Se controlará en forma preventiva la etiqueta de cada productos
Se implementa un nuevo sistema por el cual el Estado deberá aprobar el rótulo de alimentos, cosméticos y productos de limpieza, para garantizar que sean veraces
El Estado argentino implementa un nuevo Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SiFIRE). Habrá control previo, y por ende la autoridad pública deberá aprobarlas.
De ahora en más, toda etiqueta y rotulado de producto de todo rubro alimenticio y de cuidado, deberá ser validada previo a su venta. En la práctica, no se podrán lanzar productos a la venta sin la aprobación del Estado.
A qué productos comprende el control de rotulado y etiquetas
El SiFIRE, sistema de control de rótulos y etiquetas, abarca a todos los productos pertenecientes a los rubros de alimentos, bebidas, alimentos bebibles, perfumería, aseo, cuidado personal y limpieza doméstica.
Por su redacción, parece abarcar desde una lata de tomates, un paquete de galletitas, un pack de ravioles, un perfume y un detergente o una crema para manos. Es casi todo lo que usamos en casa, con excepción (por ahora) de los productos durables como un electrodoméstico.
La norma dice tener por objetivo principal el de “prevenir cualquier afectación en la veracidad o precisión de la información contenida en los rótulos o etiquetas. Como así también en la transparencia y competencia leal entre los distintos oferentes de bienes y servicios en el mercado interno”.
Qué organismo controlará las etiquetas o rotulado
De ahora en más, la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES ejercerá el control y vigilancia del Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SiFIRE). El organismo público tendrá facultades para dictar normas complementarias o aclaratorias.
Todos los rótulos y etiquetas de los productos alcanzados deberán someterse de forma obligatoria a un procedimiento de fiscalización por ante ese organismo. Ello con carácter previo a su comercialización en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Hay que ver cómo juega esta norma con la aprobación por el ANMAT, porque también tienen facultades para el control de productos cosméticos, domisanitarios y alimenticios.
Cómo controlarán cada etiqueta de Argentina
Para obtener la conformidad de rótulos y etiquetas de los productos alcanzados la empresa o PYME o Minipimer interesada deberá presentar el trámite. Esto se hace a través la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD) acompañar la siguiente documentación:
a) Un gráfico a colores del rótulo y etiqueta para cada una de sus presentaciones.
b) Datos del importador/fabricante: Nombre o razón social, CUIT y domicilio legal.
c) Marca o modelo, artículo o nombre del producto, país de origen, descripción y composición de los productos fabricados e/o importados.
d) Información completa respecto de sus componentes, materias primas, aditivos, métodos de elaboración y fraccionamiento o envasado, junto con sus propiedades y prescripciones o indicaciones para consumo.
Toda la documentación presentada tendrá carácter de declaración jurada y será reservada.
Cuál será el análisis del organismo que aprueba las etiquetas
La SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES, órgano de aplicación del nuevo SIFIRE, analizará la documentación presentada. Verificará si en la etiqueta o rótulo que se pide aprobar hay o no indicaciones falsas.
También controlará la etiqueta por si puede inducir a error, engaño o confusión en las y los consumidores. Se controlarán las cualidades, composición, materias primas y aditivos, unidad de medida o cantidad, origen, precio y eventuales recaudos y/o efectos adversos.
También se analizará, según la nueva resolución, la afectación a la lealtad comercial y la transparencia en las relaciones comerciales.
La SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES deberá expedirse dentro de los 10 días hábiles, vencidos los cuales se presumirá la conformidad.
Control de oficio y Sticker o calcomanía correctora
El Estado podrá actuar de oficio o en razón de una denuncia. La norma establece una acción correctora cuando la SUBSECRETARÍA advierta que el rótulo o etiqueta de un producto que ya se venda pueda generar un perjuicio grave o irreparable en los derechos de los consumidores.
En tal caso, podrá ordenar la colocación en el envase del producto de un sticker, calcomanía o cualquier otro medio apto para subsanar el incumplimiento advertido. Ello hasta tanto se retire completamente del mercado el rótulo o etiqueta en infracción.
Los medios o recursos que emplee el proveedor o importador responsable para subsanar el incumplimiento advertido estarán siempre a su cargo. La empresa, además, deberá garantizar su colocación y mantenimiento durante todo el período de comercialización del producto.
La publicidad es vinculante. En un caso así primero contactar a la marca, que si es piola manda unos potes de ddl e incorpora control de calidad… 0800 para empezar. pic.twitter.com/efZZQfQjBm
— Derecho enZapatillas (@dzapatillas) November 15, 2019
Se prohíbe la Oferta sujeta a stock o precios sugeridos
La nueva medida establece expresamente que si se publica la oferta o precio sugerido debe cumplirse. En sus términos:
“Queda prohibida la utilización de rótulos o etiquetas en productos para su comercialización dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, que contengan información de ofertas, promociones o descuentos cuyo cumplimiento el fabricante o importador no pueda garantizar o asegurar en su comercialización posterior, tanto mayorista como minorista.”
Cuándo entra en vigencia y cuáles son las sanciones del control de etiquetado
El Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SiFiRE) se aplicará a los nuevos rótulos y etiquetas de productos a partir de los 30 días corridos desde hoy.
Los incumplimientos a la presente resolución harán pasibles a los sujetos obligados de las sanciones previstas en la Ley N° 24.240 y el Decreto N° 274/19.
Es decir, las sanciones de defensa del consumidor y normativa de lealtad comercial, multas, clausuras, apercibimientos, publicación de la sanción en diarios a costa de la empresa, y demás.
El primer ingrediente de la lista, por ley de la etiqueta, es el de mayor peso en el alimento. En este caso, azúcar.. pic.twitter.com/Qi8YcpfqQe
— Derecho enZapatillas (@dzapatillas) October 14, 2018
Qué pasa con los electrodomésticos y otros productos durables
En ciertos casos hay normativa específica sobre etiquetado y rótulos. Por ejemplo, para lavarropas, la medida es la Resolución Nº 834/2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, norma IRAM 2294-3.
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