Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

deuda de un servicio en débito automático

Una oyente pregunta por la posibilidad de dar de baja un servicio que se le debita de la cuenta bancaria, por débito automático. Opciones para dar de baja el servicio

“Hace unos años (2018) me asocie a una prepaga y puse el débito automático, al mes me cambie de banco, y me olvide de avisar en la prepaga, por ende, no pagué y me dieron de baja

Hoy a través de un estudio jurídico, me hablaron por whatsapp pidiendo que pague la deuda. En caso de no pagar, puedo tener algún problema legal?”

El débito automático de un servicio

Siempre es un derecho dar de baja un servicio que contratamos, sea en forma directa al proveedor, con un pedido formal, tras verificar la identidad.

O también al agente de pago que es la tarjeta de crédito y su banco emisor. Por ende, estos deben tomar el pedido. La baja no obsta que haya deuda anterior que puede ser reclamada.

El olvido de pagar puede hacer que igual se devenguen cuotas y si el servicio se prestó las pueden cobrar o ejecutar por la vía legal, juicio civil, embargo, etc.

Para leer más notas sobre los medios y formas de pedir la baja de un servicio, podés ver este link. O también ver algunos modelos en el Cafecito de Derecho En Zapatillas.

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