Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Cronograma de feriados 2022

De acuerdo al decreto publicado en el Boletín Oficial, contemplará 12 feriados inamovibles, tres trasladables y cuatro findes largos

Se comunicaron los feriados nacionales oficiales del 2022 en Argentina, sumando un total de 18 días en que no se trabaja, con los inamovibles, trasladables y aquellos con fines turísticos. Lo que quizás más nos interesa: ¿cuándo serán los fin de semana largos? Feriados Argentina 2022

Feriados inamovibles

  • 1° de enero (Año Nuevo calendario gregoriano)
  • 28 de febrero y 1° de marzo (“Feriados de Carnaval”)
  • 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
  • 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
  • 15 de abril (Viernes Santo)
  • 1° de mayo (Día del Trabajador)
  • 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
  • 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
  • 9 de julio (Día de la Independencia)
  • 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
  • 25 de diciembre (Navidad)

Feriados trasladables

  • 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes): se celebrará el mismo viernes (no se puede trasladar al lunes siguiente porque coincide con el 20 de junio).
  • 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General. José de San Martín): se celebrará el 15 de agosto.
  • 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural): se celebrará el 10 de octubre.

Feriados con fines turísticos (o puente)

  • 7 de octubre
  • 21 de noviembre
  • 9 de diciembre

Fines de semana largos

La buena noticia son los cuatro fines de semana largos con los que contara el año entrante, siendo los siguientes:

  • Del sábado 26 de febrero al martes 1° de marzo
  • Del viernes 17 al lunes 20 de junio
  • Del viernes 7 al lunes 10 de octubre
  • Del jueves 8 al domingo 11 de diciembre

Qué dice el decreto sobre feriados nacionales

El Gobierno nacional comunicaron mediante el decreto 789/2021, publicado este lunes en el Boletín Oficial. Por decreto se establece que los feriados nacionales trasladables previstos por el artículo 1° de la Ley N° 27.399 permanecerán en la fecha designada por dicho precepto en aquellos años en los cuales la aplicación del artículo 6° de la citada norma redunde en una superposición con un feriado nacional inamovible.

Además se fijan como días feriados con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas: AÑO 2022: 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre. Estos son los feriados turísticos.

Sobre la liquidación del sueldo los días feriados, días no laborable y feriados puente se puede ver este posteo:

 

Feriados puente para el pago de la remuneración

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