Todas las emisoras de tarjetas de crédito deberán cumplir con las normas de protección al usuario de servicios financieros
El BCRA decidió que las fintech y emisoras no financieras de tarjetas también respetan las normas de protección al usuario, como si fuesen bancos
A partir de marzo de 2021 y gradualmente, los Proveedores No Financieros de Crédito deberán cumplir con los términos de la Ley de Entidades Financieras en lo que respecta a las disposiciones sobre la protección al usuario de servicios financieros.
Complementariamente, deberán cumplir normas sobre publicidad y transparencia en materia de tasas de interés, la comunicación por medios electrónicos y los regímenes informativos de transparencia y reclamos.
Estas normas comprenden, entre otros, a las fintech de crédito, las empresas emisoras de tarjetas de crédito por las financiaciones que no se rigen por la Ley de Tarjetas de Crédito, y las empresas de venta de electrodomésticos que ofrecen financiaciones.
Deberán inscribirse en el Registro de otros proveedores no financieros de crédito cuando superen los $10 millones de financiaciones otorgadas. Dicha inscripción será obligatoria, soliciten o no asistencia crediticia a entidades financieras.
Las mutuales y cooperativas no están alcanzadas por esta resolución. El BCRA trabaja en conjunto con el INAES en el diseño de un marco normativo para la protección de los usuarios de mutuales y cooperativas que ofrecen créditos.
Según un relevamiento del BCRA, alrededor de cuatro millones de personas accedieron a financiaciones con los Otros Proveedores No Financieros de Crédito, equivalente a entre el 10% y 11% de la población adulta del país, a 19% de la PEA, y a 30% del total de deudores del sistema financiero.
Otro relevamiento constató que el 77% de las fintechs de préstamos cobran de sus clientes un Costo Financiero Total (CFT) que supera, como mínimo, el 150% anual, mientras que más de la mitad de las fintechs percibe un CFT por arriba de 400% anual.
Así, el BCRA pone a los sujetos de crédito en pie de igualdad de derechos en materia de protección al usuario. Esto se aplica entonces a los emisores de tarjetas que no sean bancos. Para leer sobre los derechos en torno de la tarjeta de crédito, ver este link.