Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Nuevo bono para el personal de salud

El decreto establece las condiciones para este pago extra no remunerativo que impactará en el recibo mensual. El decreto detalla los trabajadores beneficiarios. #MedicinaEnZapatillas

Esta mañana se oficializó el pago del bono o “asignación estímulo” para el personal de salud. Se establece el pago de la asignación estímulo a la efectiva prestación de servicios por TRES (3) períodos mensuales y consecutivos.

La asignación es de carácter no remunerativo, alimentario y no podrá ser pasible de deducciones o retenciones. Además está sujeta a las características, alcances y condiciones que se establecen en el Decreto Nº 315/20 y en el Decreto Nº 787/20 y sus normas complementarias.

El monto de la asignación estímulo que se establece en el artículo 1º del presente decreto para los períodos que se indican será de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500).

A quiénes beneficia el bonus trabajadores de salud

El pago se efectuará a quien se encuentre bajo relación de dependencia en el sector privado o público o bajo otras formas contractuales, en tanto la prestación del servicio presente la característica de continuidad, ya sea bajo la figura de la locación de servicios, pasantías, becarios, residencias o prácticas profesionales.

Comprende profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados y abocadas al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVD-19.

 

Condiciones para el pago del bono al personal de salud

El pago estará sujeto a la efectiva prestación de servicios. Si durante el período establecido, el trabajador o la trabajadora no hubieren cumplido con la asistencia al lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar se ajustará proporcionalmente a la efectiva prestación del servicio.

Esto último con excepción de los casos afectados por COVID-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa, es decir, se pagará igual si alguien se enfermó de Coronavirus.

Los trabajadores y las trabajadoras de salud que perciban remuneración de más de un empleador, solo percibirán el incentivo por uno de sus empleos.

Para el caso de trabajadores y trabajadoras que se desarrollen en tareas discontinuas o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida legal o convencional, el incentivo extraordinario resultante será proporcional a la jornada cumplida.

 

 

Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.