Código penal, lavado de activos y otras modificaciones
Artículo 1°- Sustitúyese el artículo 41 quinquies del Código Penal, por el siguiente:
Artículo 41 quinquies: Cuando alguno de los delitos previstos en este Código, en leyes especiales o en las leyes que incorporen al derecho interno…
Lee mas...
Lee mas...