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Alerta por estafa en restaurante, qué hacer ante un billete falso

El dueño contó la odisea que le pasó y cómo le arrebataron más de $ 5.000 en menos de un minutos, para estar alerta

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“A las 21:00 se acerca a mi pizzería un chico de aproximadamente 30 años, bien vestido, alto 1,80 m., pelo negra y barba liviana, y pregunta si puede pedir 2 pizzas para retirar en 15 minutos”, hasta ahí parece una historia normal.

Algo raro empezará a sospechar el lector cuando el dueño del restorán cuenta que ese chico pregunta si puede pagar con un billete de US$50 (dólares). El problema plantea qué hacer ante un billete falso…

Quien escribe esa anécdota es Maurizo De Rosa, titular de una reconocida pizzería en el barrio de Palermo, ciudad de Buenos Aires. El relato continúa:

“Mis asistentes me interrumpen para preguntarme si puede cumplir con el pedido, y yo verifico si tengo suficiente cambio en pesos para darle vuelto. Controlo mi caja y tengo $5100 para dar cambio de US$50”.

 

El billete falso y la repentina fuga

“Como este chico me consigna el billete de US$50 me doy cuenta que es falso y le digo que no lo puedo aceptar. Como le estoy restituyendo el billete de US$50, me agarra de mí mano mi dinero consistente en los $5100 que supuestamente era destinado a su cambio (se roba el vuelto), corre al taxi estacionado en frente y se fugan a toda velocidad.”

“Pude leer los últimos 3 dígitos del taxi, y advertí una patrulla de la policía que transitó enfrente de mi local 5 minutos después. Los oficiales de policía se dieron una vuelta y advirtieron por radio a otros patrulleros”, narró, pero “desafortunadamente, no pudieron aprehender a los autores del crimen”.

Mi pregunta en este punto es si hay chance de que el taxista no participe de la maniobra, tal vez, por hipótesis, también fue engañado, no lo sabemos.

“Imagino que están haciendo este tipo de estafa frecuentemente, y invito todos los comerciantes a estar atentos. Especialmente porque un taxi presta una apariencia inocente a los estafadores”, explicó Maurizio en el grupo de Facebook Buena Morfa Social Club.

“La policía, después de mi regular denuncia, está verificando las cámaras de seguridad de mi cuadra. Son tiempos difíciles, y como el tráfico es mínimo, muchos crimínales se arriesgan a robar usando autos. Si algo similar pasa, pueden contactarme. Un abrazo y esperamos que podemos evitar estes episodios”, finalizó el chef pizzero.

 

Qué hacer ante un billete falso

Ante un billete falso se puede hacer la denuncia penal por intento de estafa. Si no se sabe quién lo dio, porque quizás no lo advertimos, el billete debe destruirse, romperse y tirarse al tacho de basura. No se aconseja comerlo porque tiene bacterias.

La denuncia por billete falso se puede hacer en la comisaría del lugar, o fiscalía, para que tomen las medidas de prueba, investiguen y en su caso sancionen a quien falsifica la moneda.

Esto también vale para moneda extranjera. Esto dice el código penal en su parte relevante sobre los billetes falsos, que con la reforma incluyen moneda extranjera:

art. 282 – Serán reprimidos con reclusión o prisión de tres a quince años el que falsificare moneda que tenga curso legal en la República y el que la introdujere, expendiere o pusiere en circulación.

Art. 283 – Será reprimido con reclusión o prisión de uno a cinco años el que cercenare o alterare moneda de curso legal y el que introdujere, expendiere o pusiere en circulación moneda cercenada o alterada.

Si la alteración consistiere en cambiar el color de la moneda, la pena será de seis meses a tres años de prisión.

Art. 284 – Si la moneda falsa, cercenada o alterada se hubiere recibido de buena fe y se expendiere o circulare con conocimiento de la falsedad, cercenamiento o alteración, la pena será de pesos argentinos mil a pesos argentinos quince mil.

Nota: multa actualizada por art. 1 de la Ley 24.286 (B.O.: 29/12/93).

Art. 285 (1) – Para los efectos de los artículos anteriores quedan equiparados a la moneda nacional, la moneda extranjera, los títulos de la deuda nacional, provincial o municipal y sus cupones, los Bonos o libranzas de los tesoros nacional, provinciales y municipales, los billetes de Banco, títulos, cédulas, acciones, valores negociables y tarjetas de compra, crédito o débito, legalmente emitidos por entidades nacionales o extranjeras autorizadas para ello, y los cheques de todo tipo, incluidos los de viajero, cualquiera que fuere la sede del banco girado.

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