Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Bares y restaurantes porteños no pagarán ingresos brutos

Es una nueva ley de la ciudad de Buenos Aires para llevar alivio fiscal a ese sector cuasi cerrado. Dudas por el resto de los locales minoristas sin beneficios fiscales

0

Se aprobó una nueva ley porteña que otorga beneficios fiscales para las actividades productivas de gastronomía y construcción, dos de los sectores afectados por la emergencia sanitaria. Sin embargo, resta ayudar a muchos sectores golpeados por los efectos de la cuarentena.

En concreto, para la gastronomía, el paliativo legislado es la eximición del pago de las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos desde septiembre próximo hasta febrero 2021 (un semestre).

De acuerdo con el Nomenclador de Actividades (NAES), los servicios abarcados por esta exención son:

a) Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo (Código N° 561011);

b) Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo (Código N° 561012);

c) Servicios de “fastfood” y locales de venta de comidas y bebidas al paso (Código N° 561013);

d) Servicio de expendio de bebidas en bares (Código N° 561014);

e) Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p (Código N° 561019);

f) Servicio de expendio de helados (Código Nº 561030).

La norma aclara que “alcanza exclusivamente a los ingresos provenientes de las actividades mencionadas”, para el supuesto de que el contribuyente o responsable desarrollara más de una actividad declarada.

La AGIP podrá solicitar la información al contribuyente antes de hacer efectiva la exención. Además, los beneficiarios deberán igualmente presentar sus declaraciones juradas y demás deberes formales.

En tanto, se aprobaron beneficios para la construcción que publicaré ni bien salga la ley aprobada. Por lo pronto, los demás sectores económicos deberán seguir pagando el impuesto a los ingresos brutos.

Deja una respuesta

Enviar comentarios sobre la nota. Su dirección de correo electrónico no será publicada. Esta sección no es para realizar consultas ni asesoramiento legal, que debe procurarse abogado/a.

404