Estos son los pasos y etapas para cobrar un seguro patrimonial en Argentina. También algunas acciones en caso de imcumplimiento o demora de la compañía de seguros en pagar la suma asegurada. Esta nota es válida para los casos en que se hace un pedido al propio seguro contratado.
Ahora bien, si el reclamo es al seguro de un tercero, es decir de quien me chocó por no tener cobertura todo riesgo, ver también esta otra nota de Derecho En Zapatillas sobre el reclamo al seguro del tercero.
Paso 1. Hacer la denuncia al seguro
El tomador del seguro debe comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de conocerlo. Esto vale para seguros que pagamos. Si es el de un tercero hay tiempo hasta el plazo de prescripción.
Si no se denuncia el siniestro a los 3 días, se puede perder la suma asegurada salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia (art. 46 ley 17418). El fundamento es darle la posibilidad al seguro de saber qué pasó.
El asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido, la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a tal fin (art. 17418). Es decir, hay que comunicar todo en la denuncia y decir la verdad.
Tiempo estimado normal: 3 días corridos
Paso 2. Pedido de documentación
La compañía de seguros puede requerir prueba en cuanto sea razonable que el asegurado debe proveer. La empresa de seguros también puede examinar las actuaciones administrativas o judiciales motivadas o relacionadas con la investigación del siniestro, o constituirse en parte civil en la causa criminal.
Es decir, la compañía de seguros puede pedir documentación adicional dentro de unos días de efectuada la denuncia. Este paso no puede demorar más de 10 días, un plazo razonable.
Tiempo estimado normal: 15 días corridos
Paso 3. Resolución del seguro sobre el siniestro
La ley de seguros indica que el asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del asegurado dentro de los treinta días de recibida la información complementaria, es decir, de la documentación pedida.
Hay 30 días desde la denuncia o desde que se terminó de presentar la prueba del siniestro que pidió la compañía de seguros. A partir de allí, la compañía dispone de 30 días para evaluar si acepta o rechaza el siniestro. La ley es clara en este punto, y debe notificarse la decisión al asegurado.
Si la compañía de seguros no se expide y guarda silencio sobre el siniestro, la ley de seguros es categórica: La omisión de pronunciarse importa aceptación. Es decir, se entiende aceptado.
Tiempo estimado normal: 40 días corridos
Seguros seguros – responsabilidad civil y derechos frente al seguro
Paso 4. Plazo de pago del seguro, depósito de suma asegurada – tiempos de pago
En los seguros de daños patrimoniales, el crédito del asegurado se pagará dentro de los 15 días de fijado el monto de la indemnización o de la aceptación de la indemnización ofrecida, una vez vencido el plazo indicado en el paso 4.
Es decir, una vez que se aceptó el siniestro (o que la empresa de seguros guardó silencio, aceptación tácita), debe pagar la indemnización a los 15 días.
Esto vale para seguros de autos, por daños, de locales, contra incendios y demás seguros patrimoniales, cualquier evento asegurable, incluyendo garantía extendida.
En los seguros de personas el pago se hará dentro de los quince días de notificado el siniestro, o de acompañada, si procediera, la información complementaria. Es decir, un plazo incluso menor. Esto vale para cualquier seguro de personas, por ejemplo accidentes personales.
Tiempo estimado normal de pago del seguro: 40 días corridos. Es decir, lo normal sería cobrar a los 3 meses de acaecido el siniestro, a que depositen la suma asegurada e indemnización por el daño sufrido, por la contingencia, en ese plazo.
Paso 5. Mora o demora del pago del seguro
La ley dice que cuando la demora obedezca a omisión del asegurado, el término se suspende hasta que éste cumpla las cargas impuestas por la ley o el contrato. Es decir, hay que presentar la documentación o se suspenden los plazos.
El asegurador incurre en mora por el mero vencimiento de los plazos, dice la ley. Es decir, a partir de esa fecha ya corren intereses y las consecuencias de la demora en el pago del seguro.
Paso 6. Acción administrativa si el seguro no me paga
Para realizar una denuncia o consulta ante la Superintendencia de Seguros podés elegir entre las siguientes opciones: Vía Trámites a Distancia (TAD) ingresando con tu DNI o Clave Fiscal.
También se les puede enviar un correo a: consultasydenuncias@ssn.gob.ar.
La vía administrativa sirve si una compañía, Productor Asesor de Seguros o Agente Institorio te rechaza o demora el pago de la indemnización por un siniestro, entre otras cosas, se puede hacer la consulta o denuncia en la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Si es un consumidor o consumidora el asegurado, también se puede acudir a defensa del consumidor, no son trámites excluyentes.
Paso 7. Acción civil o judicial si el seguro no me paga
También se puede pedir una mediación civil, carta documento y agotado eso acción judicial adonde reclamar la reparación integral, el cobro de la indemnización, gastos, intereses por la demora en el pago del seguro y demás accesorios del capital reclamado.
Lógicamente este paso demora y requiere abogado/a abocado al asunto. Es decir, ya implica enviar una carta documento, luego convocar a una mediación extrajudicial y en su caso la demanda. Puede que se concilie se llegue a un acuerdo antes de la sentencia, incluyendo por daño punitivo: