Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

NuSkin multada por supuesta publicidad engañosa

La Secretaría de comercio interior entendió configurada la infracción por información deficiente en la venta de productos para el cuidado de la piel

Defensa del consumidor nacional multó a la firma Nu Skin con $2,5 millones por supuesta  publicidad engañosa en la comercialización de sus productos para estética y dermocosmética.

Según el organismo, se comprobó que la compañía que vende productos para la piel a mayormente través de revendedoras incumplió con el deber de suministrar en forma cierta y objetiva información veraz sobre los productos que comercializa.

Así, “la resolución establece que la firma Nu Skin Argentina INC violó el artículo 4° de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor al no haber brindando información cierta, clara y detallada al prometer que mediante ellos se accede a una vida plena y una sensación de juventud”, informaron en un comunicado de prensa.

Por ende, según el organismo, la firma de productos para el cuidado de la piel usa patrones estereotipados de belleza para la promoción de sus productos que asimilan la salud con la estética.

La empresa también fue promocionada por distintas “influencers” que recomendaron las bondades de usar sus productos, lo que generó notoriedad.

 

 

La publicidad engañosa en la venta de cosmética

Se consideró que la publicidad de la empresa, entonces, genera un falso concepto de que quienes no cumplen con dichos patrones pueden tener complicaciones de salud y de que el no uso de sus productos puede derivar en distintas afecciones.

Además, las publicidades de estos productos en ningún momento especifican cuáles son los beneficios concretos a la salud que traen consigo.

Según la página web de la firma, LumiSpa® “está inspirado en estudios de expresión genética de producción de proteínas de la piel. Con su cabezal de tratamiento de silicona suave, ageLOC™ LumiSpa® se mueve con una frecuencia precisa para promover la renovación de la piel, revelando una piel más tersa y suave después de tan solo un uso” (sic).

La empresa asegura que “brinda beneficios instantáneos de modo que la piel se sienta más suave y más tersa después de un solo uso. Ayuda al proporcionar siete beneficios para la piel: renovación, suavidad, luminosidad, un aspecto renovado, limpieza profunda, minimiza la apariencia de los poros y piel fresca” (fuente).

Sin embargo, el organismo público cita en la Disposición Nº 4980/2005 de ANMAT establece la prohibición de mensajes publicitarios, para especialidades medicinales de venta libre, que provoquen temor o angustia sugiriendo que la salud de un sujeto se verá afectada en el supuesto de no usar el producto.

Esta resolución puede ser apelada por la firma NusKin una vez notificada, ante la Cámara de Apelaciones en lo contencioso administrativo federal.

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