 3/19. Elaborado por SYNCO LABS,108.- IBUTAMORIN MK-677 SARM 60ML. Lote 34566. Vencimiento 3/19. Elaborado por SYNCO LABS,109.- GSX-R GW+SR9 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Lote 34566. Vencimiento 8/20. Elaborado por SYNCO LABS,110.- LIGNDROL LGD-4033 SARM 60ML. Lote 34566. Vencimiento 3/19. Elaborado por SYNCO LABS,111.- DHEA DEHYDROEPIANDROSTERONE SUPPLEMENT 100CAPSULES 50MG. Lote 1803320.Vencimiento 04/21. Elaborado por ULTIMATE NUTRITION,112.- DHEA DEHYDROEPIANDROSTERONE SUPPLEMENT 100CAPSULES 50MG. Lote 1610117.Vencimiento 10/19. Elaborado por ULTIMATE NUTRITION,113.- WINSTROL DEPOT STANOZOLOL 10 ML MULTIDOSIS 50MG POR ML. Lote M245. Vencimiento 10-2020. Elaborado por ZAMBON S.A,114.- HORMOTROP SOMATROPINA 12UI. Lote GC21237. Vencimiento: 10/19. Elaborado por Bergamo.

Que realizada la consulta correspondiente a la Dirección de Gestión de Información Técnica en relación a la habilitación de los establecimientos elaboradores mencionados ut-supra, informó mediante notas NO-2019- 81380801-APN-DGIT#ANMAY y NO-2019-110620474-APN-DGIT#ANMAT que ninguno de los establecimientos se encuentra inscripto ante esta Administración Nacional para los rubros Medicamentos, Cosméticos y Productos Médicos. En consecuencia, tampoco se encuentran registrados los productos importados o elaborados por dichas firmas.

Que, asimismo, mediante Disposiciones ANMAT N° 4727/12 y 4377/18 ya se había prohibido el uso, distribución y comercialización de los productos pertenecientes a las firmas BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS,ZAMBO S.A., UNIGEN LIFE SCIENCES, ROSTOV PHARMA, IDN PHARMATECH, ALPHA-PHARMAHEALTHCARE y MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS.

Que, por otra parte, mediante disposición ANMAT N° 2460/15 todos los productos de las firmas HI TEC PHARMACEUTICAL y BERGAMO se encontraban prohibidos por carecer los establecimientos de la respectiva habilitación sanitaria.

Que, así las cosas, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud entendió que el producto se hallaría en infracción a los artículos 2°, 3° y 19° inc. a) de la Ley 16.463 y a los artículos 2° y 3° del Decreto 150/92, toda vez que los productos descriptos son medicamentos enatención a la descripciones de sus rótulos, los que proclaman en su composición ingredientes con actividad farmacológica, ej. Testosterona, trembolona, stanozolol, dehidroepiandrosterona, somatropina, nandrolona yboldenona, entre otros.

Que teniendo en cuenta que las firmas titulares son establecimientos sin habilitación sanitaria en la República Argentina, que se trata de medicamentos que no poseen su respectivo registro ante la autoridad sanitaria, y que se desconoce la verdadera composición y las condiciones de elaboración, no puede asegurarse su calidad,seguridad y eficacia; muy por el contrario, revisten riesgo para la salud de los potenciales pacientes.

Que por todo lo expuesto,la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (ex DVS) sugirió: a) Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos rotulados como: 1.- ENANTHATE DE TESTOSTERONE 250MG/ML, 10 ML. Elaborado por ADRIAN-MARINER LABS, 2.- TESTOCYP TESTOSTERONE CYPIONATE U.S.P. 250MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Elaborado porALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 3.- TESTORAPID TESTOSTERONE PROPIONATE U.S.P. 100MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Elaborado porALPHAPHARMA HEALTHCARE, 4.- TRENBOLIN TRENBOLONE ENANTHATE INJ. 250MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Elaborado porALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 5.- REXOGIN STANOZOLOL 50MG/ML 10ML MULTIDOSE VIAL. laborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 6.- TRENARAPID TRENBOLONE ACETATE 100MG/ML 10ML MULTIDOSE VIAL. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 7.- PROMIFEN CLOMIPHENE CITRATE TABLETS USP 50MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 8.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 9.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 10.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 11.- PROVIBOL MESTEROLONE TABLETS 25MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 12.- OXANABOL OXANDROLONE TABLETS USP 10MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 13.- ALPHABOL METHANDIENONE TABLETS 10MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 14.- ANAZOLE ANASTROZOLE TABLETS 1MG 30 TABLETS. Elaborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 15.- PROVIRON MESTEROLONE 25MG 2X10TABS. Elaborado por BAYER PHARMA AG, 16.- NEBIDO 1000MG/4ML UNDECANOATO DE TESTOSTERONA 1000MG 1 AMPX4ML. Elaborado porBAYER PHARMA AG, 17.- METHANDIENONE 10MG por 2000 comprimidos. Elaborado por BD LAB, 18.- STANOZOLOL 10MG por 2000 comprimidos. Elaborado por BD LAB, 19.- TRI-TRENABOL 150 TREMBOLONE ACETATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 20.- BOLDABOL 200 BOLDENONE UNDECLYLENATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 21.- PRIMOBOL 100 METHENOLONE ENANTHATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 22.- TESTABOL ENANTHATE 250 TESTOSTERONE ENANTHATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 23.- TRENABOL 75 TREMBOLONE ACETATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 24.- TESTABOL DEPOT TESTOSTERONE CYPIONATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 25.- DECABOLIC NANDROLONE DECANOATE 250MG/ML 10 AMPOULES 1 ML. Elaborado por COOPERPHARMA LIMITED, 26.- METANDROL METANDROSTENOLONA 25MG 50 COMP. Elaborado por IDN PHARMATECH, 27.- STANOBOLIN ESTANOZOLOL 50MG/ML 30ML VIAL. Elaborado por IDN PHARMATECH, 28.- NANDROBOLIN FENILPROPIONATO DE NANDROLONA BP 100MG 10 AMPOLLAS DE 1ML.Elaborado por IDN PHARMATECH, 29.- SOSTENON COMPUESTO DE TESTOSTERONA 250MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Elaborado por IDNPHARMATECH, 30.- TESTOFORT ENANTATO DE TESTOSTERONA USP 250 MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Elaborado porIDN PHARMATECH, 31.- TRENVIDEN PLUS TREMBOLONA HEXAHIDROBENCILCARBONATO 76,5 MG 10 AMPOLLAS DE1,5ML. Elaborado por IDN PHARMATECH, 32.- CYPIOBOL CIPIONATO DE TESTOSTERONA 250MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Elaborado por IDNPHARMATECH, 33.- 7-KETO 50MG BOOST YOUR TESTOSTERONE 60CAPS. Elaborado por KN NUTRITION, 34.- DMZ IMPROVE YOUR GAINS 60CAPS. Elaborado por KN NUTRITION, 35.- CARDARINE SARMS 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 36.- OSTARINE SARMS 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 37.- DHEA 100MG TESTOSTERONE BOOST 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 38.- DHEA 50MG TESTOSTERONE BOOST 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 39.- DECA-DROBOL 200 NANDROLON PHENIL PROPIONAT 100MG/ML NANDROLON DECANOAT100MG/ML. Elaborado por MAGER, 40.- STANOZOLOL – TESTOSTERONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 41.-GIGANTE 10 MG – STANOZOLOL METANDROSTENOLONA CIPROHEPTADINA 100 TABLETS.Elaborado por MD LABORATORY, 42.- OXIMETOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 43.- OXANDROLONA ANAVAR 5MG 50 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 44.- ANASTROZOL 1MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 45.- SUPER GIGANTE 12MG-OXIMETOLONA METANDROSTENOLONA CIPROHEPTADINA 100TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 46.- MESTEROLONA 25MG PROVIRON 50 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 47.- TRIACANA TRIIODORITOACETICO 1MG 60 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 48.- HEPATOPROTECTOR SILIMARINA ACIDO TIOCTICO 300MG 50 TABLETS. Elaborado por MDLABORATORY, 49.- CLENBUTEROL 20MG 60 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 50.- DIANABOL METANDROSTENOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 51.- STANOZOLOL 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 52.- VASODILATADOR ACIDO NICOTINICO 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 53.- COMPLEJO 13 ESTANOZOLOL METANDROSTENOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MDLABORATORY, 54.- FLUOXYMESTERONE HALOTESTIN 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 55.- GENOZIM CLOMIFENO CITRATO 50MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 56.- TAMOXIFENO TABLETS USP 20MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 57.- PARABOLAN TRENBOLONE HEXAHYDROBENCYLCARBONATE 150MG INJECTION 10ML.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 58.- EQUIPOISE-400 BOLDENONE UNDECYLENATE 400MG INJECTION 10MLElaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 59.- TESTO-SUS 100 TESTOSTERONE SUSPENSION 100MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 60.- T-PROP TESTOSTERONE PROPIONATE 100MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 61.- MAST-DEPOT DROSTANOLONE ENANTHATE 200MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 62.- CARNIPURE-2000 ACETYL L-CARNITINE 200MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 63.- PRIMO-25 METHENOLONE ACETATE 25MG 50 TABLETS. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 64.- HALOTESTIN FLUOXYMESTERONE 10MG 50 TABLETS. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 65.- DIANABOL METHANDIENONE 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 66.- NANDROLONE DECANOATE 10ML 200MG/ML DE DECANOATO DE NANDROLONA INYECCION.Elaborado por ORGANON – PHARMATEC PAKISTAN, 67.- DECADURABOLIN 100MG INJECTION NANDROLONE DECANOATE. Elaborado por ORGANON -PHARMATEC PAKISTAN, 68.- METHANE 10MG/TABS 50 TABS METHANDROSTENOLONE. Elaborado por ROIDNG, 69.- MESTEROLONE 25MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 70.- TESTOSTERONE PROPIONATE 10MG 100USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 71.- OXANDROLONE 10MG 50USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 72.- OXYMETHOLONE 50MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 73.- OXYMETHOLONE 50MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 74.- ANASTROZOLE 1MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 75.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 76.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 77.- SS SARMS SOURCE GW501516 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 78.- SS SARMS SOURCE MK2866 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 79.- HORMO TECH 10 UI RECOMBINANT HUMAN GROWTH HORMONE FOR INJECTION. Sin datos deelaborador, 80.- GENERICOS T-4 TESTOSTERONA 4 ESTERES 250MG POR ML. Sin datos de elaborador, 81.- SUSTANON-250. Sin datos de elaborador, 82.- SS SARM SOURCE MK2866 OSTARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 83.- SS SARMS SOURCE MK2866 OSTARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 84.- SS SARM SOURCE GW501516 CARDARINE 20MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 85.- SS SARMS SOURCE S4 ANDARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 86.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 LIGANDROL 10MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 87.- CARDARINE SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos deelaborador, 88.- LIGANDROL SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos deelaborador, 89.- IBUTAMOREN SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos deelaborador, 90.- OSTA-B SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos de elaborador, 91.- OSTA/CARD RIPPED 60 CAPSULES. Sin datos de elaborador, 92.- AZINOL ANABOLIC AGENT 60. Sin datos de elaborador, 93.- BUILT TRI-THREAT 60. Sin datos de elaborador, 94.- BUILT LEANMASS 60. Sin datos de elaborador, 95.- BUILT RECOVERY 60 CAPSULES. Sin datos de elaborador, 96.- STROL-50 ANABOLIC AGENT 60. Sin datos de elaborador, 97.- BUILT MASS 60. Sin datos de elaborador, 98.- 4 MIDABLE MASS 60. Sin datos de elaborador, 99.- 3 COMPOUND CUTS 60. Sin datos de elaborador, 100.- DHEA 50MG DEHYDROEPIANDROSTERONE 60 CAPSULES. Elaborado por SUN NATURALS, 101.- MYO – BOLIC YK-11 BIO – GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 102.- CARDARINE GW-501516 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 103.- SR-9009 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 104.- IBUTAMORIN MK-677 SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 105.- GSX-R GW+SR9 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 106.- LIGNDROL LGD-4033 SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 107.- DHEA DEHYDROEPIANDROSTERONE SUPPLEMENT 100CAPSULES 50MG. Elaborado porULTIMATE NUTRITION, 108.- DHEA DEHYDROEPIANDROSTERONE SUPPLEMENT 100CAPSULES 50MG. Elaborado por ULTIMATE NUTRITION y 109.- WINSTROL DEPOT STANOZOLOL 10 ML MULTIDOSIS 50MG POR ML. Elaborado por ZAMBON S.A.; b) Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de cualquier producto elaborado por ADRIAN-MARINER LABS, ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, BD LAB., BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, COOPER PHARMA LIMITED, IDN PHARMATECH, KN NUTRITION, MAGER, MD LABORATORY, MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, ROIDNG, ROSTOV PHARMA, SARM SOURCE, SUN NATURALS, SYNCO LABS, ULTIMATE NUTRITION y ZAMBON S.A. y c) Informar de la situación descripta al Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba, a susefectos.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de la medida de prohibición de comercialización aconsejada por el organismo actuante cabe opinar que resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que las mismas se encuentran sustentadas en el inciso ñ) del artículo 8º de la citada norma.

Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.-Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos rotulados como: 1.- ENANTHATE DE TESTOSTERONE 250MG/ML, 10 ML. Elaborado por ADRIAN-MARINER LABS, 2.- TESTOCYP TESTOSTERONE CYPIONATE U.S.P. 250MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Elaborado porALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 3.- TESTORAPID TESTOSTERONE PROPIONATE U.S.P. 100MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Elaborado porALPHAPHARMA HEALTHCARE, 4.- TRENBOLIN TRENBOLONE ENANTHATE INJ. 250MG/ML 10 AMPOULES OF 1ML. Elaborado porALPHA-PHARMA HEALTHCARE, 5.- REXOGIN STANOZOLOL 50MG/ML 10ML MULTIDOSE VIAL. laborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 6.- TRENARAPID TRENBOLONE ACETATE 100MG/ML 10ML MULTIDOSE VIAL. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 7.- PROMIFEN CLOMIPHENE CITRATE TABLETS USP 50MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 8.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 9.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 10.- ALTAMOFEN 20 TAMOXIFEN CITRATE TABLETS 20MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 11.- PROVIBOL MESTEROLONE TABLETS 25MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHAPHARMAHEALTHCARE, 12.- OXANABOL OXANDROLONE TABLETS USP 10MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 13.- ALPHABOL METHANDIENONE TABLETS 10MG 50 TABLETS. Elaborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 14.- ANAZOLE ANASTROZOLE TABLETS 1MG 30 TABLETS. Elaborado por ALPHA-PHARMAHEALTHCARE, 15.-PROVIRON MESTEROLONE 25MG 2X10TABS. Elaborado por BAYER PHARMA AG, 16.- NEBIDO 1000MG/4ML UNDECANOATO DE TESTOSTERONA 1000MG 1 AMPX4ML. Elaborado porBAYER PHARMA AG, 17.- METHANDIENONE 10MG por 2000 comprimidos. Elaborado por BD LAB, 18.- STANOZOLOL 10MG por 2000 comprimidos. Elaborado por BD LAB, 19.- TRI-TRENABOL 150 TREMBOLONE ACETATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 20.- BOLDABOL 200 BOLDENONE UNDECLYLENATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 21.- PRIMOBOL 100 METHENOLONE ENANTHATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 22.- TESTABOL ENANTHATE 250 TESTOSTERONE ENANTHATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 23.- TRENABOL 75 TREMBOLONE ACETATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 24.- TESTABOL DEPOT TESTOSTERONE CYPIONATE 10ML. Elaborado por BRITISH DRAGONPHARMACEUTICALS, 25.- DECABOLIC NANDROLONE DECANOATE 250MG/ML 10 AMPOULES 1 ML. Elaborado por COOPERPHARMA LIMITED, 26.- METANDROL METANDROSTENOLONA 25MG 50 COMP. Elaborado por IDN PHARMATECH, 27.- STANOBOLIN ESTANOZOLOL 50MG/ML 30ML VIAL. Elaborado por IDN PHARMATECH, 28.- NANDROBOLIN FENILPROPIONATO DE NANDROLONA BP 100MG 10 AMPOLLAS DE 1ML.Elaborado por IDN PHARMATECH, 29.- SOSTENON COMPUESTO DE TESTOSTERONA 250MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Elaborado por IDNPHARMATECH, 30.- TESTOFORT ENANTATO DE TESTOSTERONA USP 250 MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Elaborado porIDN PHARMATECH, 31.- TRENVIDEN PLUS TREMBOLONA HEXAHIDROBENCILCARBONATO 76,5 MG 10 AMPOLLAS DE1,5ML. Elaborado por IDN PHARMATECH, 32.- CYPIOBOL CIPIONATO DE TESTOSTERONA 250MG 10 AMPOLLAS DE 1ML. Elaborado por IDNPHARMATECH, 33.- 7-KETO 50MG BOOST YOUR TESTOSTERONE 60CAPS. Elaborado por KN NUTRITION, 34.- DMZ IMPROVE YOUR GAINS 60CAPS. Elaborado por KN NUTRITION, 35.- CARDARINE SARMS 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 36.- OSTARINE SARMS 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 37.- DHEA 100MG TESTOSTERONE BOOST 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 38.- DHEA 50MG TESTOSTERONE BOOST 60 CAPSULES. Elaborado por KN NUTRITION, 39.- DECA-DROBOL 200 NANDROLON PHENIL PROPIONAT 100MG/ML NANDROLON DECANOAT100MG/ML. Elaborado por MAGER, 40.- STANOZOLOL – TESTOSTERONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 41.- GIGANTE 10 MG – STANOZOLOL METANDROSTENOLONA CIPROHEPTADINA 100 TABLETS.Elaborado por MD LABORATORY, 42.- OXIMETOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 43.- OXANDROLONA ANAVAR 5MG 50 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 44.- ANASTROZOL 1MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 45.- SUPER GIGANTE 12MG-OXIMETOLONA METANDROSTENOLONA CIPROHEPTADINA 100TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 46.- MESTEROLONA 25MG PROVIRON 50 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 47.- TRIACANA TRIIODORITOACETICO 1MG 60 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 48.- HEPATOPROTECTOR SILIMARINA ACIDO TIOCTICO 300MG 50 TABLETS. Elaborado por MDLABORATORY, 49.- CLENBUTEROL 20MG 60 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 50.- DIANABOL METANDROSTENOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 51.- STANOZOLOL 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 52.- VASODILATADOR ACIDO NICOTINICO 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 53.- COMPLEJO 13 ESTANOZOLOL METANDROSTENOLONA 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MDLABORATORY, 54.- FLUOXYMESTERONE HALOTESTIN 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 55.- GENOZIM CLOMIFENO CITRATO 50MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 56.- TAMOXIFENO TABLETS USP 20MG 30 TABLETS. Elaborado por MD LABORATORY, 57.- PARABOLAN TRENBOLONE HEXAHYDROBENCYLCARBONATE 150MG INJECTION 10ML.Elaborado por MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, 58.- EQUIPOISE-400 BOLDENONE UNDECYLENATE 400MG INJECTION 10MLElaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 59.- TESTO-SUS 100 TESTOSTERONE SUSPENSION 100MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 60.- T-PROP TESTOSTERONE PROPIONATE 100MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 61.- MAST-DEPOT DROSTANOLONE ENANTHATE 200MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 62.- CARNIPURE-2000 ACETYL L-CARNITINE 200MG INJECTION 10ML. Elaborado por MEDITECHHUMAN PHARMACEUTICALS, 63.-PRIMO-25 METHENOLONE ACETATE 25MG 50 TABLETS. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 64.- HALOTESTIN FLUOXYMESTERONE 10MG 50 TABLETS. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 65.- DIANABOL METHANDIENONE 10MG 100 TABLETS. Elaborado por MEDITECH HUMANPHARMACEUTICALS, 66.- NANDROLONE DECANOATE 10ML 200MG/ML DE DECANOATO DE NANDROLONA INYECCION.Elaborado por ORGANON – PHARMATEC PAKISTAN, 67.- DECADURABOLIN 100MG INJECTION NANDROLONE DECANOATE. Elaborado por ORGANON -PHARMATEC PAKISTAN, 68.- METHANE 10MG/TABS 50 TABS METHANDROSTENOLONE. Elaborado por ROIDNG, 69.- MESTEROLONE 25MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 70.- TESTOSTERONE PROPIONATE 10MG 100USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 71.- OXANDROLONE 10MG 50USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 72.- OXYMETHOLONE 50MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 73.- OXYMETHOLONE 50MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 74.- ANASTROZOLE 1MG 30USP TABLETS. Elaborado por ROSTOV PHARMA, 75.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 76.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 77.- SS SARMS SOURCE GW501516 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 78.- SS SARMS SOURCE MK2866 60 CAPSULES. Elaborado por SARM SOURCE, 79.- HORMO TECH 10 UI RECOMBINANT HUMAN GROWTH HORMONE FOR INJECTION. Sin datos deelaborador, 80.- GENERICOS T-4 TESTOSTERONA 4 ESTERES 250MG POR ML. Sin datos de elaborador, 81.- SUSTANON-250. Sin datos de elaborador, 82.- SS SARM SOURCE MK2866 OSTARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 83.- SS SARMS SOURCE MK2866 OSTARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 84.- SS SARM SOURCE GW501516 CARDARINE 20MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 85.- SS SARMS SOURCE S4 ANDARINE 50MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 86.- SS SARMS SOURCE LGD 4033 LIGANDROL 10MG/ML 30ML. Sin datos de elaborador, 87.- CARDARINE SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos deelaborador, 88.- LIGANDROL SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos deelaborador, 89.- IBUTAMOREN SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos deelaborador, 90.- OSTA-B SELECTIVE ANDROGEN RECEPTOR MODULATOR 60 CAPSULES. Sin datos de elaborador, 91.- OSTA/CARD RIPPED 60 CAPSULES. Sin datos de elaborador, 92.- AZINOL ANABOLIC AGENT 60. Sin datos de elaborador, 93.- BUILT TRI-THREAT 60. Sin datos de elaborador, 94.- BUILT LEANMASS 60. Sin datos de elaborador, 95.- BUILT RECOVERY 60 CAPSULES. Sin datos de elaborador, 96.- STROL-50 ANABOLIC AGENT 60. Sin datos de elaborador, 97.- BUILT MASS 60. Sin datos de elaborador, 98.- 4 MIDABLE MASS 60. Sin datos de elaborador, 99.- 3 COMPOUND CUTS 60. Sin datos de elaborador, 100.- DHEA 50MG DEHYDROEPIANDROSTERONE 60 CAPSULES. Elaborado por SUN NATURALS, 101.- MYO – BOLIC YK-11 BIO – GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 102.- CARDARINE GW-501516 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 103.- SR-9009 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 104.- IBUTAMORIN MK-677 SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 105.- GSX-R GW+SR9 BIO- GEN INNOVATIONS SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 106.- LIGNDROL LGD-4033 SARM 60ML. Elaborado por SYNCO LABS, 107.- DHEA DEHYDROEPIANDROSTERONE SUPPLEMENT 100CAPSULES 50MG. Elaborado porULTIMATE NUTRITION, 108.- DHEA DEHYDROEPIANDROSTERONE SUPPLEMENT 100CAPSULES 50MG. Elaborado por ULTIMATE NUTRITION y 109.- WINSTROL DEPOT STANOZOLOL 10 ML MULTIDOSIS 50MG POR ML. Elaborado por ZAMBON S.A., por las razones expuestas en el considerando.

ARTÍCULO 2°.- Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de cualquier producto elaborado por ADRIAN-MARINER LABS, ALPHA-PHARMA HEALTHCARE, BD LAB., BRITISH DRAGON PHARMACEUTICALS, COOPER PHARMA LIMITED, IDN PHARMATECH, KN NUTRITION, MAGER, MD LABORATORY, MEDITECH HUMAN PHARMACEUTICALS, ROIDNG, ROSTOV PHARMA, SARM SOURCE, SUN NATURALS, SYNCO LABS, ULTIMATE NUTRITION y ZAMBON S.A., por las razones expuestas en el considerando.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda.Comuníquese a Dirección de Relaciones Institucionales y ala Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, archívese. Manuel Limeres

e. 28/01/2020 N° 3708/20 v. 28/01/2020

1 comentario
  1. Martin dice

    Sergio como estas? Con respecto al quitaesmalte te comento que según lo publicado en el boletín oficial se trata de una denuncia de la empresa Laca Pac ya que desconoce la procedencia del producto. Es decir, que se trata de una falsificación o bien de una usurpación del legajo elaborador de la empresa. Estaría bueno que lo corrijan ya que la información publicada es incorrecta. La fuente de lo que digo es la misma publicación del boletín oficial emitida por ANMAT. saludos.

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